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1.º La Orden de la Consejería de Turismo y Deporte de 3 de enero de 2000 (BOJA núm. 9, de 25 de enero) establece el procedimiento de concesión de subvenciones a Entidades Locales, clubes deportivos y otras personas jurídicas sin ánimo de lucro, habiéndose procedido a la convocatoria de las mencionadas ayudas para el ejercicio de 2000, mediante la Disposición Adicional Segunda de la citada Orden y habiéndose tramitado el oportuno expediente.
2.º En uso de autorización del Director General de Actividades y Promoción Deportiva de la Consejería de Turismo y Deporte de fecha 9 de mayo de 2000, conforme a lo preceptuado en el apartado c) del artículo Tercero de la Orden de 24 de junio de
1996; asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el art. 109 de la Ley General de Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el art. 18 de la Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma Andaluza para el año 2000 y en el art. 7 de la Orden de la Consejería de Turismo y Deporte, de 3 de enero de 2000, se hace pública la concesión de la siguiente subvención en materia de Actividades Deportivas, con cargo a la aplicación presupuestaria 01.14.00.01.14.460.00.38B.1.
- Expediente: ACT-CO-34/00.- Beneficiario: Patronato Municipal de Deportes del Ayuntamiento de Cabra.
- Finalidad: Organización III Etapa 46.ª Edición Vuelta Ciclista a Andalucía.
- Cantidad concedida: 3.000.000 de ptas.
Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse con carácter potestativo recurso de reposición ante este Organo, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de su publicación, o recurso contencioso- administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso- administrativa.
Córdoba, 20 de diciembre de 2000.- El Delegado, Ramón Narváez Ceballos.
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