Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 60 de 26/05/2001

3. Otras disposiciones

Otros. AGENCIA TRIBUTARIA

RESOLUCION de 20 de abril de 2001, de la Delegación Especial de la AEAT de Andalucía, por la que se delegan competencias en materia de recaudación.

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La Resolución del 23 de diciembre de 1998 de la Presidencia de la AEAT, por la que se establece la estructura de la Delegación Especial de Andalucía, introduce, entre otras modificaciones, una nueva organización de sus órganos directivos, creando la figura del Delegado Especial Adjunto, al que se le atribuyen las funciones de apoyo técnico y ejecutivo al Delegado Especial.

El número y variedad de actos dictados por el Delegado Especial en el área de Recaudación, como consecuencia de las competencias que le atribuyen distintas normas, aconsejan que, al amparo de lo establecido en el art. 13 de la Ley 30/92, de

26 de noviembre, se deleguen algunas de ellas en el Delegado Especial Adjunto.

Por ello, delego en el Delegado Especial Adjunto el ejercicio de las siguientes competencias:

1. Acordar la adscripción y desascripción de expedientes a que se refiere el apartado noveno de la Resolución de la AEAT de 6 de mayo de 1999.

2. La resolución de las solicitudes de aplazamiento y fraccionamiento de pago, previstas en el art. 4.º 2 de la Orden de 10 de diciembre de 1998.

3. Los acuerdos de compensación de deudas previstas en el art.

5.º 2 de la Orden de 10 de diciembre de 1998.

4. Los acuerdos de imposición de sanciones previstas en el art.

81.1.c) y el de la LGT.

5. Autorizar los requerimientos de información previstas en el art. 111 de la LGT.

6. Acordar la adopción de medidas cautelares de acuerdo con el art. 128 de la LGT.

7. Adoptar las medidas provisionales del art 54.3 del Reglamento General de Recaudación.

8. Designar a los sustitutos de los componentes de la Mesa de Subastas, de acuerdo con lo previsto en el art. 148 del Reglamento General de Recaudación y el apartado vigésimo cuarto de la Resolución de 6 de mayo de 1999.

9. La aprobación de los expedientes colectivos de prescripción del 60 del Reglamento General de Recaudación.

La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOJA.

Sevilla, 20 de abril de 2001.- El Delegado Especial, Ramón Palacín Ribé.