Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 60 de 26/05/2001

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Consejería de Obras Públicas y Transportes

ANUNCIO de la Delegación Provincial de Málaga, sobre Propuesta de Resolución dirigida a don Antonio Serrano García por no ocupación de la vivienda sita en Bda. Sta. Rosalía, calle Antonio Porcel, núm. 44, de Málaga, expte. MA-7055/54.

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Mediante escrito remitido por el Instituto Municipal de la Vivienda del Excmo. Ayuntamiento de Málaga se dio traslado a esta Delegación Provincial de la denuncia formulada acerca de la situación de irregularidad en que se encontraba la vivienda objeto del presente expediente.

Extremo que fue igualmente corroborado en visita de inspección girada a la vivienda por personal de esta Delegación, donde se pudo comprobar que la misma no se encuentra habitada por su adjudicatario.

Para la decisión más oportuna, a través de esta Propuesta de Resolución, se hace necesario establecer los antecedentes y hechos que concurren en el presente expediente.

Primero. Con fecha 1 de abril de 1997 se suscribió contrato de arrendamiento con don Antonio Serrano García, referente a la vivienda sita en C/ Antonio Porcel, núm. 44, de Campanillas (Málaga), Bda. Sta. Rosalía.

En la cláusula 5.ª del citado contrato se establece la obligación por parte del adjudicatario de dedicar la vivienda objeto del presente expediente a domicilio habitual y permanente.

Segundo. Tal como ha sido expuesto anteriormente, en visita girada a la vivienda, se ha podido comprobar que la misma no es objeto de ocupación habitual y permanente por parte de su adjudicatario. Teniéndose constancia según se desprende del informe emitido por el Servicio de Inspección de esta Delegación de fecha 16 de noviembre de 2000, en el que manifiestan los vecinos que la vivienda se encuentra sin ocupar de forma habitual por su adjudicatario desde hace dos años, retornando a la misma únicamente de vez en cuando.

Tercero. Dado el carácter eminentemente social que tienen las viviendas de promoción pública, ya que son promovidas con dinero público, entendemos que para ser titular de una vivienda de esas características deberán cumplirese rigurosamente los requisitos que al respecto establece el Decreto 413/90, de 26 de diciembre, y por el que se establece el procedimiento para acceder a viviendas de promoción pública.

Cuarto. Igualmente hemos de señalar que el Decreto 416/90, de

26 de diciembre, establece con toda claridad que el incumplimiento de las obligaciones como titulares de viviendas de promoción pública será considerada como condición resolutoria del contrato de arrendamiento.

En mérito a lo expuesto, se dicta la presente Propuesta de Resolución por el que se da por extinguido el contrato de arrendamiento suscrito en su día con fecha 1 de abril de 1997 por don Antonio Serrano García, relativo a la vivienda sita en Campanillas (Málaga), Bda. Sta. Rosalía, C/ Antonio Porcel, núm. 44.

Deberá notificarse la presente Propuesta de Resolución relativa a la vivienda referenciada a fin de que en el plazo de quince (15) días, a contar desde la recepción del presente escrito, se formulen las alegaciones que a su derecho convinieren por parte del Sr. Serrano García, tal como se recoge en el apartado 2 del artículo 84 de la Ley 4/99, modificación de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Málaga, 20 de abril de 2001.- La Instructora.