Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 61 de 29/05/2001

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Otros. AYUNTAMIENTO DE SAN FERNANDO (CADIZ)

RESOLUCION de 16 de abril de 2001, por la que se aprueban las bases que se citan.

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Primera. Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad por los turnos y sistemas de selección que a continuación se señalan de las plazas encuadradas en la Subescala de Servicios Especiales de la Escala de Administración Especial incluidas en la Oferta de Empleo Público de 2000.

- Dos de Suboficial perteneciente al Grupo B mediante concurso-oposición por el turno de promoción interna.

- Tres de Cabo perteneciente al Grupo D mediante concurso- oposición por el turno de promoción interna.

Segunda. Requisitos que deberán reunir los aspirantes antes de que termine el último día de presentación de solicitudes.

Para las plazas de Suboficial y Cabo:

1.º Haber permanecido, al menos, dos años de servicio efectivo en la categoría de Sargento para las plazas de Suboficial y en las de Agente para las de Cabo.

2.º Para la plaza de Suboficial, estar en posesión del título de Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico, Diplomado Universitario, Formación Profesional de Tercer Grado o equivalente antes de que termine el último día de presentación de solicitudes.

Para las plazas de Cabo, estar en posesión del título de Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado o equivalente antes de que termine el último día de presentación de solicitudes.

3.º Carecer de expediente personal de inscripciones por faltas graves o muy graves en virtud de Resolución firme. No se tendrán en cuenta las faltas canceladas.

Estos requisitos deberán acreditarse documentalmente antes de realizar el curso de ingreso o capacitación, según proceda.

Tercera. Los aspirantes presentarán sus solicitudes, en modelo oficial que figura como Anexo a esta Resolución, en el Registro General del Ayuntamiento en el plazo de 20 días naturales a partir del siguiente al de la publicación en el BOE del extracto de la convocatoria, acompañada del resguardo acreditativo de haber satisfecho el importe de los derechos de examen (2.600 ptas., para las plazas de Suboficial y 1.550 ptas., para las plazas de Cabos) así como de aquellos documentos justificativos de los méritos alegados. Las instancias también podrán presentarse en la forma que determina el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Cuarta. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la Alcaldía en el plazo máximo de un mes aprobará la lista de admitidos y excluidos en esta Resolución, que se publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, se indicará, asimismo, los miembros componentes del Tribunal y lugar, fecha y hora de celebración de la 1.ª prueba (las sucesivas las determinará el Tribunal). Conforme al artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, se concederá a los excluidos un plazo de subsanación de 10 días a partir de la fecha de publicación de la Resolución.

Quinta. Tribunal Calificador.

Presidente: El de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue.

Vocales: Un Concejal de la Corporación designado por la Alcaldía, un representante de la Junta de Andalucía y cuatro funcionarios designados por el Presidente de la Corporación (uno de ellos a propuesta de la Junta de Personal).

Secretario: El de la Corporación o funcionario en quien delegue.

Sexta. Méritos a valorar en las plazas de Suboficial y Cabo durante la fase del concurso.

Los méritos alegados por los aspirantes se acreditarán mediante los certificados o documentos autenticados correspondientes, debiéndose adjuntar los mismos a la solicitud de admisión y cumplimentar el Anexo relativo a la acreditación documental de méritos (Anexo 1). El Tribunal exclusivamente valorará en la fase de concurso, los méritos establecidos en el apartado a) (titulaciones académicas), b) (antigüedad), c) (formación), d) (otros méritos: Recompensas o felicitaciones recibidas por los aspirantes), quedando expresamente excluido el apartado e) (opcionales), en las condiciones y requisitos exigidos por la Orden de 14 de noviembre de 2000, por la que se establecen las pruebas para acceso a las distintas categorías de los Cuerpos de la Policía Local de Andalucía (BOJA núm. 144, de 14 de diciembre).

Séptima. La fase de oposición para el acceso a las plazas de Suboficial y Cabo, consistirá en la realización de las

siguientes pruebas de carácter eliminatorio.

a) Pruebas de conocimientos teóricos. En una primera fase consistirá en la contestación a un cuestionario de 100

preguntas con respuestas alternativas sobre el siguiente temario:

Para las plazas de Suboficial y Cabo, las preguntas versarán sobre el temario que aparece reflejado para la categoría de Suboficial y Cabo, respectivamente, en la Orden de 14 de noviembre de 2000, por la que se establecen las pruebas de acceso a las distintas categorías de los Cuerpos de la Policía Local de Andalucía (BOJA núm. 144, de 14 de diciembre de 2000).

Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para aprobar obtener 5 puntos.

Finalizado este ejercicio, y para las referidas plazas, se efectuará un caso práctico cuyo contenido está relacionado con el temario. Igualmente se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para aprobar obtener 5 puntos.

El resultado final de la fase de conocimientos teóricos será la media de ambos ejercicios (cuestionario y ejercicio práctico).

Para la realización de ambos ejercicios el Tribunal acordará su realización en un tiempo no inferior a tres horas.

b) Pruebas de aptitud física: Previamente a su celebración, los aspirantes deberán presentar un certificado médico en el que se haga constar que el aspirante reúne las condiciones físicas precisas para realizar las pruebas deportivas exigidas.

La calificación como apto lo exigirá la realización de los ejercicios físicos de carácter eliminatorio que se indican en la Orden de 14 de noviembre de 2000 (BOJA núm. 144, de

14.12.00) para el acceso a los Cuerpos de la Policía Local de Andalucía. Será obligatoria la superación de la prueba de natación.

c) Pruebas Psicotécnicas: Consistirá en la realización de test en los cuales se evaluarán los factores y con los

requisitos exigidos por la Orden de 14 de noviembre de 2000 de la Junta de Andalucía (BOJA núm. 144, de 14.12.00). Se evaluará como apto o no apto en dichas pruebas.

Octava. La calificación definitiva para las plazas de

Suboficial y Cabo en que el sistema es el de concurso-

oposición, será la suma de la puntuación obtenida en la fase de oposición más la del concurso de méritos (cuya valoración no podrá ser superior al 45% de la máxima prevista en la fase de oposición), proponiendo el Tribunal a los candidatos que hayan obtenido mayor puntuación hasta cubrir las plazas ofertadas en las distintas categorías, según queda dispuesto en la base primera de la presente convocatoria. En caso de empate, se propondrá a aquel que obtuviese mayor puntuación en la fase de oposición.

Novena. De conformidad con lo establecido en el Decreto

186/92, de 24 de noviembre (BOJA núm. 1, de 5.1.93), los aspirantes propuestos por el Tribunal y una vez acreditados los requisitos establecidos establecidos en la base segunda (dentro del plazo que para ello se disponga a contar desde la fecha de comunicación en el tablón de edictos del Ayuntamiento), serán nombrados funcionarios en prácticas al objeto de la realización del curso de capacitación con todos los derechos y deberes inherentes a tal condición. Superado el mismo se procederá al nombramiento como funcionarios de carrera.

Quienes dentro del plazo indicado (salvo caso de fuerza mayor), no presenten la documentación, no podrán ser nombrados

funcionarios en prácticas, quedando anuladas todas las

actuaciones sin perjuicio de las responsabilidades en que pudieran haber incurrido.

Décima. El hecho de presentar solicitud constituye

sometimiento expreso a las bases reguladoras. Los Tribunales quedan facultados para resolver las dudas e incidencias que se presenten y adoptar los acuerdos necesarios para el correcto desarrollo de las pruebas. De iguales y con el mismo alcance queda autorizada la Alcaldía hasta la constitución del Tribunal y toma de posesión del funcionario, así como de la Resolución de los recursos que pudieran presentarse.

San Fernando, 16 de abril de 2001.- El Alcalde, Antonio Moreno Olmedo.

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]