Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 61 de 29/05/2001

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

ACUERDO de 30 de abril de 2001, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba definitivamente la modificación del Plan General de Ordenación Urbana de Cádiz en Zona Franca.

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El Ayuntamiento de Cádiz ha tramitado la Modificación del Plan General de Ordenación Urbana de Cádiz en Zona Franca, que tiene por objeto una importante reforma urbana del ámbito de la Zona Franca con especial incidencia en el viario y reordenación de espacios libres y parte de las edificaciones.

La aprobación inicial y provisional de la Modificación se realizó por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de 17 de mayo y

10 de septiembre de 1999, respectivamente, realizándose una nueva aprobación, el 9 de mayo de 2000, de un documento que rectifica algunas de las determinaciones de la Modificación, a la vista del informe de la Comisión Provincial de la Ordenación del Territorio y Urbanismo de Cádiz de fecha 16 de noviembre de

1999.

El artículo único de la Ley 1/1997, de 18 de junio, por la que se adoptan con carácter urgente y transitorio disposiciones en materia de Régimen del Suelo y Ordenación Urbana (artículo 129 del TRLS92), establece que la aprobación definitiva de las modificaciones de planeamiento que tengan por objeto una diferente zonificación o uso urbanístico de las zonas verdes o espacios libres previstos en el Plan corresponde al órgano ejecutivo superior de naturaleza colegiada de la Comunidad Autónoma, previo informe favorable del Consejero competente por razón de la materia y del Consejo de Estado u órgano autonómico que corresponda.

El Decreto 77/1994, de 5 de abril, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Junta de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo, atribuye en su artículo 4.3.1, en su redacción dada por el Decreto

102/1999, de 27 de abril, que modifica el Decreto anterior, la competencia para esta aprobación al Consejo de Gobierno y la de informe al Consejero de Obras Públicas y Transportes, en su artículo 5.2.15.

La Ley 8/1993, de 19 de octubre, de creación del Consejo Consultivo de Andalucía, determina en su artículo 16.8.d) la consulta preceptiva a este órgano en este tipo de modificaciones del planeamiento urbanístico.

En desarrollo de los anteriores preceptos, con fecha 24 de julio de 2000, la Consejera de Obras Públicas y Transportes informa favorablemente la Modificación del Plan General de Ordenación Urbana de Cádiz en Zona Franca, pero eliminando los usos productivos situados bajo rasante prohibidos por el artículo 3.3.3 «Accesos desde el espacio público¯ y considerando como espacio libre en la UE-ZF-4 «Vejer-Gibraltar¯ el espacio previsto como viario que no se destine a tal fin, asimismo, con fecha 4 de octubre de 2000, ha sido emitido Dictamen por el Consejo Consultivo de Andalucía en el mismo sentido.

La Comisión de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Andalucía, con fecha 17 de enero de 2001, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 19.3.2.º del Decreto 77/1994, tras el análisis de la documentación e informes del expediente, informa en general favorablemente la Modificación, sin perjuicio de informar desfavorablemente los usos comerciales previstos en el espacio libre de la UE-ZF-1 «Glorieta Zona Franca¯, debiendo suprimirse éstos y considerarse como espacio libre en la UE-ZF-

4 «Vejer-Gibraltar¯ el espacio previsto como viario que no se destine a tal fin.

En virtud de los antecedentes expuestos, a propuesta de la Consejera de Obras Públicas y Transportes y de acuerdo con el Consejo Consultivo de Andalucía, el Consejo de Gobierno en su reunión del día 30 de abril de 2001,

A C U E R D A

Primero. Aprobar definitivamente la Modificación del Plan General de Ordenación Urbana de Cádiz en Zona Franca, debiendo incorporar entre sus determinaciones la consideración como espacio libre de la zona prevista como viario en la Unidad de Ejecución UE-ZF-4 «Vejer-Gibraltar¯ que no se destine

efectivamente a ese uso.

Segundo. Denegar la aprobación de las determinaciones de la Modificación relativas a la incorporación de usos comerciales previstos en la Unidad de Ejecución, UE-ZF-1 «Glorieta Zona Franca¯, por su incompatibilidad para la consideración como espacio libre de la parte principal de la Unidad de Ejecución y por la prohibición del referido uso en las condiciones de localización que la Modificación propone.

Tercero. Una vez realizada la subsanación prevista en el apartado primero, ésta entrará en vigor tras su aprobación por el Pleno Municipal, debiendo elevarse posteriormente a la Consejería de Obras Públicas y Transportes para su toma de conocimiento, de acuerdo con lo previsto en el artículo

132.3.b), tercer párrafo, del Reglamento de Planeamiento.

Cuarto. Este Acuerdo se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, según lo previsto en el artículo del Decreto 77/1994, y se notificará al Ayuntamiento de Cádiz.

Contra el presente Acuerdo, que pone fin a la vía

administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el Consejo de Gobierno en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la notificación o

publicación del presente Acuerdo, de conformidad con los artículos 116.1 y 117.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley

4/1999, de 13 de enero, o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a su publicación o, en su caso, notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 30 de abril de 2001

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

CONCEPCION GUTIERREZ DEL CASTILLO

Consejera de Obras Públicas y Transportes