Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 61 de 29/05/2001

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura

RESOLUCION de 29 de marzo de 2001, de la Delegación Provincial de Cádiz, del expediente de reintegro de ayuda y subvención concedido a la Peña Cultural y Recreativa Eulogio.

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Esta Delegación Provincial, al amparo de la Orden de la Consejería de Cultura de fecha 24.6.97, publicada en el BOJA núm. 82, de 17.7.97, por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones y ayudas en materia de su competencia, otorgó a la Peña Cultural y Recreativa Eulogio, con fecha 11.12.97, una subvención por importe de cien mil pesetas (100.000 ptas.), con destino a la realización de un curso de fotografía, expediente núm. 1997/253254.

A fin de declarar la procedencia del reintegro, y determinar la cantidad que en consecuencia debiera reintegrarse, se inició expediente por acuerdo de fecha 4.10.99.

HECHOS

En la instrucción del expediente se ha determinado como hecho probado que, habiéndose procedido con fecha 27.4.98 al libramiento de la cuantía concedida, se ha incumplido el artículo 4.º, párrafo 2.º, de la Resolución de concesión de subvención de fecha 11.12.97, en el que se establece como obligación del beneficiario la justificación documental de la aplicación de los fondos percibidos en el plazo máximo de tres meses.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

El artículo 112, letra c), de la Ley General de Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía dispone que procederá el reintegro de la subvención en el caso de que el beneficiario incumpla la obligación de justificación. Así como el artículo 13.º de la Orden de 24 6.97 (BOJA núm. 82, de

17.7.97) por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones y ayudas en materia de su competencia.

En el expediente instruido se ha concedido trámite de audiencia con fecha 5.10.99, no habiéndose evacuado al día de la fecha.

Una vez instruido el citado expediente, esta Delegación Provincial

RESUELVE

1. Declarar el incumplimiento de la obligación de justificación.

2. Declarar que, como consecuencia de lo anterior, procede el reintegro de la cantidad de cien mil (100.000) pesetas, con adición de doce mil setecientas sesenta y tres (12.763) pesetas en concepto de intereses de demora devengados desde la fecha del pago de la subvención.

3. El reintegro deberá efectuarse en el siguiente plazo de ingreso voluntario:

a) Si el acuerdo se notifica entre los días 1 al 15 del mes en curso, desde la notificación hasta el día 5 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior.

b) Si el acuerdo se notifica entre los días 16 y último del mes en curso, desde la fecha de notificación hasta el día 20 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiera verificado el reintegro, se procederá a su exacción por la vía de apremio o a su compensación con pagos a su favor.

4. El ingreso del reintegro se efectuará a favor de la Tesorería General de la Junta de Andalucía, en la cuenta restringida de recaudación de tributos y demás derechos de la Comunidad, de la Delegación Provincial de la Consejería de Economía y Hacienda de Cádiz, sita en Plaza de España, núm..

En el documento de ingreso u orden de transferencia deberá hacer constar que la causa del ingreso en el reintegro de la subvención de que se trate y lo comunicará a este órgano, remitiéndole copia del citado documento.

5. Contra la presente Resolución podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación.

Notifíquese esta Resolución al interesado.

Cádiz, 29 de marzo de 2001.- La Delegada, Josefa Caro Gamaza.

ANEXO QUE SE CITA

Liquidación de los intereses de demora por reintegro de la subvención concedida por importe de cien mil (100.000) pesetas a la Peña Cultural y Recreativa «Eulogio¯ con destino a sufragar los gastos del proyecto «Curso de Fotografía¯, de conformidad con lo establecido en los artículos 23.2 y 112 de la Ley 5/1983, de 19 de julio, de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y en el articulo 22.1 de la Ley 9/1993, de Presupuesto de la Comunidad Autónoma de

Andalucía para 1994:

Período de devengo: Del 27.4.98 (fecha pago) al 5.3.2001 (fecha de acuerdo reintegro):

- Desde 1.1.99 al 31.12.98 (interés legal: 5,5%): 3.728 pesetas.

- Desde 1.1.99 al 31.12.99 (interés legal: 4,25%): 4.250 pesetas.

- Desde 1.1.00 al 1.12.00 (interés legal: 4,25%): 4.250 pesetas.

- Desde 1.1.01 al 5.3.01 (interés legal: 5,50%): 535 pesetas.

Total intereses de demora: 12.763 pesetas.