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La Orden de 29 de diciembre de 2000, de la Consejería de Gobernación, regula el régimen de concesión de subvenciones a Entidades Locales para mejora de su infraestructura en el presente ejercicio relativas a:
- Equipamiento y obras de primer establecimiento, reforma, reparación y conservación de Casas Consistoriales, dependencias municipales o edificios destinados a la prestación de servicios públicos de la Entidades Locales y Entidades Públicas de carácter supramunicipal.
- Adquisición de bienes inventariables.
Por los Ayuntamientos que se relacionan, se han formulado las correspondientes peticiones para la concesión de este tipo de subvenciones.
Vistos los expedientes por esta Delegación del Gobierno, y teniendo en cuenta las atribuciones que me han sido conferidas por la propia Orden de 29 de diciembre de 2000 en su artículo
10.1, he resuelto conceder las subvenciones que a continuación se relacionan, con especificación de las Corporaciones Locales beneficiarias, objeto e importes concedidos:
Ayuntamiento: Hinojares.
Objeto: Adaptación salón cultural.
Cuantía de la subvención: 1.000.000 de ptas.
Ayuntamiento: Santisteban del Puerto.
Objeto: Acondicionamiento tejado Juzgado. Cuantía de la subvención: 1.769.043 ptas.
Ayuntamiento: Torres de Albanchez.
Objeto: Revestimiento y carpintería planta baja edificio usos múltiples.
Cuantía de la subvención: 1.773.171 ptas.
Ayuntamiento: Campillo de Arenas.
Objeto: Climatización centro formación y empleo. Cuantía de la subvención: 1.904.256 de ptas.
Ayuntamiento: La Puerta de Segura.
Objeto: Reforma Ayuntamiento 2.ª fase.
Cuantía de la subvención: 2.000.000 de ptas.
Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso- administrativo, ante la Sala de Granada del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su notificación, conforme al artículo 46 de la Ley 29/98, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o recurso potestativo de reposición, ante el mismo órgano que dicta el acto, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, conforme a los artículos 116 y 117 de la Ley
4/99, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Jaén, 5 de mayo de 2001.- El Delegado, Francisco Reyes Martínez.