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Concluyendo el segundo período de disfrute de las becas de Formación de Personal Docente e Investigador en las Universidades y Centros de Investigación en Andalucía (Orden de
17 de junio de 1998, BOJA núm. 78, de 14 de julio), vistos los informes emitidos sobre los trabajos de investigación desarrollados y conforme a lo establecido en el apartado 4, Anexo I, de la convocatoria, esta Secretaría General de Universidades e Investigación ha resuelto:
Primero. Prorrogar el disfrute de las becas de Formación de Personal Docente e Investigador en las Universidades y Centros de Investigación en Andalucía, de la citada convocatoria, a los beneficiarios que se relacionan en el Anexo adjunto, con efecto de 1 de mayo de 2001 a 30 de abril de 2002.
Segundo. La dotación de estas becas, con una duración de doce meses, cubrirá los siguientes aspectos:
1. Una asignación de 120.000 pesetas brutas mensuales y precios públicos de los cursos de doctorado, si proceden.
2. Seguro de asistencia sanitaria, extensible al cónyuge e hijos del beneficiario siempre que no posean cobertura de la Seguridad Social.
3. Una dotación de 10.000 pesetas mensuales para la Universidad donde el beneficiario realice su investigación.
Tercero. Estas becas, incluidas en el Programa «Formación de Ejecutivos y Técnicos en Centros e Institutos de Investigación¯ cofinanciado por el Fondo Social Europeo, se abonarán con cargo a las aplicaciones presupuestarias:
0.1.18.00.16.00.782.00.42B.6 y 3.1.18.00.16.00.
782.00.42B.9.2002.
Cuarto. El disfrute de una beca al amparo de esta convocatoria es incompatible con cualquier otra beca o ayuda financiada con fondos públicos o privados españoles o comunitarios, así como con sueldos o salarios que impliquen vinculación contractual o estatutaria del interesado, salvo los contratos derivados de la aplicación del artículo 11 de la Ley de Reforma Universitaria (Ley 11/1983, de 25 de agosto) o del artículo 11.2 de la Ley de Fomento y Coordinación General de la Investigación Científica y Técnica (Ley 13/1986, de 14 de abril). Las cantidades indebidamente percibidas deberán ser inmediatamente reintegradas a la cuenta de Tesorería de la Consejería de Economía y Hacienda. Los organismos receptores de becarios deberán comunicar a la Secretaría General de Universidades e Investigación cualquier causa de incompatibilidad por estos motivos.
Quinto. La concesión de estas becas no supone ningún tipo de vinculación laboral entre el beneficiario y la Junta de Andalucía y la Universidad o Centro de Investigación al que figure adscrito, ni implica compromiso alguno por parte de dichos Organismos.
Sexto. Las renuncias a las becas deberán presentarse ante la Secretaría General de Universidades e Investigación.
Séptimo. Obligaciones de los becarios.
1. La aceptación de la beca por parte del beneficiario implica la de las normas fijadas en esta convocatoria, figurando entre ellas el no estar incurso en ninguna de las incompatibilidades establecidas en el apartado 3.5 de la misma, así como la de las que establezca la Secretaría General de Universidades e Investigación para el seguimiento científico y la de las señaladas por la Consejería de Economía y Hacienda y la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía para la justificación del uso de los fondos públicos recibidos.
Los becarios están obligados a:
2. Incorporarse a su Centro de aplicación en el plazo de quince días desde la notificación de la concesión de la beca, salvo que cuenten con autorización de aplazamiento,
entendiéndose la no incorporación como renuncia a la beca.
3. Desarrollar eficazmente el plan de trabajo presentado de acuerdo con las fases previstas y de conformidad con las normas propias del Centro en que se lleve a cabo la investigación.
4. Realizar su labor en el Centro de aplicación de la beca, siendo necesario para cualquier cambio de Centro, Director o Proyecto de investigación, paralización del mismo, ausencia temporal o renuncia por parte del interesado, solicitar autorización previa del Secretario General de Universidades e Investigación.
5. Justificar ante la Secretaría General de Universidades e Investigación la realización de la actividad, según establece el art. 105.b) de la LGHPCA. Para ello deberán remitir memoria anual sobre el desarrollo de la investigación, según modelo establecido al efecto, en la que deberá constar el estado de la misma y la conformidad del Director del Proyecto de
Investigación y una vez finalizado el período para el que se ha concedido la beca, deberá presentar en la Secretaría General de Universidades e Investigación una memoria final sobre la labor realizada con la valoración del Director del Proyecto.
Igualmente justificará mediante declaración jurada que ha cumplido los requisitos y condiciones que determinan la concesión y disfrute de la beca.
6. Someterse a las actuaciones de comprobación que quiera efectuar la Secretaría General de Universidades e Investigación o la Entidad colaboradora, en su caso, y a las de control financiero que correspondan a la Intervención General de la Junta de Andalucía, y a las previstas en la legislación del Tribunal de Cuentas y de la Cámara de Cuentas de Andalucía.
7. Comunicar a la Secretaría General de Universidades e Investigación la obtención de otras subvenciones o ayudas para la misma finalidad, así como las alteraciones previstas en el art. 110 de la LGHPCA.
La no observancia de estas normas supondrá la anulación de la beca concedida.
Octavo. Obligaciones de reintegro.
1. El incumplimiento de cualquiera de las condiciones de adquisición de la beca, así como de la obligación de
justificar, de las condiciones impuestas a la Entidad
colaboradora y a los beneficiarios, o la obstrucción a las actuaciones de control previstas en el art..6 de esta
convocatoria o, en el caso de que la cuantía concedida supere el coste de la actividad desarrollada, implicará la nulidad del acto administrativo que dio origen a la misma y, en
consecuencia, el becario estará obligado a reintegrar la totalidad de la subvención que le haya sido abonada y no percibirá la parte de la subvención pendiente, debiendo reintegrar los intereses de demora que correspondan a la parte de subvención percibida, todo ello de acuerdo con lo
establecido en la LGHPCA, art..
2. En aquellos casos en los que se produzca el incumplimiento de las condiciones del ejercicio de la beca, la Comisión de Evaluación emitirá un juicio técnico que elevará a la
Secretaría General de Universidades e Investigación, en el que se haga constar si dicho incumplimiento, cuando la ejecución del trabajo de investigación sea parcial, permitiría la no devolución de la parte proporcional que le corresponda de la subvención percibida, o si por el contrario la finalidad de la beca exige su total satisfacción, en cuyo caso se atendría a lo establecido en el apartado anterior.
Noveno. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso contencioso-
administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, desde el día siguiente a su publicación en el BOJA, ante esta Secretaría General, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sevilla, 27 de abril de 2001.- El Secretario General, Juan Torres López.
ANEXO
UNIVERSIDAD DE ALMERIA
Programa General: DNI
Martín Fuentes, M.ª Teresa 34.866.126
Rubio Escudero, Miguel Angel 34.860.901
Programa Sectorial:
Fernández de las Nieves, Ignacio 44.288.591
Navarro Ortega, Montserrat 34.854.700
Sola Gómez, Ana José 45.592.087
UNIVERSIDAD DE CADIZ
Programa General:
Moscoso García, Francisco 31.662.821
Peris Beamonte, Alfredo 17.728.779
Riba López, Inmaculada 31.687.804
Rodríguez-Piñero Alcalá, Ana Isabel 31.264.283
UNIVERSIDAD DE CORDOBA
Programa General:
Dorado Martín, Jesús Manuel 30.794.256
Yubero Serrano, Elena María 30.802.917
Programa Sectorial:
Jiménez Hornero, Francisco José 30.793.975
Monje Casas, Fernando 31.691.570
Priego Fernández, Rafael 52.485.534
Rodríguez Ortega, Manuel José 44.352.748
Rodríguez Pérez, M.ª del Rocío 44.277.883
UNIVERSIDAD DE GRANADA
Programa General:
Alonso Valero, María Encarnación 45.585.157
Baca García, Adela 44.266.682
Bonet García, Francisco Javier 44.278.282
Galván Rodríguez, Gustavo 42.858.354
García Aguilar, Mónica 24.275.351
Godoy Medina, Antonio 24.273.502
López Guarnido, Olga 44.288.463
López Rodríguez, María 44.263.871
Molina Huertas, Natalia 34.848.183
Moreno Llorca, Ricardo Antonio 44.263.231
Morón Henche, Ignacio 44.289.892
Palomares Bautista, Antonio Francisco 52.484.219
Pertíñez Vílchez, Francisco 74.651.322
Rute Pérez, Pedro 44.267.745
Torres Clemente, Elena 74.652.231
Programa Sectorial:
Aguilera Gómez, Margarita 52.524.554
Alameda Hernández, Enrique 44.278.089
Azpitarte Sánchez, Miguel 44.251.321
Carrión Peregrina, Adoración 44.264.756
Castillo Valdivieso, Pedro Angel 52.525.510
Gan Quesada, Germán 44.273.622
Ildefonso Huertas, Rosa María 44.251.805
Jiménez Olivares, M.ª Luisa 44.261.738
Lozano Navarro, Julián José 34.856.987
Morales Domingo, Santiago 44.279.605
Real Dato, José 77.564.190
Rodríguez Fuentes, Antonio 44.267.782
Romero González, Roberto 44.263.090
Romero López, Gustavo 24.278.673
Rus Carlborg, Guillermo 44.298.271
Sánchez Martín, Rosario María 25.333.058
Wangensteen Fuentes, Rosemary 5.204.567
CONSEJO SUPERIOR DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS
Delgado Andrade, Cristina 45.580.558
Godoy Alba, Patricia 44.253.857
Jiménez Jiménez, M.ª del Carmen 44.286.464
Pulido Regadera, Amada 26.490.157
Romero Puertas, M.ª del Carmen 24.240.412
UNIVERSIDAD DE HUELVA
Programa General:
García Delgado, Francisco Javier 29.435.635
Pérez Alberdi, M.ª Reyes 44.221.354
Programa Sectorial:
López Viera, David 44.215.809
UNIVERSIDAD DE JAEN
Programa General:
Granadino Roldán, José Manuel 31.688.011
Ramos Vázquez, Isabel 26.016.926
Vázquez Vilches, M.ª Mercedes 44.283.623
Programa Sectorial:
Cobo Muro, M.ª del Carmen 26.020.458
Pérez Cañado, M.ª Luisa 45.592.582
UNIVERSIDAD DE MALAGA
Programa General:
Flores Acuña, Estefanía 53.688.778
Gutiérrez Lozano, Juan Francisco 25.672.119
Heredia González, M.ª de la O 25.694.297
Luque Gil, Ana María 53.694.994
Madrid Vivar, Dolores 25.683.093
Moreno Olalla, David 74.822.615
Nieto Figueras, Cristina 25.665.741
Pérez Canto, Salvador 25.588.228
Pérez Moreno, Salvador Jesús 25.687.951
Programa Sectorial:
Avilés Benítez, Antonio 34.059.786
Chabrillón Popelka, Mariana 25.713.760
Gómez Lora, Antonio César 33.398.073
Linares Rueda, Adolfo 53.691.669
Marcos Alsina, Sila 45.294.844
Trias Marqués, Sonia 44.575.666
UNIVERSIDAD PABLO DE OLAVIDE
Programa Sectorial:
Pérez González, Silvia M.ª 34.006.338
UNIVERSIDAD DE SEVILLA
Programa General:
Ayerbe Linares, Miguel 30.815.844
Babiano Amelibia, Luis Alfonso 27.315.132
Domínguez Berenjeno, Enrique Luis 28.493.401
Godoy Domínguez, M.ª Jesús 27.320.108
Gómez Pérez, Francisco Javier 77.532.616
Rodríguez López, Manuel 52.662.065
Rosa Jiménez, Carlos Jesús 23.798.319
Programa Sectorial:
Caraza Cristín, María del Mar 28.923.679
Conradi Galnares, Esperanza 28.734.720
Huertas Sánchez, Pablo 28.745.889
Leñero Bohórquez, M.ª Rosario 52.691.282
Mate Barrero, Alfonso 27.318.484
Muñoz Almaraz, Francisco Javier 28.919.248
Vélez Alvez, Genoveva 27.323.936
CONSEJO SUPERIOR DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS
Barranco Quero, Angel 26.017.052