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Por Orden de fecha 30 de julio de 1999 (BOJA núm. 96, de 19 de agosto), la Consejería de Salud delega en sus Delegaciones Provinciales la competencia para la suscripción con los Ayuntamientos de Convenios sobre encomienda de gestión de actuaciones de tramitación de procedimientos sancionadores en materia de salud pública cuya resolución corresponda a los Alcaldes, de conformidad con lo establecido en el artículo
27.2.a) de la Ley 2/1998, de 15 de julio, de Salud de Andalucía.
Por ello, y en base a la Orden citada,
R E S U E L V O
Hacer públicos los Convenios suscritos por la Delegación Provincial de la Consejería de Salud en Granada y los Ayuntamientos que a continuación se detallan, cuyo contenido se ajusta al modelo tipo publicado como Anexo a la Orden al principio reseñada:
- Jete.
Los referidos Convenios entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de acuerdo con lo establecido en la Estipulación Novena del Convenio Tipo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo
15.3, párrafo primero, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOJA núm. 285, de 27 de noviembre), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Granada, 8 de mayo de 2001.- El Delegado, Francisco Cano Bueso.