Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 64 de 5/6/2001

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. AYUNTAMIENTO DE LA CAMPANA (SEVILLA)

ANUNCIO de bases.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Cumpliendo acuerdo de la Comisión Municipal de Gobierno, de fecha 5 de abril del 2001, de conformidad con lo establecido en el artículo 5 del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, se hacen públicas las bases y la convocatoria para seleccionar una plaza de Administrativo de Administración General, perteneciente a la plantilla de funcionarios de esta Corporación, mediante el sistema de concurso-oposición, promoción interna.

BASES PARA LA SELECCION MEDIANTE CONCURSO-OPOSICION, PROMOCION INTERNA DE UNA PLAZA DE ADMINISTRATIVO DE ADMINISTRACION GENERAL PERTENECIENTE A LA PLANTILLA DE FUNCIONARIOS DEL AYUNTAMIENTO DE LA CAMPANA

1. Objeto de la convocatoria.

Esta convocatoria tiene por objeto la provisión mediante concurso-oposición, promoción interna, de una plaza de Administrativo de Administración General, vacante en la plantilla de funcionarios del Ayuntamiento de La Campana.

La plaza está incluida en la Oferta de Empleo Público de 2001, integrada en la Escala de Administración General, Subescala Administrativa, Grupo C, con el sueldo y demás retribuciones establecidas de conformidad con las disposiciones legales en vigor y la relación de puestos de trabajo de esta Entidad Local.

2. Normativa aplicable.

A estas bases y pruebas les será de aplicación lo dispuesto en la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Reforma de la Función Pública; el R.D.L 781/1986, de 18 de abril, Texto Refundido de disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; el R.D. 896/1991, que establece las reglas básicas y programas mínimos del procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local, las bases de la presente convocatoria y suplementariamente el R.D. 364/1995, de 10 de marzo, que aprueba el Reglamento General de Ingreso en la Administración del Estado.

3. Requisitos del aspirante.

Las condiciones generales de capacidad que habrá de reunir son las siguientes:

a) Disfrutar de la condición de funcionario de carrera del Ayuntamiento de La Campana, del Grupo D, en situación de servicio activo, con una antigüedad de, al menos, dos años en el Cuerpo o Escala a que pertenezca el día de finalización del plazo de presentación de la solicitud de participación, estando en posesión del título de Bachiller, Formación Profesional de Segundo Grado o equivalente, o una antigüedad de 10 años en el Cuerpo o Escala del Grupo D, o 5 años y la superación de un curso específico de formación.

b) Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las tareas habituales de la plaza.

c) No haber sido separado mediante expediente disciplinario o despido del servicio del Estado, Comunidades Autónomas o Administración Local, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

4. Solicitudes.

La solicitud para tomar parte en las pruebas selectivas se dirigirá al Presidente de la Corporación, dentro del plazo de

20 días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. En la solicitud se hará constar expresamente que se reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la convocatoria, con referencia a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

El interesado unirá a la solicitud, fotocopia del justificante de haber ingresado los derechos de examen.

Acompañará, igualmente, la documentación que justifique los méritos alegados, en la forma y condiciones que se detallan en el documento anexo.

Los derechos de examen se fijan en la cantidad de 3.000 pesetas que se ingresarán en la cuenta corriente de La Caixa, número

2100 4433 37 0200000604 con la indicación «Pruebas selectivas para una plaza de Administrativo del Ayuntamiento de La Campana¯.

5. Admisión del aspirante.

Expirado el plazo de presentación de la instancia la Comisión de Gobierno adoptará acuerdo en el plazo máximo de un mes declarando aprobada la lista de admitido o de excluido. El acuerdo se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios de la Corporación.

Si el aspirante fuese excluido disponen de un plazo de 10 días, contados a partir del siguiente al de la publicación en el citado Boletín, para subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión. Caso de no hacerlo quedará definitivamente apartado de la convocatoria.

En el mismo acuerdo se hará público el lugar y fecha del comienzo de los ejercicios.

6. Tribunal Calificador.

El Tribunal Calificador estará integrado por los siguientes miembros:

Presidente: El de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue.

Vocales:

- Un representante de la Junta de Andalucía.

- Un representante de cada grupo político municipal.

- El Concejal Delegado de Personal.

Secretario: El de la Corporación o funcionario en quien delegue, con voz pero sin voto.

Los Vocales deberán reunir las condiciones exigidas en el R.D. 896/1991, de 17 de junio.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la autoridad convocante y los aspirantes podrán recusarlos, en cualquier momento del proceso selectivo, cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo

28 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

La designación del Tribunal incluirá la de los respectivos suplentes.

Para la válida constitución del Tribunal Calificador, en cada una de sus sesiones, bastará la asistencia de su Presidente y Secretario y la mitad de los Vocales, titulares o suplentes.

La concreción de los miembros del Tribunal se hará pública en el Boletín Oficial de la Provincia conjuntamente con el acuerdo al que hace referencia la base 5.ª

El Tribunal podrá disponer la incorporación de asesores en las pruebas que por su especialidad se considere necesario, limitándose éstos a prestar su colaboración en su especialidad técnica.

7. Llamamientos y calendario de las pruebas.

Para cada ejercicio el aspirante será convocado en llamamiento único, publicado en el tablón de anuncios de la Corporación, siendo excluidos si no comparece, salvo casos de fuerza mayor debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal.

El primer ejercicio no podrá comenzar hasta transcurridos 2 meses desde la finalización del plazo de presentación de instancias. El lugar fecha y hora se harán públicos

conjuntamente con el acuerdo señalado en la base 5.ª

A partir del inicio de la oposición el Tribunal determinará la fecha para la práctica de las sucesivas pruebas, sin que entre la terminación de una y el comienzo de la siguiente puedan mediar menos de 72 horas ni más de 45 días naturales.

No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, si existe conformidad de la totalidad de miembros del Tribunal y del aspirante, se podrá modificar el citado calendario.

8. Sistema de selección.

El sistema de selección será el de concurso-oposición,

promoción interna, celebrándose en primer lugar la fase de concurso en base a los siguientes criterios:

A) Fase de concurso.

Constituido el Tribunal se procederá a la evaluación de los méritos alegados y justificados documentalmente según el baremo que figura en el Anexo I. Esta fase no tiene carácter

eliminatorio.

Los méritos que se valorarán son los siguientes:

1. Experiencia profesional.

2. Titulaciones académicas.

3. Concursos, seminarios y jornadas.

B) Fase de oposición.

El contenido del programa se detalla en el Anexo II. La fase de oposición constará de los siguientes ejercicios:

1. Prueba consistente en contestar por escrito en el tiempo máximo de dos horas y media, dos temas extraídos al azar de entre los comprendidos en el programa, tanto de materias comunes como específicas.

Si alguno de los temas extraídos coincidiese con alguno de los temas cuyo conocimiento ya ha sido acreditado por el aspirante, se volverá a extraer un nuevo tema hasta alcanzar el número de dos, establecido para esta prueba escrita.

2. Solución de un supuesto práctico que planteará el Tribunal relacionado con el puesto de trabajo a desempeñar y redacción de la resolución o acuerdo.

Los ejercicios serán leídos por el aspirante ante el Tribunal.

Todos los ejercicios de la oposición serán eliminatorios, calificándose cada uno hasta un máximo de 10 puntos, siendo eliminado el opositor si no alcanza un mínimo de 5 puntos en cada uno de ellos.

La calificación de cada ejercicio se determinará por la media resultante de las calificaciones otorgadas por cada miembro del Tribunal, eliminándose las puntuaciones máximas y mínimas cuando entre éstas exista una diferencia igual o superior a 4 puntos.

9. Exención de materias cuyo conocimiento se ha acreditado. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 22.2 de la Ley

30/1984, de 2 de agosto, en la redacción dada por la Ley

23/1988, se declara la exención de los temas cuyo conocimiento acreditó el interesado en la oposición libre de ingreso en la Función Pública, Escala de Administración General, Grupo D. A tal efecto, en el expediente de la presente convocatoria se incluirá el temario oficial de la convocatoria de origen.

10. Puntuación final y propuesta de nombramiento.

La calificación final será la suma de los puntos obtenidos en la fase de concurso y en cada uno de los ejercicios de la oposición.

El interesado podrá interponer reclamación ante el Tribunal en el plazo de 3 días. Este resolverá en idéntico plazo la reclamación.

La propuesta de nombramiento se expondrá en el tablón de anuncios y se elevará al Sr. Alcalde para que proceda a su nombramiento.

11. Presentación de documentos.

El aspirante dada su condición de funcionario público, está exento de la necesidad de justificar las condiciones y

requisitos ya acreditados para obtener su anterior

nombramiento, debiendo presentar certificación acreditando la condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal.

Si dentro del plazo indicado y salvo casos de fuerza mayor, el interesado no presenta los documentos o de los mismos se dedujese que carece de alguno de los requisitos exigidos, no podrá ser nombrado quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la depuración de otras responsabilidades que pudieran existir.

12. Nombramiento y toma de posesión.

Aportados los documentos el Presidente efectuará el

nombramiento que se publicará en el Boletín Oficial del Estado.

El opositor nombrado tomará posesión en el plazo de 30 días contados a partir de la fecha de notificación del nombramiento.

13. Otras incidencias.

La presentación de instancias solicitando tomar parte en la convocatoria, supone el sometimiento expreso del aspirante a estas bases que tienen la consideración de Ley reguladora de la convocatoria.

Se atribuye al Sr. Alcalde la facultad de interpretar estas bases y la resolución de las incidencias y recursos que pudiera haber hasta el acto de constitución del Tribunal tras el que se atribuirá a éste la citada facultad.

El Tribunal resolverá las dudas que se presenten y tomará cuantos acuerdos sean necesarios en todo lo no previsto en las presentes bases y en las disposiciones legales vigentes que regulan la materia.

14. Impugnación.

Contra la presente convocatoria y sus bases podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el plazo de dos meses, a partir de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Fase de concurso.

1. Experiencia profesional:

Por cada mes completo de servicios prestados en la

Administración Local: 0,05 puntos.

Por cada mes completo de servicios prestados en otras

Administraciones Públicas: 0,03 puntos.

Por cada mes completo de servicios prestados en Empresas Públicas: 0,02 puntos.

En este apartado no se computarán servicios que hubieran sido prestados simultáneamente con otros igualmente alegados.

Se reducirán proporcionalmente los prestados a tiempo parcial. La puntuación máxima para este apartado será de 5 puntos. Estos méritos se acreditarán mediante certificado del

Secretario de la Corporación.

2. Titulaciones académicas:

Por la posesión del título de Licenciado Universitario en área o especialidad que tenga relación directa con la actividad a desarrollar en la plaza a la que se opta: 2,0 puntos. Por la posesión del título de diplomado universitario en área o especialidad que tenga relación directa con la actividad a desarrollar en la plaza a la que se opta: 1,0 punto.

Por la posesión del título de Bachiller, Formación Profesional de 2.º Grado o equivalente: 0,5 puntos.

Los títulos o diplomas se presentarán en documento original o copia cotejada.

3. Participación como asistente a cursos, seminarios o

jornadas:

Hasta 14 horas de duración, por curso: 0,05 puntos.

De 15 a 40 horas: 0,10 puntos.

De 41 a 70 horas: 0,20 puntos.

De más de 70 horas: 0,40 puntos.

El máximo por este concepto será de 2 puntos.

No se valorarán los cursos o seminarios con una duración menor de 8 horas.

Sólo se evaluarán los cursos o seminarios que hayan sido impartidos por instituciones públicas.

Los títulos o diplomas se presentarán en documento original o copia cotejada.

TEMARIO FASE DE OPOSICION

MATERIAS COMUNES

1. La Constitución Española de 1978. Característica,

estructura y principios generales. Derechos y deberes

fundamentales.

2. La Organización del Estado en la Constitución Española. La Corona, las Cortes Generales. La Administración del Estado, Autonómica, Local e Institucional.

3. Las Comunidades Autónomas. Principios constitucionales. El Estatuto de Autonomía para Andalucía. Competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

4. El régimen local español. Entidades que lo integran. Principios constitucionales. Regulación Jurídica.

5. El municipio: Concepto. Población. Organización municipal. Competencias. El Alcalde. Elección, deberes y atribuciones. El Pleno de la Corporación. La Comisión de Gobierno.

6. El derecho administrativo. Concepto. Fuentes, principios de actuación de la Administración Pública. Sometimiento a la Ley y al Derecho.

7. La Ley y el Reglamento. Ordenanzas y reglamentos locales.

8. El procedimiento administrativo. Los interesados. Derechos de los ciudadanos ante la Administración. Cómputo de plazos.

9. Los Presupuestos locales. Estructura presupuestaria. Tramitación. Modificaciones presupuestarias. Régimen jurídico del gasto público local.

10. Las Haciendas locales. Clases de recursos. Ordenanzas fiscales. Tramitación. Ordenanzas fiscales del Ayuntamiento de La Campana.

11. Intervención administrativa en la actividad privada. Licencias. Policía.

MATERIAS ESPECIFICAS

1. La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Principios informadores. Ambito de aplicación.

2. El Procedimiento Administrativo. Interesados. La

Administración. Derechos de los ciudadanos. Actos presuntos. Certificación de actos presuntos.

3. El Procedimiento Administrativo. Iniciación, instrucción. Informes, alegaciones, audiencia del interesado.

4. El Registro de entrada y salida de documentos. Requisitos de la presentación de documentos. Comunicaciones, notificaciones y certificaciones.

5. Concepto de expediente. Formación y tramitación del

expediente. Terminación. Ordenación y custodia de documentos. Archivo de expedientes.

6. Funcionamiento de los órganos colegiados locales.

Convocatoria y orden del día. Requisitos de constitución. Votaciones. Actas y certificaciones de acuerdos.

7. El personal al servicio de la Administración Local. El funcionario público. Concepto. Plantillas. Relaciones de puestos de trabajo. Derechos y deberes de los funcionarios.

8. Bienes de las Entidades Locales. Régimen de utilización del dominio público. Enajenación. Inventario.

9. La expropiación forzosa. Concepto y elementos. Procedimiento general.

10. Legislación sobre régimen del suelo y ordenación urbana. Competencia urbanística municipal. Aprobación de planes. Las Normas Complementarias y Subsidiarias de La Campana.

11. Comisiones Informativas: Clases, composición y

competencias.

12. Comisiones de Gobierno: Clases, composición y competencias. Libros de Actas.

13. La obligación de resolver. El silencio administrativo. Cómputo de plazos.

14. Notificación y publicación de los actos administrativos. Práctica de la notificación.

15. Actos que ponen fin a la vía administrativa. Régimen de impugnación de actos y acuerdos. El recurso de reposición.

16. Actividades sujetas a licencia. Procedimiento para

obtención de licencia de apertura de actividades inocuas. Actividades que no requieren licencia.

17. Información pública. Cambio de titularidad. Licencia de obras y de apertura. Extinción de la licencia.

18. Licencias de apertura en edificios fuera de ordenación. Actividades sin licencia. Infracciones y sanciones.

19. Actividades comprendidas en el Anexo I de la Ley de Protección Ambiental. Procedimiento.

20. Actividades comprendidas en el Anexo II de la Ley de Protección Ambiental. Procedimiento.

21. Actividades comprendidas en el Anexo III de la Ley de Protección Ambiental. Procedimiento.

22. Actos sujetos a licencia por razón de urbanismo. Licencias de urbanismo.

23. Procedimiento en la concesión de licencias de urbanismo.

24. Extinción de las licencias. Anulación, revocación y caducidad.

25. Licencias de edificación en suelo no urbanizable.

26. Estudio de detalle. Tramitación. Proyectos de Urbanización. Tramitación.

27. Planeamiento de desarrollo. Unidades de Ejecución. Sistemas de Ejecución, compensación y expropiación.

28. Protección de la legalidad urbanística. Infracciones Urbanísticas.

29. Deber de conservación, órdenes de ejecución de obras y ruina.

Lo que se hace público para general conocimiento.

La Campana, 2 de mayo de 2001.- El Alcalde, Francisco Vargas Cabello.