Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 65 de 07/06/2001

3. Otras disposiciones

Consejería de la Presidencia

RESOLUCION de 10 de mayo de 2001, del Instituto Andaluz de la Mujer, por la que se modifica Resolución de 12 de mayo de 1999 por la que se delegan determinadas competencias en distintos órganos del Organismo.

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La Resolución de 12 de mayo de 1999, del Instituto Andaluz de la Mujer (BOJA núm. 64, de 5.6.99), regula la delegación de determinadas competencias en distintos órganos del Organismo.

El Decreto 67/2001, de 6 de marzo (BOJA núm. 40, de 5.4.01), ha modificado parcialmente la Relación de Puestos de Trabajo del Instituto Andaluz de la Mujer. Esta modificación ha afectado a la estructura de los Servicios Centrales del Organismo con la modificación y creación de Servicios en la Secretaría General y el cambio de denominación de otros órganos de los Servicios Centrales.

En la nueva estructura del Instituto Andaluz de la Mujer, se ha modificado la denominación del Servicio de Personal, Administración General y Contratación, que ahora se denomina Servicio de Contratación, Convenios y Subvenciones. Así mismo, se ha creado el Servicio de Personal y Administración General. Por otro lado, los denominados Gabinete de Formación y Empleo de Mujeres y Gabinete de Coordinación pasan a denominarse Servicios en lugar de Gabinetes.

Por ello, resulta necesario proceder a modificar la Resolución de 12 de mayo de 1999 para su adaptación a la nueva Relación de Puestos de Trabajos del Instituto Andaluz de la Mujer.

En su virtud,

R E S U E L V O

Se modifican los apartados segundo, cuarto, sexto y séptimo de la Resolución de 12 de mayo de 1999, del Instituto Andaluz de la Mujer (BOJA núm. 64, de 5.6.1999), que regula la delegación de competencias en distintos órganos del Organismo, en los términos que a continuación se expresa:

1.º El apartado segundo de la Resolución de 12 de mayo de

1999 del Instituto Andaluz de la Mujer queda redactado de la siguiente forma:

«Segundo. Delegación de competencias en las/os Jefas/es del Gabinete de Estudios y Programas, de los Servicios de Formación y Empleo de Mujeres y de Coordinación, Directoras de Area y Coordinadoras adscritas a la Dirección del Instituto Andaluz de la Mujer.

Se delegan en las/os Jefas/es del Gabinete de Estudios y Programas, de los Servicios de Formación y Empleo de Mujeres y de Coordinación, Directoras de Area y Coordinadoras adscritas a la Dirección del Instituto Andaluz de la Mujer las siguientes competencias:

En materia de personal respecto al personal que preste sus servicios en las citadas unidades: La ordenación de comisión de servicio en el ámbito del territorio nacional.

En materia de subvenciones: La certificación acreditativa de la aplicación de subvenciones a las finalidades para las que se concedieron, respecto de aquéllas propuestas por cada una de las descritas unidades.

En materia de gestión económica y en relación con los expedientes que se propongan por cada una de las descritas unidades:

Los actos de recepción de suministros, asistencias técnicas y servicios.

La conformidad de facturas.¯

2.º El apartado cuarto de la Resolución de 12 de mayo de 1999 del Instituto Andaluz de la Mujer queda redactado de la siguiente forma:

«Cuarto. Delegación de competencias en el Servicio de Gestión Económica y Presupuestaria y en el Servicio de Contratación, Convenios y Subvenciones:

Se delegan en el Servicio de Gestión Económica y

Presupuestaria y en el Servicio de Contratación, Convenios y Subvenciones las siguientes competencias:

La ordenación de pagos.

Las propuestas de documentos contables y la autorización de los mismos.

Los actos de recepción de suministros, asistencias técnicas y servicios.

La conformidad de facturas.

La liberación de garantías contractuales.¯

3.º El apartado sexto de la Resolución de 12 de mayo de 1999 del Instituto Andaluz de la Mujer queda redactado de la siguiente forma:

«Sexto. Delegación de competencias en el Servicio de Personal y Administración General.

Se delega en el Servicio de Personal y Administración General la siguiente competencia: La conformidad de facturas hasta

500.000 pesetas.¯

4.º El apartado séptimo de la Resolución de 12 de mayo de

1999 del Instituto Andaluz de la Mujer queda redactado de la siguiente forma:

«Séptimo. Delegación de competencias en materia de compulsa de documentos.

Se delega la competencia de compulsa de documentos en las siguientes unidades del Organismo:

Secretaría General.

Coordinadoras Provinciales.

Servicios y Gabinete Secciones y Departamentos del Organismo. Funcionarios/as responsables de los Registros del Organismo.¯

5.º La presente Resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 10 de mayo de 2001.- La Directora, Teresa Jiménez Vílchez.

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