Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 65 de 07/06/2001

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Otros. AYUNTAMIENTO DE BRENES (SEVILLA)

ANUNCIO sobre rectificación de bases.

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Con fecha 21 de mayo de 2001 se dicta Resolución número

608, lo que se hace público para general conocimiento.

Vista la Resolución de la Alcaldía número 124, de fecha 8 de febrero de 2001, por la que se aprueban las Bases para cubrir en propiedad una plaza de Policía Local, vacante en la plantilla de Funcionarios de este Ayuntamiento, mediante oposición libre.

Vista la publicación de dichas Bases en el BOP núm. 54, de fecha 7 de marzo de 2001, y en el BOJA núm. 32, de fecha 7 de marzo de 2001.

Habiéndose detectado errores en las mismas, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 105.2 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En uso de las facultades que me concede la Ley 7/85, de 2 de abril, modificada por la Ley 11/99, de 21 de abril,

HE RESUELTO

Primero. Rectificar errores de las Bases de Policía Local en el siguiente sentido:

II. Requisitos de los aspirantes. Tercera. Apartado C): Se suprime.

Apartado D): No haber sido condenado por delito doloso ni separado del Servicio del Estado, de la Administración Autónoma, ni de la Administración Local o Institucional, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas. No obstante, será aplicable el beneficio de la rehabilitación, de acuerdo con las normas penales y administrativas, si el/la interesado/a lo justifica. Apartado E): Se suprime.

VI. Desarrollo de los ejercicios. Décima. Segundo. Pruebas Psicotécnicas. El examen psicotécnico constará de pruebas que evalúen los factores indicados en el Anexo IV de la Orden de 14 de noviembre de 2000, por la que se establecen pruebas de acceso a las distintas categorías de los Cuerpos de Policía Local de Andalucía, exigiéndosele a los aspirantes una puntuación igual o superior a las figuradas en la Orden mencionada.

X. Impugnación. Decimocuarta.

Contra el presente acuerdo/resolución, que es definitivo y pone fin a la vía administrativa (arts. 109.c de la Ley 30/92, y 52 de la Ley 7/85, de 2 de abril) podrá, si lo estima oportuno, interponer recurso de reposición, potestativo, en el plazo de un mes (artículo 117 de la Ley 30/92), a contar desde el día siguiente al de la notificación o publicación del acto (artículo 48 de la Ley 30/92), y ante el mismo órgano que dictó el acuerdo/resolución (artículo 116 de la Ley 30/92).

En caso de no desear interponer recurso de reposición potestativo, podrá el interesado interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo con sede en Sevilla (art. 116 de la Ley 30/92), en el plazo de 2 meses, contados desde el día siguiente al de la notificación o publicación del presente acto (art. 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio).

El plazo para la interposición del recurso es improrrogable. No obstante, durante el mes de agosto no correrá el plazo para interponer recurso contencioso-administrativo (art. 128.2 Ley

29/98).

Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen pertinente.

Segundo. Publicar las presentes rectificaciones en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, BOP y BOJA, para general

conocimiento.

Brenes, 28 de mayo de 2001.- La Alcaldesa-Presidenta, Elena Cristina Nimo Díaz.

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