Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 66 de 09/06/2001

3. Otras disposiciones

Consejería de Salud

RESOLUCION de 10 de mayo de 2001, del Servicio Andaluz de Salud, por la que se delega la competencia en el Gerente del Area Sanitaria de Osuna (Sevilla) para formalizar un Convenio de Colaboración entre el Servicio Andaluz de Salud y el Ayuntamiento de Osuna (Sevilla).

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Es competencia del Servicio Andaluz de Salud, de acuerdo con las previsiones contenidas en la Exposición de Motivos de la Ley 2/98, de 15 de junio, de Salud de Andalucía, «la potenciación del papel de los municipios en el marco de las competencias que legalmente les están ya atribuidas, posibilitando su participación y corresponsabilidad en los ámbitos de gestión y provisión de servicios sanitarios¯. El artículo 2 establece como principios de actuación para la protección de la salud «la concepción integral de la salud, incluyendo actuaciones de promoción, educación sanitaria, prevención, asistencia y rehabilitación¯, y el artículo 6 señala que «los niños... tienen derecho a actuaciones y programas sanitarios especiales y preferentes¯.

El artículo 38 de dicha Ley establece que los municipios de Andalucía tendrán, entre otras, las siguientes competencias: «1 ... f) Desarrollo de programas de promoción de la salud, educación sanitaria y protección de grupos sociales con riesgos específicos¯.

Finalmente, la Ley 1/98 de 20 de abril, del Menor, en su artículo 18.3, establece que «la Administración de la Junta de Andalucía y las Corporaciones Locales establecerán los oportunos mecanismos de cooperación para el adecuado ejercicio de sus respectivas competencias¯.

En este sentido, el Gerente del Area Sanitaria de Osuna solicita delegación de competencias para que con el propósito de instrumentar una acción conducente a la mejora en la atención sanitaria de la población infantil tramitar el correspondiente Convenio singular de Colaboración entre Servicios Sanitarios y Servicios Sociales de Atención Infantil, para el desarrollo del Programa de Coordinación basado en la Prevención y Detección Precoz de Niños/as en situación de alto riesgo bío-psico-social.

En consecuencia, de conformidad con lo previsto en el artículo

13 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en uso de las facultades de representación legal del Organismo que me atribuye el artículo

69 de la Ley 2/1998, de 15 de junio, de creación del Servicio Andaluz de Salud, en relación con los artículos 42 de la Ley Salud de Andalucía y el artículo 11 del Decreto 245/2000, de 31 de mayo, por el que se establece la Estructura Orgánica Básica de la Consejería de Salud y del Servicio Andaluz de Salud,

R E S U E L V O

Delegar en el Gerente del Area Sanitaria de Osuna la competencia necesaria para suscribir el Convenio de Colaboración entre el Excmo. Ayuntamiento de Osuna y el Servicio Andaluz de Salud con carácter singular y en orden a la consecución de los objetivos comunes anteriormente expuestos.

Sevilla, 10 de mayo de 2001.- El Director Gerente, Juan Carlos Castro Alvarez.