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De conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional del Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados, vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión de Precios de Andalucía, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el artículo 7 del Decreto 266/1988, de 2 de agosto, en la redacción dada por el Decreto 137/2000, de 16 de mayo,
R E S U E L V O
Autorizar las Tarifas de Taxis que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
AYUNTAMIENTO DE CADIZ
Tarifas autorizadas
Concepto IVA incluido
Tarifa base:
Bajada de bandera 156 ptas. Kilómetro recorrido 81 ptas. Hora de parada 2.147 ptas. Carrera mínima 397 ptas.
Suplementos:
Servicios nocturnos laborables 91 ptas. (Desde las 22 hasta las 6 horas)
Servicios festivos 91 ptas. (Desde las 0 hasta las 24 horas)
Maleta o bulto superior a 60 cm 59 ptas.
Servicios especiales:
Recogida en estación de FF.CC. y muelles 92 ptas.
Tarifas autorizadas
Concepto IVA incluido
Entrada en dique, Astilleros, espigones de La Caleta y San Felipe y Puerto Zona Franca 119 ptas. Corpus, Carnavales (viernes, sábado y
domingo), Semana Santa (Viernes Santo,
de 0 a 6 horas) y 25 de diciembre y
1 de enero de 0 a 6 horas 20%
Esta Resolución surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la titular de esta Consejería en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso, publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos
114 y 115, en relación con el 48, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Común.
Sevilla, 8 de mayo de 2001.- El Viceconsejero, José Salgueiro Carmona.