Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 68 de 16/06/2001

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico

RESOLUCION de 22 de mayo de 2001, de la Secretaría General Técnica, por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada en el recurso contencioso-administrativo núm. 30/99 y de la sentencia dictada en el recurso de apelación núm. 145/00, interpuestos por Yesos La Atalaya, SL.

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En el recurso contencioso-administrativo número 30/99, interpuesto por Yesos La Atalaya, S.L., contra Resolución de 30 de marzo de 1999, de la Consejería de Trabajo e Industria de la Junta de Andalucía, que desestimó el recurso ordinario interpuesto por la recurrente contra Resolución de la Delegación Provincial de dicha Consejería en Sevilla, de fecha

26 de febrero de 1997, recaída en expediente sobre aval del Plan de restauración de la mina «La Atalaya¯, núm. 7.543, confirmando la misma en todos sus términos, se ha dictado sentencia por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Cuatro de Sevilla, con fecha 9 de junio de 2000, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

«Fallo: Que debo desestimar y desestimo el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la entidad Yesos La Atalaya, S.L., contra las Resoluciones indicadas en el antecedente de hecho primero de esta Resolución, por ser conformes las mismas con el ordenamiento jurídico. Todo ello sin realizar pronunciamiento condenatorio sobre las costas.¯

En el recurso de apelación núm. 145/00, tramitado ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, se ha dictado con fecha 15 de noviembre de 2000 sentencia, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

«Fallamos: Que desestimamos el recurso de apelación interpuesto por "Yesos La Atalaya, S.L.", contra la sentencia de fecha 9 de junio del 2000, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Cuatro de Sevilla en el recurso ordinario núm. 30/1999, al ser dicha sentencia conforme a Derecho, con imposición de las costas procesales de esta apelación a la entidad recurrente.¯

En virtud de lo establecido en el artículo 3.º 5.ª de la Orden de 3 de octubre de 2000 de delegación de competencias, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 118 de la Constitución y 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y 104 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa, he dispuesto el cumplimiento en sus propios términos de la expresada sentencia, así como su publicación en el BOJA.

Sevilla, 22 de mayo de 2001.- El Secretario General Técnico, Juan Francisco Sánchez García.