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Visto el expediente instruido por la Delegación Provincial de Agricultura y Pesca en Córdoba y al amparo de la normativa que regula la lucha contra la Peste Porcina Africana y otras enfermedades del ganado de cerda (R.D. 791/79, de 20 de febrero; Orden del Ministerio de Agricultura de 21.10.80 (BOE núm. 262, de 31.10.80) y Resolución de la Dirección General de la Producción Agraria de 9.2.1982, se otorgó la correspondiente calificación sanitaria de Granja de Protección Sanitaria Especial a la explotación porcina «Shu-Choi¯, propiedad de Hyung Duk Shu, del término municipal de Córdoba, con número municipal CO-49, mediante Resolución de esta Dirección General de fecha 27.7.94.
Dado que, según informe de la Delegación Provincial de Córdoba, en la actualidad esta explotación no tiene actividad.
R E S U E L V O
Suspender, con fecha 7 de mayo del año en curso, el Título de Granja de Protección Sanitaria Especial a la explotación anteriormente citada.
Notifíquese la presente Resolución al interesado en legal forma con indicación de que contra la misma, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Agricultura y Pesca en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación del presente acto, de conformidad con lo establecido en los arts. 114 y siguiente de la Ley 30/1992, de
26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sevilla, 7 de mayo de 2001.- El Director General, Luis Gázquez Soria.
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