Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 74 de 30/06/2001

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 12 de junio de 2001, de la Delegación del Gobierno de Córdoba, por la que se hace público el Acuerdo de 11 de junio de 2001, de la Secretaría General de esta Delegación, por el que se delega la competencia para la autenticación de copias mediante cotejo en el personal adscrito a la Oficina de Respuesta Unificada, para lo concerniente a su ámbito material.

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El artículo 13.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley/1999, de 13 de enero, establece que los órganos de las diferentes Administraciones Públicas podrán delegar el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas en otros órganos de la misma Administración, aun cuando no sean jerárquicamente dependientes, o de las entidades de derecho público vinculadas o dependientes de aquéllas.

El Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos, recoge en su artículo 23 que la competencia para la autenticación de copias de documentos a que se refiere el punto 2 del artículo 21 de dicha norma (copias autenticadas) corresponderá a las jefaturas de sección y órganos asimilados responsables de cada Registro General de Documentos, previendo en el párrafo segundo de dicho artículo que de no existir tales Jefaturas de Sección, la competencia corresponderá a la Jefatura del Servicio o Secretaría General bajo cuya responsabilidad se gestione la función de Registro General de Documentos.

En esta Delegación del Gobierno, la responsable del Registro General existente en la misma es la Secretaría General. Por razones técnicas, se hace necesario realizar delegación de la competencia que dicho Organo tiene atribuida para la autenticación de copias de documentos en el personal adscrito a la Oficina de Respuesta Unificada de este Organismo para aquellos documentos relativos a materias que le estén encomendadas.

Por cuanto antecede, esta Delegación del Gobierno

R E S U E L V E

Hacer público el Acuerdo de 11 de junio de 2001 de la Secretaría General de esta Delegación del Gobierno, cuyo texto figura como Anexo de la presente Resolución, por el que se delega la competencia para la autenticación de copias mediante cotejo en el personal adscrito a la Oficina de Respuesta Unificada existente en este Organismo para lo concerniente a su ámbito material.

Córdoba, 12 de junio de 2001.- El Delegado, Antonio Márquez Moreno.

ANEXO QUE SE CITA

ACUERDO DE 11 DE JUNIO DE 2001 DE LA SECRETARIA GENERAL DE LA DELEGACION DEL GOBIERNO DE CORDOBA, POR EL QUE SE DELEGA LA COMPETENCIA PARA LA AUTENTICACION DE COPIAS MEDIANTE COTEJO EN EL PERSONAL ADSCRITO A LA OFICINA DE RESPUESTA UNIFICADA, PARA LO CONCERNIENTE A SU AMBITO MATERIAL

La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común establece en su artículo

38.5 que los ciudadanos podrán acompañar una copia de los documentos que presenten junto con sus solicitudes, escritos y comunicaciones, y que dicha copia, previo cotejo con el original por el Registro, será remitida al Organo destinatario, devolviéndose el original al ciudadano, salvo que el original deba obrar en el procedimiento, en cuyo caso se entregará al ciudadano la copia del mismo, una vez sellada por el Registro previa comprobación de su identidad con el original. Por su lado, el artículo 46 de la citada norma atribuye a cada Administración Pública la facultad de determinar reglamentariamente los órganos que tengan atribuidas las competencias de expedición de copias auténticas de documentos públicos o privados.

El artículo 23 del Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos (BOJA núm.

136, de 26 de octubre), establece que la competencia para la autenticación de copias de documentos a que se refiere el punto

2 del artículo 21 de dicha norma (copias autenticadas)

corresponderá a las jefaturas de sección y órganos asimilados responsables de cada Registro General de Documentos, previendo en el párrafo segundo de dicho artículo que de no existir tales Jefaturas de Sección, la competencia corresponderá a la Jefatura del Servicio o Secretaría General bajo cuya

responsabilidad se gestione la función de Registro General de Documentos.

Por otro lado, el Decreto 146/1998, de 7 de julio, modificado por el Decreto 415/2000, de 24 de octubre, regula las bases de creación, organización y funcionamiento de las Oficinas de Respuesta Unificada para pequeñas y medianas empresas,

asignándole, entre otras, las funciones de recibir y registrar las solicitudes y demás documentos que se requieran para obtener de la Administración de la Junta de Andalucía las actuaciones que permitan el desarrollo de las actividades que son de su objeto (artículo.e).

Creada por Orden de 1 de diciembre de 2000 (BOJA núm., de 21 de diciembre) la Oficina de Respuesta Unificada para Pequeñas y Medianas Empresas en la Delegación del Gobierno en Córdoba, teniendo atribuidas competencias en materia de recepción y registro de documentos, se hace necesario proceder, por razones técnicas, a efectuar en favor de las personas que prestan servicios en la misma, delegación de competencia para la autenticación de copias de documentos privados y públicos, mediante cotejo con el original, al objeto de salvaguardar siempre el derecho de los ciudadanos referido en el art. 38.5 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Por todo ello,

A C U E R D O

Primero. Delegar, respecto de los documentos que se presenten en la Oficina de Respuesta Unificada de este Organismo, la competencia de expedición de copias autenticadas de documentos privados y públicos, realizada mediante cotejo con los

originales, atribuida, a tenor de lo dispuesto en el artículo

23 del Decreto 204/95, a la Secretaría General de esta

Delegación del Gobierno, al no existir Jefatura de Sección responsable del Registro General de Documentos, en las personas que a continuación se indican:

- Coordinador de la Oficina de Respuesta Unificada para Pequeñas y Medianas Empresas en Córdoba.

- Raquel E. Ariza Vílchez, Titulada Superior (Código 64210).

- Adolfo Cardenete del Moral, Titulado Superior (Código 61510).

- Antonio Casado Caler, Auxiliar Administrativo (Código 61910).

Segundo. De conformidad con lo establecido en el artículo.3 de la 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley/1999, la presente delegación de competencias deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, entrando en vigor a partir del día siguiente al de su

publicación.

Tercero. En las copias autenticadas que se expidan mediante cotejo, en virtud de la presente delegación, se hará constar expresamente esta circunstancia. Córdoba, 11 de junio de 2001. El Secretario General, Fdo.: Sebastián Fernández Amo.

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