Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 74 de 30/06/2001

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

ORDEN de 1 de junio de 2001, por la que se acuerda la acreditación del laboratorio Vorsevi, SA, localizado en Huelva, y la inscripción en el Registro de Entidades Acreditadas.

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Por don Jesús Barrios Sevilla, como representante legal, ha sido presentada solicitud, para la acreditación del laboratorio «Vorsevi, S.A.¯, localizado en Huelva, Polígono de La Luz, Fase

3.ª, Módulo 7, en el área HC, acompañada de la documentación correspondiente.

Realizada inspección al laboratorio, para la evaluación técnica de la entidad, se estima que cumple las condiciones requeridas.

Considerando que se ha dado cumplimiento a lo previsto en la Orden de esta Consejería de 15 de junio de 1989, por la que se regula el Registro de Entidades Acreditadas para la prestación de asistencia técnica a la construcción y obra pública, así como a lo previsto en las disposiciones reguladoras específicas para las diversas áreas de acreditación, establecidas mediante Ordenes de 5 de febrero y de 24 de octubre de 1991, y Orden de

15 de julio de 1997, a propuesta de la Secretaría General Técnica, y en virtud de las facultades atribuidas por la Orden de 15 de junio citada, esta Consejería ha resuelto lo siguiente:

Primero. Acreditar al laboratorio de la empresa «Vorsevi, S.A.¯, localizado en Huelva, Polígono de la Luz, Fase 3.ª, Módulo 7, como laboratorio de ensayos para el control de calidad de la construcción y obra pública, en la siguiente área técnica:

- Area de control de hormigón en masa, de cemento, de áridos y de agua (HC).

Segundo. Inscribir la acreditación concedida en el Registro de Entidades Acreditadas para la prestación de asistencia técnica a la construcción y obra pública de esta Consejería, con el número L086-05SE.

Tercero. Publicar esta Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Cuarto. La acreditación otorgada tendrá validez por un período de cinco años, quedando supeditada al cumplimiento de lo establecido en la Orden de 15 de junio de 1989 y disposiciones específicas de cada una de las áreas acreditadas, debiendo en todo caso el interesado solicitar la prórroga de la misma en los seis meses anteriores a la expiración de dicho período.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso- administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo con competencia territorial, según se prevé en el artículo 14 de la Ley 29/1998 de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 13 de julio o, en su caso, ante la correspondiente Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, y con cumplimiento de los requisitos previstos en la mencionada Ley.

Sevilla, 1 de junio de 2001

CONCEPCION GUTIERREZ DEL CASTILLO

Consejera de Obras Públicas y Transportes

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