Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 75 de 03/07/2001

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Consejería de Gobernación

ANUNCIO de la Delegación del Gobierno de Cádiz, sobre notificación de Propuesta de Resolución de 26.12.00 (expte. núm. 107/00/M).

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Don Ramón Saiz Ardanaz, con domicilio en Plaza Alfonso XII, de San Roque.

Infracción: Efectuada visita de inspección el pasado día

27.7.00 a las 12,30 horas en el Salón Recreativo Alameda, sito en Plza. Alfonso XII, de San Roque, por miembros del Servicio de Inspección del Juego y Espectáculos Públicos de esta Delegación, se pudo comprobar que no se encontraba en el momento de la Inspección, la persona encargada del control del mismo, así como que solamente se encontraba un extintor contraincendios. Se le impone una sanción de sesenta y cinco mil pesetas (15.000 ptas. por la 1.ª infracción y 50.000 ptas. por la 2.ª). Como responsable de dos infracciones a lo dispuesto en el art. 22 de la Ley 2/86, de 19 de abril, del Juego y Apuestas de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y art.

30.2 del Reglamento de Salones de Juegos y Salones Recreativos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado por Decreto

180/87, de 29 de julio y la segunda al art. 15 del citado Reglamento, tipificadas como faltas leves, la primera en el art. 37.5.h) del referido Reglamento y art. 30.4 de la citada Ley, y la segunda en art. 37.5 y art. 30.4, respectivamente, del Reglamento y la Ley citados.

La presente Resolución agota la vía administrativa, conforme a lo dispuesto en el art. 65.2 del Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar de la CAA. Contra la misma podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo donde tenga su domicilio el demandante, o se halle la sede del órgano autor del acto originario impugnado, a elección de aquél, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los arts. 8, 14 y 46 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 13 de julio de 1998. No obstante, podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición, ante esta Delegación del Gobierno, en el plazo de un mes, con los requisitos señalados en los arts. 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. El importe de la sanción deberá hacerlo efectivo en el plazo de treinta días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la notificación de la presente Resolución. Transcurrido el citado plazo sin que el pago haya sido efectuado, se remitirán las actuaciones a la Consejería de Economía y Hacienda para que proceda a su cobro mediante detracción/ejecución de la fianza, que liquidará a su vez el interés de demora que corresponda.

Asimismo, a efectos de dicho procedimiento de ejecución, se le concede trámite de audiencia, por plazo de 10 días a contar desde el siguiente al de la notificación de este escrito, en el que podrá formular las alegaciones que estime pertinentes, todo ello de conformidad a lo dispuesto en el art. 20 del Real Decreto 161/97, de 7 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento General de la Caja de Depósitos.

El Delegado, José Antonio Gómez Periñán.

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