Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 75 de 03/07/2001

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Consejería de Gobernación

ANUNCIO de la Delegación del Gobierno de Cádiz, sobre notificación de Resolución de 9.2.01 (expte. núm. 66/00/ET).

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Don Rafael Expósito Silva, con domicilio en C/ Orión, 138-

1-Izqda., de Sevilla.

Infracción: El pasado día 30 de junio de 2000, don Rafael Expósito Silva se encontraba revendiendo veintiuna entradas para la corrida de toros a celebrar ese mismo día en la plaza de toros de Algeciras. Se le sanciona con multa de cien mil pesetas por una infracción al art. 36.5 del Real Decreto

145/1996, de 2 de febrero, por el que se modifica y da nueva redacción al Reglamento de Espectáculos Taurinos, tipificada en el art. 15.n) de la Ley 10/1991, de 4 de abril, sobre Potestades Administrativas en materia de Espectáculos Taurinos, a tenor de lo establecido en el art. 18 de la citada Ley, en relación con el art. 95 del mencionado Decreto. Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación, con los requisitos señalados en los artículos 114 y 115 de la Ley

30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero, ante el Excmo. Sr. Consejero de Gobernación.

El importe de la sanción deberá hacerlo efectivo en el plazo de treinta días hábiles, contados a partir del día siguiente a la fecha en que esta Resolución adquiera firmeza en vía administrativa. La referida firmeza se producirá si transcurriese el plazo de un mes, contado desde la fecha de la notificación de la presente Resolución, sin que haya sido interpuesto contra la misma el recurso de alzada a que se hace referencia en el párrafo anterior. En el supuesto de que se interponga el recurso aludido, el plazo señalado de treinta días hábiles para el pago en período voluntario comenzará a contarse desde el día siguiente a la notificación de las Resolución recaída en el mencionado recurso. Transcurridos los citados plazos sin que el pago haya sido efectuado, se remitirán las actuaciones a la Consejería de Economía y Hacienda para la iniciación del cobro por vía de apremio.

El Delegado, José Antonio Gómez Periñán.

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