Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 75 de 03/07/2001

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Consejería de Gobernación

ANUNCIO de la Delegación del Gobierno de Cádiz, sobre notificación de Propuesta de Resolución de 22.2.01. (Expte. núm. 36/00/ET).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Toros de Parladé, con domicilio en C/ José Ortega y Gasset, núm. 23-8B, de Sevilla.

Infracción: El pasado día 26 de febrero de 2000 se celebró, en la Plaza de Toros de Ubrique, un Festival mixto con picadores y rejones, no encontrándose las reses con una antelación mínima de seis horas, antes del comienzo del espectáculo, el cual estaba anunciado para las 15,30 horas. Se sancione con multa de cinco mil pesetas, equivalente a treinta euros con cero cinco céntimos, por una infracción al art. 6.1 de la Ley 10/91, de 4 de abril, en relación con el art. 50.3 del Reglamento de Espectáculos Taurinos, según modificación y nueva redacción dada por el Real Decreto 145/1996, de 2 de febrero, tipificada como falta leve en el art. 14 de la citada Ley, a tenor de lo establecido en el art. 17 de la mencionada Ley, en relación con el art. 95.1 del Real Decreto 145/1996, de 2 de febrero. Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación, con los requisitos señalados en los artículos 114 y 115 de la Ley

30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero, ante el Excmo. Sr. Consejero de Gobernación de la Junta de Andalucía.

Pago de la sanción: El importe de la sanción deberá hacerlo efectivo en el plazo de treinta días hábiles, contados a partir del día siguiente a la fecha en que esta Resolución adquiera firmeza en vía administrativa. La referida firmeza se producirá si transcurriese el plazo de un mes, contado desde la fecha de la notificación de la presente Resolución, sin que haya sido interpuesto contra la misma el recurso de alzada a que se hace referencia en el párrafo anterior. En el supuesto de que se interponga el recurso aludido, el plazo señalado de treinta días hábiles para el pago en período voluntario comenzará a contarse desde el día siguiente a la notificación de las Resoluciones recaídas en el mencionado recurso. Transcurridos los citados plazos sin que el pago haya sido efectuado, se remitirán las actuaciones a la Consejería de Economía y Hacienda para la iniciación del cobro por vía de apremio.

El Delegado, José Antonio Gómez Periñán.

Descargar PDF