Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 76 de 05/07/2001

1. Disposiciones generales

Universidades

RESOLUCION de 7 de junio de 2001, de la Universidad de Almería, por la que se convocan a concurso público dos becas de investigación con cargo a Proyectos, Grupos o Contratos de Investigación.

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RESOLUCION DEL RECTORADO

La Universidad de Almería convoca a concurso público dos becas de investigación financiadas con cargo a los fondos de contratos y proyectos de investigación.

Solicitantes: Poseer la nacionalidad española, ser nacional de un país miembro de la Unión Europea o extranjero residente en España en el momento de solicitar la beca. El resto de requisitos se contempla en el Anexo 1.

Dotación de las becas: La beca comprende una asignación mensual que se especifica en el Anexo I y un seguro combinado de accidentes individuales y asistencia sanitaria. Serán incompatibles con la percepción de cualquier otra retribución, beca o ayuda no autorizadas expresamente por el Vicerrector de Investigación y Desarrollo Tecnológico, en el caso de becas a tiempo completo.

Duración de las becas: Ver Anexo I.

Carácter de las becas: La concesión de estas becas no supone ningún tipo de vinculación laboral entre el beneficiario y la Universidad de Almería y su disfrute exige dedicación exclusiva.

Solicitudes: Las solicitudes se formalizarán en el impreso normalizado cuyo modelo se encuentra en la Unidad Gestión de Investigación de la Universidad de Almería y se acompañará de la siguiente documentación:

- Fotocopia del DNI, pasaporte o tarjeta de residente del solicitante.

- Fotocopia del título o resguardo de haberlo solicitado y certificación académica oficial, en original o fotocopia compulsada, en la que figuren, de forma detallada, las calificaciones obtenidas, fechas de las mismas y constancia expresa de que las materias constituyen el programa completo de la titulación correspondiente.

- Currículum vitae: Se deberá acreditar que se posee la experiencia y/o el conocimiento requerido en el perfil de la beca. (No se valorará aquello que no esté debidamente acreditado.)

Las solicitudes, dirigidas al Vicerrector de Investigación y Desarrollo Tecnológico, podrán presentarse en el Registro General de la Universidad o por cualquiera de los medios establecidos en el art. 38 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Plazo de presentación de solicitudes: Diez días, contados a partir del día siguiente de la publicación de esta Resolución en el BOJA. Si el último día de presentación de solicitudes coincidiera en sábado, el plazo se prorrogaría automáticamente al siguiente día hábil.

Criterios de selección: La resolución de la presente convocatoria la realizará una Comisión que estará compuesta por:

- Excmo. Sr. Vicerrector de Investigación y Desarrollo Tecnológico, que actuará como Presidente.

- Ilmo. Sr. Secretario General.

- El tutor/a del becario/a.

- Dos miembros de la Comisión de Investigación a propuesta de ésta.

- La Jefa de la Unidad Gestión de Investigación, que actuará como Secretaria, o funcionario en quien delegue.

La Comisión seleccionará y valorará prioritariamente la preparación académica y experiencia de los candidatos,

siguiendo el baremo que figura como Anexo II a esta

convocatoria, pudiendo citar a los candidatos a una entrevista personal. La Resolución de esta convocatoria se publicará en el tablón de anuncios del Vicerrectorado de Investigación.

Las plazas podrán quedar desiertas si a juicio de la Comisión Evaluadora de Solicitudes los solicitantes no reuniesen los requisitos mínimos.

Si en un plazo inferior a dos meses a partir de la Resolución de la presente convocatoria se produjera la renuncia o vacante de la beca se sustituirá por el correspondiente suplente, según el orden de prelación establecido en la baremación de las solicitudes por la Comisión Evaluadora de Becas.

Obligaciones del becario/a:

1. La aceptación de la beca por parte del beneficiario/a implica la aceptación de las normas fijadas en esta

convocatoria y las determinadas por el tutor/a de la beca, quien fijará el horario, el lugar de desarrollo de su formación y demás circunstancias de su trabajo, dentro de la normativa vigente en la Universidad de Almería y resoluciones emanadas de los órganos de gobierno de ésta.

2. Será obligación del becario/a solicitar autorización del Vicerrector de Investigación y Desarrollo Tecnológico para cualquier cambio de centro, de director, proyecto de

investigación o interrupción razonada de la beca, previo informe del tutor/a, así como informar de la renuncia de la misma.

3. La no observancia de estas normas supondrá la anulación de la beca concedida.

Almería, 7 de junio de 2001.- El Rector, Alfredo Martínez Almécija.

ANEXO I

Una beca de investigación financiada con los fondos del Contrato de Investigación de referencia 400246

Solicitantes: Licenciados/as en Biología o Geografía. Se requiere experiencia en el manejo de programas de sistemas de información Geográfica Arc-Info y Arc-View. Se valorará el conocimiento en técnicas de análisis de Ecología del Paisaje, conocimiento en técnicas de ordenación del territorio y/o conservación de espacios protegidos y la experiencia en el manejo de bases de datos y programas de tratamiento de

imágenes. (Posibilidad de realizar una prueba o entrevista personal.)

Cuantía y duración de la beca: 125.000 ptas./mes, durante 12 meses, sin prórroga automática.

Tutor/a del becario/a: Dr. don Cecilio Oyonarte Gutiérrez.

Una beca de investigación financiada con los fondos del Proyecto de Investigación de referencia 350002

Solicitantes: Licenciados/as en Químicas por una Universidad Europea o de algún país del arco mediterráneo, menor de 25 años. Se requiere experiencia en la utilización de las técnicas SFE y GC.

Cuantía y duración de la beca: 55.000 ptas./mes, durante 6 meses, sin prórroga automática.

Tutor/a del becario/a: Dr. don Antonio Valverde García.

ANEXO II

BAREMO

1. Expediente académico: (1-4) x 7.

2. Becas: (0-0,6).

2.1. Si ha disfrutado de una beca de investigación del MEC, Junta u homologada: 0,4.

2.2. Si ha disfrutado de una beca de colaboración del MEC:,2.

3. Programa de doctorado (máximo 32 créditos computables): (0-0,59).

3.1. Por crédito ordinario realizado: 0,01.

3.2. Por crédito convalidado por trabajo de investigación o tesina: 0,04.

4. Estancias de investigación en otros centros: (0-0,6).

4.1. En España: 0,2 x mes.

4.2. En el extranjero: 0,3 x mes.

5. Actividad investigadora: (0-4,2).

5.1. Libros publicados¯ de carácter internacional: Hasta 2 puntos por cada uno.

5.2. Libros publicados¯ de carácter nacional: Hasta 1 punto por cada uno.

5.3. Libros publicados¯ de carácter regional: Hasta 0,4 puntos por cada uno.

5.4. Capítulos de libros y artículos¯ de carácter

internacional: Hasta 1 punto por cada uno.

5.5. Capítulos de libros y artículos¯ de carácter nacional: Hasta 0,5 puntos por cada uno.

5.6. Capítulos de libros y artículos¯ de carácter regional: Hasta 0,2 puntos por cada uno.

5.7. Actas de congresos internacionales: Hasta 0,6 puntos por cada uno.

5.8. Actas de congresos nacionales: Hasta 0,3 puntos por cada uno.

5.9. Actas de congresos regionales: Hasta 0,12 puntos por cada uno.

5.10. Comunicaciones a congresos internacionales: Hasta 0,2 puntos por cada uno.

5.11. Comunicaciones a congresos nacionales: Hasta 0,1 punto por cada uno.

5.12. Comunicaciones a congresos regionales: Hasta 0,04 puntos por cada uno.

6. Experiencia relacionada con los requisitos de la

convocatoria: (0-6).

1 Realizadas en todo caso tras la obtención de la titulación académica superior.

¯ Se excluyen publicaciones docentes y de divulgación y también aquéllas que no realicen procesos de revisión por expertos.

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