Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 83 de 21/07/2001

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

ORDEN de 14 de junio de 2001, por la que se adoptan medidas para reparar daños causados por inundaciones en municipios de la provincia de Huelva.

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Mediante Real Decreto-Ley 24/1997, de 12 de diciembre, se adoptan medidas urgentes para reparar los daños causados por las inundaciones y temporales de viento acaecidos los días 5 y

6 de noviembre de 1997 en la provincia de Huelva y en la Comunidad Autónoma de Extremadura. Asimismo, el Real Decreto- Ley 29/1997, de 19 de diciembre, adopta medidas urgentes para reparar los daños causados por las inundaciones y temporales acaecidos durante los últimos días de septiembre y primeros del mes de octubre en gran parte de la geografía nacional, incluida también la provincia de Huelva. Tales normas fueron desarrolladas, respectivamente, mediante Ordenes del Ministerio del Interior de 23 de enero de 1998 y de 6 de febrero de 1998, por las que se determinaban los términos municipales y núcleos de población a los que son de aplicación las medidas previstas en aquéllos.

En las referidas normas se establecen precisiones para lograr que la aplicación de las medidas adoptadas se lleve a cabo mediante la debida coordinación de actuaciones entre los órganos de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas y de las Administraciones Locales afectadas, todo ello sin perjuicio de las competencias que corresponden a la Comunidad Autónoma de Andalucía, en particular, al amparo de su Estatuto de Autonomía. De esta forma, con fecha 4 de marzo de 1998 se reunió en la Subdelegación del Gobierno en Huelva la Comisión Técnica encargada de priorizar los proyectos a realizar en los municipios afectados, para su financiación mediante aportaciones del Estado, Junta de Andalucía y Diputación Provincial de Huelva.

La Comisión Técnica aprobó obras por un total de 196.000.000 de pesetas respecto a los daños causados por las inundaciones del día 27 de septiembre de 1997, correspondiendo a la Junta de Andalucía financiar el 12,5% de dicho importe, esto es,

24.500.000 pesetas. En cuanto los daños producidos en la provincia el día 6 de noviembre de, se aprobaron proyectos por

249.966.385 pesetas, de los cuales el 25% sería aportado por la Administración autonómica, lo que asciende a la cantidad de

62.491.596 pesetas.

Dando cumplimiento a dicho compromiso, y en uso de las atribuciones que me confiere el artículo 104 de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el artículo.4 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía,

D I S P O N G O

Artículo 1. Objeto.

La presente Orden tiene por objeto destinar a los Ayuntamientos de la provincia de Huelva que se citan en el Anexo que se acompaña, la cantidad de ochenta y seis millones novecientas noventa y un mil quinientas noventa y seis (86.991.596) pesetas (522.830,02 euros), con destino a financiar las obras de reparación de los daños causados por inundaciones y temporales acaecidos en la provincia de Huelva en septiembre y noviembre de 1997.

Artículo 2. Carácter de las subvenciones. En virtud de lo dispuesto en el párrafo tercero del artículo de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se declara el carácter excepcional de dichas subvenciones, quedando acreditada su finalidad pública e interés social.

Artículo 3. Financiación y forma de pago. Las subvenciones se financiarán con cargo a los créditos consignados en la aplicación presupuestaria

0.1.11.00.01.21.765.00.8.1.A («Para Servicios y Obras¯) del presupuesto de la Consejería de Gobernación y se harán

efectivas sin justificación previa y mediante un solo pago por el importe total, conforme a lo dispuesto en el apartado 9 del artículo 18 de la Ley 1/2000, de 27 de diciembre, del

Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año

2001, por tratarse de programas relacionados con Fondo de Emergencias.

Artículo 4. Delegación de competencias.

Se delega en el Delegado del Gobierno de la Junta de Andalucía en Huelva la facultad de otorgar las subvenciones citadas al amparo de la presente Orden, mediante la correspondiente Resolución, en la que se hará constar esta circunstancia.

Disposición Final Unica. Eficacia.

A tenor de lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 30/1992, de

26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la presente Orden produce efectos desde el momento en que ha sido dictada, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 14 de junio de 2001

ALFONSO PERALES PIZARRO

Consejero de Gobernación

A N E X O

Municipio: Aljaraque.

Importe: 10.676.250.

Municipio: Alosno-Tharsis.

Importe: 2.637.500.

Municipio: Aracena.

Importe: 285.000.

Municipio: Arroyomolinos de León.

Importe: 829.375.

Municipio: Beas.

Importe: 1.237.500.

Municipio: Berrocal.

Importe: 861.425.

Municipio: Bonares.

Importe: 875.000.

Municipio: Cabezas Rubias.

Importe: 2.187.500.

Municipio: Calañas.

Importe: 9.375.000.

Municipio: Campillo, El.

Importe: 825.000.

Municipio: Castaño del Robledo.

Importe: 250.000.

Municipio: Cerro del Andévalo, El.

Importe: 3.500.000.

Municipio: Cortegana.

Importe: 287.500.

Municipio: Cumbres de Enmedio.

Importe: 888.110.

Municipio: Cumbres de San Bartolomé.

Importe: 260.958.

Municipio: Cumbres Mayores.

Importe: 125.000.

Municipio: Chucena.

Importe: 1.312.500.

Municipio: Escacena del Campo.

Importe: 1.837.500.

Municipio: Galaroza.

Importe: 421.250.

Municipio: Gibraleón.

Importe: 20.200.000.

Municipio: Granado, El.

Importe: 100.000.

Municipio: Huelva.

Importe: 3.125.000.

Municipio: Jabugo.

Importe: 1.350.000.

Municipio: Lucena del Puerto.

Importe: 1.387.500.

Municipio: Manzanilla.

Importe: 687.500.

Municipio: Minas de Riotinto.

Importe: 235.978.

Municipio: Nerva.

Importe: 1.920.000.

Municipio: Niebla.

Importe: 625.000.

Municipio: Palos de la Frontera.

Importe: 2.062.500.

Municipio: Paterna del Campo.

Importe: 1.250.000.

Municipio: Puebla de Guzmán.

Importe: 775.000.

Municipio: San Bartolomé de la Torre.

Importe: 1.372.875.

Municipio: San Juan del Puerto.

Importe: 2.166.875.

Municipio: Sanlúcar de Guadiana.

Importe: 150.000.

Municipio: San Silvestre de Guzmán.

Importe: 500.000.

Municipio: Santa Bárbara de Casas.

Importe: 3.236.750.

Municipio: Santa Olalla del Cala.

Importe: 640.750.

Municipio: Trigueros.

Importe: 784.375.

Municipio: Valdelarco.

Importe: 175.000.

Municipio: Valverde del Camino.

Importe: 875.000.

Municipio: Villablanca.

Importe: 180.000.

Municipio: Villalba del Alcor.

Importe: 766.000.

Municipio: Villanueva de las Cruces.

Importe: 1.070.000.

Municipio: Villanueva de los Castillejos.

Importe: 750.000.

Municipio: Zalamea la Real.

Importe: 235.000.

Excma. Diputación Provincial de Huelva.

Importe: 1.698.125.

Total: 86.991.596.

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