Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 83 de 21/07/2001

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 26 de junio de 2001, por la que se deniega la autorización para su apertura y funcionamiento a una Escuela Privada de Música de Sevilla.

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Examinado el expediente instruido a instancia de don Ramón San Millán Fernández, en representación de la Escuela Privada de Música, ubicada en Sevilla, C/ Albareda, núm., en solicitud de autorización de apertura y funcionamiento como Escuela Autorizada de Música «Joaquín Turina¯, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 233/1997, de 7 de octubre, por el que se regulan las Escuelas de Música y Danza.

Resultando que el expediente ha sido presentado en tiempo y forma reglamentarios en la Delegación Provincial de Sevilla.

Resultando que el informe emitido por el Servicio de Programas y Obras de la Delegación Provincial de Educación y Ciencia de Sevilla es desfavorable.

Vistos la Ley 30/1992, d 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE de 27 de noviembre), modificada por la Ley 4/1999 (BOE de 14 de enero); la Ley Orgánica/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (BOE de 4 de julio); la Ley Orgánica 1/1992, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo (BOE de 4 de octubre); el Decreto

233/1997, de 7 de octubre, por el que se regulan las Escuelas de Música y Danza (BOJA de 11 de octubre) y demás disposiciones complementarias.

Considerando que, aun cuando el Centro en su interior cumple con las exigencias de eliminación de barreras arquitectónicas, para acceder al mismo, que se sitúa en planta tercera, no existe ascensor ni posibilidad de instalación del mismo dadas las características y antigüedad del inmueble en que se ubica.

Considerando que, habiéndole sido dado el trámite de audiencia a la titularidad del mencionado Centro, no ha hecho alegación alguna.

Esta Consejería de Educación y Ciencia ha resuelto: Que las instalaciones del inmueble afectado a los fines objeto de la autorización no se adecuan a los requisitos mínimos de los Centros que impartan enseñanzas artísticas y, en consecuencia, procede denegar la aprobación del expediente de autorización de la Escuela Privada de Música «Joaquín Turina¯ de Sevilla.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso contencioso- administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOJA, ante la Excma. Sra. Consejera de Educación y Ciencia, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 26 de junio de 2001

CANDIDA MARTINEZ LOPEZ

Consejera de Educación y Ciencia

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