Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 85 de 26/07/2001

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

DECRETO 165/2001, de 3 de julio, por el que se aceptan las cesiones gratuitas de terrenos realizadas por diferentes Ayuntamientos y Entidades privadas a la Comunidad Autónoma de Andalucía para destinarlos a la promoción pública de viviendas.

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La Consejería de Obras Públicas y Transportes ha recibido ofertas de cesión de terrenos, por parte de Ayuntamientos y Entidades privadas, a la Comunidad Autónoma de Andalucía para destinarlos a la construcción de viviendas.

El artículo 80 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía y el artículo 169 de su Reglamento exigen, para las adquisiciones de bienes inmuebles a título lucrativo, la aceptación previa por Decreto del Consejo de Gobierno, que, en el presente caso, deberá ser a propuesta de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, de conformidad con lo establecido en el Decreto 64/1984, de 27 de marzo, por el que se transfieren las facultades que la actual Consejería de Economía y Hacienda tiene atribuidas en materia de administración, adquisición y enajenación de terrenos, viviendas, locales comerciales y edificaciones complementarias que tienen por objeto la promoción pública de viviendas, a la Consejería de Obras Públicas y Transportes.

En su virtud, a propuesta de la Consejería de Obras Públicas y Transportes y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión del día 3 de julio de 2001,

D I S P O N G O

Artículo 1. Se aceptan las cesiones gratuitas de los inmuebles que se relacionan en el Anexo, realizadas a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía y que tienen como destino la promoción pública de viviendas.

Artículo 2. Se autoriza a la Consejera de Obras Públicas y Transportes para acordar la reversión de los bienes al patrimonio de la Entidad cedente en caso de incumplimiento de los fines para los que fueron cedidos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 111 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales y artículo 67 de la Ley 7/1999, de 29 de septiembre, de Bienes de las Entidades Locales.

Artículo 3. Se autoriza a los correspondientes Delegados Provinciales de la Consejería de Obras Públicas y Transportes en las provincias donde radiquen los inmuebles aceptados para que comparezcan ante Notario y otorguen escritura pública de aceptación y, en su caso, agrupación y segregación, de las fincas cedidas por los Ayuntamientos y Entidades privadas, según proceda.

Disposición final única. Se faculta a la Consejera de Obras Públicas y Transportes para acordar cuantos actos sean necesarios para la ejecución de este Decreto, que surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 3 de julio de 2001

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

CONCEPCION GUTIERREZ DEL CASTILLO

Consejera de Obras Públicas y Transportes

A N E X O

A continuación se relacionan los inmuebles cedidos para la construcción de viviendas al amparo de los expedientes indicados.

1. Málaga.

1.1. Alcaucín MA-96/020-V.

Finca cedida por el Ayuntamiento de Alcaucín.

Urbana. Parcela en el pago de la Encina Grande, en término de Alcaucín, tiene una superficie de ocho mil setecientos setenta metros cuadrados y linda: Norte, don Angel y doña María Pastor Barroso; Sur, resto de finca matriz de la que se ha segregado, propiedad de los señores D Hont; Este, Camino del cementerio, y Oeste, camino de la Encina Grande. Inscrita a favor del Ayuntamiento de Alcaucín en el Registro de la Propiedad de Vélez-Málaga al tomo 948, libro 39, folio 75, finca 3128. Libre de cargas y gravámenes.

1.2. Málaga (Bda. Cortijo Alto I) MA-90/030-V.

Finca cedida por el Ayuntamiento de Málaga.

Urbana. Parcela de terreno, procedente de la hacienda llamada Cortijo Alto y Hacienda Santa Isabel, en el partido primero de la Vega, del término municipal de Málaga. Forma parte del Polígono Uno del SUP T-5 del Plan General de Ordenación Urbana de Málaga, tiene una superficie de mil doscientos noventa y seis metros cuadrados y linda: Al Norte, en línea de veintiún metros, con el Polígono Dos del SUP T-5; al Sur, en línea de veintiún metros, con resto de la finca matriz y destinada a viales; al Oeste, en línea de cuarenta y siete metros, con zona verde pública de la manzana 8, y y al Este, en línea de cuarenta y siete metros, con zona verde pública. Inscrita a favor del Ayuntamiento de Málaga en el Registro de la Propiedad número Ocho de Málaga, al tomo 1.974, libro 109, sección 4.ª, folio 4, finca 7.432. Libre de cargas y gravámenes.

1.3. Málaga (Bda. Cortijo Alto III) MA-90/035-V.

Finca cedida por el Ayuntamiento de Málaga.

Urbana. Parcela de terreno, procedente de la hacienda llamada Cortijo Alto y Hacienda Santa Isabel, hoy forma parte del Polígono Uno del SUP T-5 del Plan General de Ordenación Urbana de Málaga; tiene una superficie de novecientos veinticuatro metros cuadrados y linda: Al Norte, con el Polígono Dos del SUP T-5 hoy, solar número tres de la calle Pierrot; al Sur, con resto de la finca matriz destinada a viales, hoy calle Hamlet; al Este, resto de finca matriz destinado a viales, hoy calle Séptimo Miau, y al Oeste, con solar número seis de la calle Hamlet. Inscrita a favor del Ayuntamiento de Málaga en el Registro de la Propiedad número Ocho de Málaga, al tomo 1.974, libro 109, sección 4.ª, folio 10, finca 7.436. Libre de cargas y gravámenes.

1.4. Campillos MA-89/050-V.

Finca cedida por el Ayuntamiento de Campillos.

Urbana. Parcela de seis mil quinientos sesenta y cinco metros cuadrados, en el Sector UR-5, dentro del Plan Parcial de Ordenación EM-CAMP-11, que habrá de segregarse de la de mayor cabida inscrita a favor del Ayuntamiento de Campillos en el Registro de la Propiedad de Campillos al tomo 693, libro 196, folio 59, finca 12.614. Libre de cargas y gravámenes.

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