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La Excma. Diputación Provincial de Málaga, en sesión plenaria celebrada el día 2.3.2001, acordó prorrogar por un período de 4 años, desde el 1.1.2001 hasta el 31.12.2004, con el alcance y extensión que tienen en la actualidad, los vigentes acuerdos de delegación para la gestión, recaudación e inspección de sus tributos de los Ayuntamientos que a continuación se relacionan:
Alameda, Alcaucín, Alfarnate, Alfarnatejo, Algarrobo, Algatocín, Alhaurín el Grande, Almáchar, Almargen, Almogía, Alora, Alozaina, Alpandeire, Antequera, Archez, Archidona, Ardales, Arenas, Arriate, Atajate, Benadalid, Benahavís, Benalauría, Benamargosa, Benamocarra, Benaoján, Benarrabá, Campillos, Canillas de Aceituno, Canillas de Albaida, Cañete la Real, Carratraca, Cartajima, Cártama, Casabermeja, Casarabonela, Casares, Colmenar, Comares, Cómpeta, Cortes de la Frontera, Cuevas Bajas, Cuevas de San Marcos, Cuevas del Becerro, Cútar, El Burgo, Estepona, Faraján, Frigiliana, Fuente Piedra, Gaucín, Genalguacil, Guaro, Humilladero, Igualeja, Istán, Iznate, Jimera de Líbar, Jubrique, Júzcar, Macharaviaya, Manilva, Marbella, Moclinejo, Mollina, Monda, Montejaque, Nerja, Ojén, Parauta, Periana, Pujerra, Riogordo, Ronda, Salares, Sayalonga, Sedella, Serrato (E.L.A.), Sierra de Yeguas, Teba, Tolox, Torrox, Totalán, Valle de Abdalajís, Vélez-Málaga, Viñuela La, Vva. de Algaidas, Vva. de la Concepción, Vva. de Tapia, Vva. del Rosario, Vva. del Trabuco y Yunquera.
De conformidad con los respectivos acuerdos de delegación, éstos quedarán tácitamente prorrogados por períodos de cuatro años, si ninguna de las partes manifiesta expresamente su voluntad en contra, comunicándolo a la otra con una antelación no inferior a un año a la finalización de la prórroga aprobada.
Este anuncio se ha publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga núm. 124, de 28 de junio.
Lo que se hace público a los efectos previstos en el art. 7.2 de la Ley 39/88, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales.
Málaga, 3 de julio de 2001.- El Presidente del Patronato, Sebastián Rueda Ruiz.
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