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Acuerdo de la Delegada Provincial en Cádiz de la Consejería de Asuntos Sociales, por el que se ordena la notificación por edicto de Resolución a don Francisco Gómez Fernández, al estar en ignorado paradero en el expediente incoado.
En virtud de lo dispuesto en el art. 59.4 de la Ley 30/92, de
26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, al intentarse notificación y no poderse practicar, podrá comparecer, en el plazo de un mes, ante el Servicio de Atención al Niño, sito en Cádiz, Pza. Asdrúbal, s/n, para la notificación del contenido íntegro de la Resolución de fecha 2 de enero de 2001, resolviendo declarar la situación legal de desamparo del menor F.G.Z., cesar el acogimiento residencial de la menor y constituir el acogimiento familiar permanente con las personas seleccionadas. Se le significa que contra la misma podrá formularse reclamación ante el Juzgado de Primera Instancia de esta capital por los trámites prevenidos en los arts. 779 y 780 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, sin perjuicio de la interposición con carácter potestativo de reclamación previa ante el Consejero de Asuntos Sociales, de conformidad con lo que establece el art.
120 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, en relación con el art. 49.4 de la Ley 6/83, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma.
Cádiz, 3 de julio de 2001.- La Delegada, Prudencia Rebollo Arroyo.
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