Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 88 de 02/08/2001

1. Disposiciones generales

Consejería de Obras Públicas y Transportes

ORDEN de 5 de julio de 2001, por la que se actualiza la relación de municipios comprendidos en el Anexo del Decreto 2/2001, de 9 de enero, por el que se regulan y convocan ayudas a la promoción de viviendas en alquiler destinadas a alojar a trabajadores temporales en municipios de alta movilidad laboral.

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Con fecha 6 de febrero de 2001 se publicó el Decreto

2/2001, aprobado por el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía en su reunión del día 9 de enero del citado año, norma dirigida a regular, a la vez que servía de convocatoria, una serie de ayudas a la promoción de viviendas para ser alquiladas por trabajadores temporales, y que se construirían en municipios de alta movilidad laboral sujetándose a los requisitos objetivos que dicho Decreto establecía, recogiéndose en el Anexo al mismo la relación de los municipios que iban a constituir su ámbito territorial de aplicación.

Durante el tiempo de aplicación del citado Decreto se han venido recibiendo solicitudes de Ayuntamientos que no fueron incluidos en la relación inicial de su Anexo, por lo que, una vez comprobado que se trata de municipios en los que se dan circunstancias de alta movilidad laboral, procede acceder a lo solicitado y, consecuentemente, incorporarlos al citado Anexo, conforme faculta expresamente al titular de esta Consejería de Obras Públicas y Transportes la disposición final segunda del mencionado Decreto 2/2001, de 9 de enero, a fin de que proceda a la actualización de la citada relación.

En su virtud, y conforme a la citada habilitación, por esta Consejería se ha dispuesto lo siguiente:

Artículo único. Actualización del Anexo del Decreto 2/2001 de

9 de enero.

Se actualiza la relación de municipios comprendida en el Anexo del Decreto 2/2001, de 9 de enero, por el que se regulan y convocan ayudas a la promoción de viviendas en alquiler destinadas a alojar a trabajadores temporales en municipios de alta movilidad laboral, en el sentido de incluir en dicho Anexo los siguientes municipios:

- Provincia de Granada.

Arenas del Rey.

Puebla de Don Fadrique.

- Provincia de Huelva.

Bollullos Par del Condado.

Aljaraque.

San Silvestre de Guzmán.

Disposición final única. Entrada en vigor. La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 5 de julio de 2001

CONCEPCION GUTIERREZ DEL CASTILLO

Consejera de Obras Públicas y Transportes

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