Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 88 de 02/08/2001

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura

ORDEN de 8 de mayo de 2001, por la que se delegan competencias para la suscripción de Convenios de ejecución de obras para el desarrollo de los Convenios Marco celebrados entre la Consejería de Cultura y la Consejería de Obras Públicas, la Empresa Pública del Suelo de Andalucía y los Ayuntamientos incluidos en el Programa Regional de Espacios Públicos.

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La Consejería de Obras Públicas y Transportes dispone, entre sus líneas de actuación, del Programa Regional de Espacios Públicos aprobado por Orden de 17 de junio de 1998 (BOJA núm. 76, de 9 de julio de 1998), el cual tiene por objeto la cooperación con los Ayuntamientos para la intervención en espacios públicos de especial relevancia en la ciudad, por la importancia del mismo en la estructura urbana, su ámbito de utilización o su contribución al incremento de la dotación de estos espacios en el municipio.

El Programa Regional de Espacios Públicos se desarrolla y se financia por la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo y se ejecuta por la Empresa Pública del Suelo de Andalucía.

La Consejería de Cultura interviene en desarrollo del Acuerdo de Colaboración con la Consejería de Obras Públicas y Transportes de fecha 28 de noviembre de 1995, para la gestión de la reserva presupuestaria del uno por ciento prevista en el artículo 87 de la Ley 1/1991, de 3 de julio, de Patrimonio Histórico de Andalucía. En este Acuerdo se incluyen las actuaciones en Centros Históricos que el Programa Regional de Espacios Públicos contempla dentro del apartado de Actuaciones Urbanas Singulares.

El citado Programa Regional establece que las actuaciones seleccionadas se desarrollarán en dos fases sucesivas: Una previa, de incorporación al programa, que permitan realizar todas las acciones de programación, estudios y proyectos, recogida en un Convenio Marco que, para estas actuaciones singulares, se formaliza entre la Consejería de Cultura, la Consejería de Obras Públicas y Transportes, la Empresa Pública del Suelo de Andalucía y el Ayuntamiento beneficiario, y una segunda fase de ejecución, a través de un Convenio de ejecución que regule las condiciones específicas de financiación, gestión y conservación.

Por todo lo expuesto, y a tenor de lo que se establece en los artículos 39.7 y 47 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y con objeto de conseguir una mayor agilidad y eficacia administrativa, se hace necesario acordar la delegación que en la presente Orden se especifica.

En su virtud, y en uso de las atribuciones que me confiere la legislación vigente,

DISPONGO

Primero. Se delega en el Director General de Bienes Culturales la competencia para suscribir, en nombre y representación de la Consejería de Cultura, Convenios de Ejecución de obras para fijar las condiciones específicas de financiación, gestión y conservación de los programas y proyectos recogidos en los Convenios Marco que, para el desarrollo de las actuaciones singulares, se formalizan entre la Consejería de Cultura, la Consejería de Obras Públicas y Transportes, la Empresa Pública del Suelo de Andalucía y los Ayuntamientos afectados.

Segundo. La Consejera de Cultura podrá avocar en cualquier momento el conocimiento o la firma de un Convenio objeto de la presente delegación, la cual, no obstante, subsistirá en sus propios términos en tanto no sea revocada de forma expresa.

Tercero. Los convenios que, al amparo de esta Orden, sean firmados por delegación indicarán expresamente esta

circunstancia, y se considerarán suscritos por la Consejera de Cultura.

Cuarto. La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y será de aplicación a todos los Convenios Marco y Convenios de ejecución de obras en curso.

Sevilla, 8 de mayo de 2001

CARMEN CALVO POYATO

Consejera de Cultura

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