Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 90 de 06/07/2001

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Otros. AYUNTAMIENTO DE MALAGA

ANUNCIO de la Gerencia Municipal de Urbanismo, sobre aprobación definitiva de la modificación de elementos del PGOU. (PP. 1653/2001).

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Por el Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 27 de abril de 2001, se han adoptado entre otros los siguientes acuerdos:

1.º Aprobar definitivamente la Modificación de Elementos del PGOU en el ámbito del Estudio de Detalle ED-LE.9 «Marengo¯, con los siguientes objetivos y documentación técnica, que tuvo aprobación inicial, fechada junio/2000:

a) Cambiar la calificación de viario a edificable para uso exclusivo de aparcamientos.

b) Las determinaciones de la nueva ficha reguladora serán las siguientes:

Código y denominación: ED-LE.9 «Marengo¯. Superficie total (m¯): 1.960.

Iniciativa: Privada.

Objetivos: Obtención de zona verde y construcción de edificio de aparcamiento.

Otras condiciones:

- Ordenanza: MC. - Altura máxima desde rasante acera: 16 m.

- Techo máximo edificable total, incluido bajo rasante: 2.200 m¯

- Uso exclusivo: Edificio de aparcamientos.

- Cesión: 1.320 m¯ de zona verde.

- Deberá presentar estudio geológico de los terrenos y medidas para prevenir cualquier riesgo de dicho tipo.

c) Crear una nueva área de reparto denominada AR-SU-LE.9, con un aprovechamiento tipo de 1,122 mt/ms del uso y tipología MC.

Todo ello de acuerdo con los informes mencionados de este Departamento, y de conformidad con lo dispuesto en los arts.

121 y 114 del Real Decreto Legislativo 1/1992 aplicable en virtud del artículo único de la Ley 1/1997 de la Junta de Andalucía.

2.º Disponer la publicación del presente acuerdo en el BOJA, de conformidad con lo dispuesto en los arts. 29 y 32 del Decreto

77/1994, de la Junta de Andalucía, al corresponder a una competencia delegada, atribuida originariamente al Consejero de Obras Públicas y Transportes. No obstante, en su caso, la publicación de las normas urbanísticas y ordenanzas se efectuará en el BOP a tenor de lo dispuesto en el art. 33.2 del citado Decreto y entrará en vigor en los plazos marcados en los arts. 70.2 y 65.2 de la Ley de Bases del Régimen Local de 2 de abril de 1985.

3.º Dar traslado del presente acuerdo y de dos ejemplares diligenciados del documento de planeamiento aprobado, uno a la Delegación de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía, en cumplimiento con lo dispuesto en el art. 27 del Decreto 77/1994, y otro a la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

Sometido a votación el informe-propuesta transcrito, el resultado de la misma fue el siguiente:

La Comisión, con el voto en contra del Grupo Municipal IU-LV-CA y el voto a favor del Grupo Municipal Socialista y del Grupo Municipal Popular, propuso al Excmo. Ayuntamiento Pleno acuerde prestar su aprobación a la propuesta contenida en el mismo.

Lo que se hace público para general conocimiento, significándose que contra el acuerdo transcrito podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante el órgano que dictó el mismo, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a aquél en que tenga lugar la presente publicación, o bien recurso contencioso-administrativo ante la correspondiente Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio y finalizará el día que termine el plazo de la última publicación que se efectúe en el BOP o en el BOJA, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Asimismo, se comunica que contra el acto o acuerdo que resuelva el recurso de reposición podrá interponer igualmente recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente aquél en que se notifique la Resolución expresamente del recurso de reposición. Si no se hubiese resuelto

expresamente dicho recurso, será de aplicación el régimen de actos presuntos a tal efecto regulado en el artículo 46 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Todo ello sin perjuicio de que puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen procedente.

Málaga, 17 de mayo de 2001.- El Alcalde, P.D. Teniente- Alcalde Delegado de Urbanismo, Obras, Tráfico y Desarrollo Territorial, Manuel Ramos Gámez.

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