Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 90 de 06/07/2001

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

RESOLUCION de 13 de junio de 2001, de la Dirección General de Transportes, por la que se hace pública la revisión de las tarifas máximas de aplicación de la Estación de Autobuses de Baza. (PP. 1948/2001).

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Con fecha 27 de marzo de 2001 se ha dictado por la Dirección General de Transportes resolución cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

Primero. Ratificar las tarifas máximas de aplicación en la explotación de la Estación de Autobuses de Baza que a continuación se detallan, aprobadas por acuerdo del Pleno del Excmo. Ayuntamiento de dicha localidad, en sesión del día 26 de octubre de 2000, mediante la Ordenanza Fiscal número 31, reguladora de la tasa por la prestación del servicio de Estación de Autobuses.

Tarifas máximas

Concepto Ptas. Euros

I. Por entrada o salida de un autobús

con viajeros al iniciar o finalizar viaje o escala de autobús en tránsito:

a) Con recorrido menor de 30 km 17 0,10

b) Con recorrido de 31 a 90 km 54 0,32

c) Con recorrido mayor de 90 km 110 0,66

II. Por la utilización de los viajeros de los Servicios Generales de la Estación

con cargo a aquéllos que salen o rinden

viaje de/a la Estación:

a) Cercanías (recorrido menor de 30 km) 7 0,04

b) Recorrido medio (recorrido de 31 a 90 km) 12 0,07

c) Largo recorrido (recorrido mayor de 90 km) 17 0,10

III. Por la utilización de los servicios

de consigna:

a) Bulto hasta 50 kg 110 0,66

b) Bulto mayor de 50 kg 220 1,32

c) Por cada día de demora 110 0,66

IV. Por facturación de equipajes:

a) Por bulto o maleta 14 0,08

V. Aparcamiento de vehículos, hasta 12 horas 135 0,81

Segundo. El cuadro de tarifas deberá obligatoriamente hallarse expuesto al público.

Tercero. Las tarifas máximas de aplicación de la Estación de Autobuses de Baza entrarán en vigor el día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su notificación ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en virtud de lo dispuesto en los artículos 10, 14 y 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 13 de junio de 2001.- El Director General, Miguel Durbán Sánchez.

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