Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 92 de 11/8/2001

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

RESOLUCION de 10 de julio de 2001, de la Viceconsejería, por la que se aprueba la clasificación de las vías pecuarias del término municipal de Hornos de Segura, en la provincia de Jaén (VP 244/01).

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Visto el expediente instruido por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía en Jaén, relativo al asunto de referencia, resultan los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Mediante Resolución de fecha 12 de abril de 1999, del Viceconsejero de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, se acordó el inicio del presente Procedimiento.

Segundo. La Delegación Provincial de Medio Ambiente en Jaén, en la instrucción del Expediente de Clasificación cursó Oficios de notificación del comienzo de las operaciones materiales de Clasificación a los siguientes organismos e instituciones: Ayuntamiento de Hornos de Segura, Cámara Agraria Local, Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, Diputación Provincial de Jaén, Delegación Provincial de Obras Públicas en Jaén, Delegación Provincial de Agricultura en Jaén, Asociación de Jóvenes Agricultores, Unión de Pequeños Agricultores, CEPA, Ecologistas en Acción, Sevillana de Electricidad y Telefónica. Dichas operaciones fueron anunciadas mediante exposición en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Hornos de Segura, así como en el Boletín Oficial de la Provincia de Jaén núm. 263, de

16 de noviembre de 1999.

Tercero. El día señalado, 16 de diciembre de 1999, se levantó la correspondiente Acta de inicio de los trabajos de recorrido, reconocimiento y estudio de las vías pecuarias, estableciéndose el aplazamiento del cierre de la citada Acta hasta la consecución del estudio y composición de la descripción de los itinerarios pecuarios.

El día 14 de junio de 2000 se llevó a cabo el cierre de la citada Acta, previo anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia núm. 99, de fecha 2 de mayo de 2000, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, de la Cámara Agraria Local y de la Delegación Provincial de Medio Ambiente, así como previas las notificaciones a los organismos e instituciones antes citados.

En las actas de Clasificación se recogen las descripciones de cada una de las Vías Pecuarias clasificadas en el término, municipal de Hornos de Segura (Jaén). Asimismo, en el expediente de clasificación objeto de la presente, constan las coordenadas absolutas UTM de aquellos puntos singulares por donde discurren las Vías Pecuarias del mismo término, y una descripción minuciosa de sus recorridos y características.

En dicho acto, don Ramón Martínez Segura, en nombre y representación de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, manifiesta que se atienda a lo establecido en la Ley de Aguas, en lo que respecta a las competencias que tiene otorgadas por la legislación vigente en materia de gestión del dominio público hidráulico, en cuanto a posibles zonas de intersección o influencia de vías pecuarias.

Por su parte, don Francisco Javier Gómez-Queveda Cano, en nombre y representación de la ASAJA, sostiene su disconformidad por no haberse seguido los trámites y plazos legalmente establecidos, así como no haberse comunicado convenientemente a los agricultores y personas afectadas. Por último, manifiesta que en ningún caso el agricultor debe ser desfavorecido por los cultivos que desde tiempo inmemorial ha mantenido.

Cuarto. Redactada la Proposición de Clasificación por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Jaén, se sometió a exposición pública mediante anuncios en los organismos correspondientes, notificaciones a colectivos interesados, antes citados, y publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Jaén núm. 222, de fecha 23 de septiembre de

2000, y publicación en el Diario Jaén de 11 de octubre de 2000.

Quinto. Transcurrido el período de exposición pública del presente expediente, no se presentaron alegaciones.

A los referidos hechos les son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Compete a la Secretaría General Técnica la

resolución del presente procedimiento administrativo en virtud de las atribuciones que le vienen conferidas en el Decreto

179/2000, de 23 de mayo, por el que se establece la Estructura Orgánica Básica de la Consejería de Medio Ambiente, y el Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

No obstante, mediante Orden de la Consejera de Medio Ambiente de fecha 11 de junio de 2001, se atribuye el ejercicio de la suplencia del titular de la Secretaría General Técnica, hasta tanto se proceda al nombramiento del titular de dicho órgano, a la Viceconsejera de Medio Ambiente.

Segundo. Según preceptúa el artículo 7 de la Ley 3/1995, de

23 de marzo, de Vías Pecuarias, «la Clasificación es el acto administrativo de carácter declarativo en virtud del cual se determinan la existencia, anchura, trazado y demás

características físicas generales de cada vía pecuaria¯.

Tercero. Conforme al artículo 13 del Decreto 155/98, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma Andaluza, para la redacción de la Propuesta de Clasificación de las vías pecuarias del término municipal de Hornos de Segura, se han tenido en cuenta los datos existentes en el Fondo Documental previsto en el artículo

6 del mismo Reglamento, así como la documentación técnica aportada al expediente, según lo siguiente:

- Archivo Histórico Nacional. 1/10267. Sección Mesta Legajo

679 (1/10267) y Legajo 916 (2), expediente 25.

- Fondo Documental de la Dirección General de Conservación de la Naturaleza del Ministerio de Medio Ambiente.

- Departamento de Publicaciones Cartográficas del Instituto Geográfico Nacional.

- Centro de Gestión Catastral y Cooperación Tributaria de Jaén.

- Archivo de Vías Pecuarias de la Delegación Provincial de Medio Ambiente en Jaén.

Junto a ello se han contrastado los proyectos de

clasificación ya aprobados de los términos municipales

colindantes (Villanueva del Arzobispo, Sorihuela de Guadalimar y Beas de Segura) y los trabajos iniciados para la redacción del mismo en Segura de la Sierra y Santiago-Pontones,

localizando los puntos de entrada y salida de ese entramado pecuario en el término municipal de Hornos de Segura.

Cuarto. En cuanto a las alegaciones formuladas durante la práctica de las operaciones materiales de recorrido,

reconocimiento y estudio de las vías pecuarias, hay que señalar lo siguiente:

En primer término, el presente acto está ordenado a declarar la existencia, denominación, anchura, trazado y demás

características físicas generales de las vías pecuarias del término municipal de Hornos de Segura. Por tanto, será en un momento posterior cuando se delimiten las competencias dado que aún no están definidos los límites de las vías pecuarias.

Respecto a las alegaciones articuladas por ASAJA, hay que manifestar que el presente procedimiento se ha tramitado conforme al procedimiento reglamentariamente establecido, cumpliéndose los plazos previstos para todos y cada uno de los trámites, sin que la manifestación genérica efectuada por ASAJA permita deducir, en modo alguno, que se haya incumplido alguno de ellos.

Con referencia a la alegación esgrimida relativa a la falta de notificación personal a los interesados del comienzo de las operaciones materiales de reconocimiento, recorrido y estudio de las vías pecuarias, se ha de traer a colación, en primer término, la doctrina jurisprudencial relativa a la legitimación para impugnar el acto por defecto de forma. A este respecto dispone la Sentencia de 4 de enero de 1990 que «reiterada doctrina jurisprudencial declara que la indefensión que pueda producir el trámite omitido solamente puede ser alegado por quien personalmente lo padezca¯.

Por otra parte, lo dispuesto en el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se ha de poner en relación con el art. 7 de la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, y el art. 12 del citado Reglamento, que establecen que la clasificación es el acto administrativo de carácter declarativo en virtud del cual se determina la existencia, denominación, anchura, trazado y demás

características físicas generales de cada vía pecuaria; por tanto, dada la naturaleza del acto de clasificación, y en atención, a la pluralidad indeterminada de posibles

interesados, se ha optado por la publicación del acto en base a lo establecido en el art. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común: «La publicación sustituirá a la notificación surtiendo los mismos efectos en los casos siguientes: a) Cuando el acto tenga por destinatario a una pluralidad indeterminada de personas...¯

Por último, se realiza una apreciación de valor como es el que no debe desfavorecerse al agricultor por los cultivos que ha mantenido, así como que no se entiende esta clasificación. Respecto a ello, sostener que el presente acto no está ordenado a desfavorecer a nadie, si no a declarar la existencia de vías pecuarias, así como su denominación, trazado y características físicas generales, de acuerdo con los antecedentes documentales existentes.

En otro orden de cosas, manifestar que las vías pecuarias, en cuanto bienes de dominio público, constituyen un patrimonio de indudable valor que ha de ser rescatado y rentabilizado socialmente. Ante la necesidad de su defensa y protección surge la Ley de Vías Pecuarias 3/1995, de 23 de marzo. El Preámbulo de la citada Ley dispone: «Todo ello convierte a la red de vías pecuarias -con sus elementos culturales anexos- en un legado histórico de interés capital, único en Europa, cuya

preservación no garantiza en modo alguna la normativa vigente (Ley 22/1974, de 27 de junio). De ahí la necesidad de dictar una nueva Ley.¯

Considerando que en la presente clasificación se ha seguido el procedimiento establecido en el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado por el Decreto

155/98, de 21 de julio, con sujeción a lo regulado en la Ley

3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias; en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y demás legislación aplicable al caso.

Vista la Propuesta de resolución de fecha 10 de enero de 2001, formulada por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Jaén,

R E S U E L V O

Aprobar la Clasificación de las vías pecuarias del término municipal de Hornos de Segura, en la provincia de Jaén, de conformidad con la Propuesta emitida por la Delegación

Provincial de Medio Ambiente en Jaén, conforme a las

descripciones que se incorporan a la presente a través de los Anexos I y II.

Se entienden no clasificados los tramos de vías pecuarias cuyos terrenos hayan sido calificados como urbanos o urbanizables - que hayan adquirido las características de suelo urbano- por la normativa urbanística vigente en este término municipal, aprobada con anterioridad a la entrada en vigor del Reglamento de Vías Pecuarias de Andalucía.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía

administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Medio Ambiente, conforme a lo establecido en la Ley 4/1999, de Modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un mes desde la notificación de la presente, así como cualquier otro que pudiera corresponder de acuerdo con la normativa aplicable.

Lo que así acuerdo y firmo en Sevilla, 10 de julio de 2001.- La Viceconsejera, Isabel Mateos Guilarte.

ANEXO I

Los datos físicos de las vías pecuarias objeto de esta

clasificación son los siguientes:

CUADRO RESUMEN DE LAS VIAS PECUARIAS EXISTENTES EN EL TERMINO MUNICIPAL DE HORNOS DE SEGURA (JAEN)

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

CUADRO RESUMEN DE LOS LUGARES ASOCIADOS A LAS VIAS PECUARIAS EXISTENTES EN EL TERMINO MUNICIPAL DE HORNOS DE SEGURA (JAEN)

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

ANEXO II

1. CORDEL DE AROCA

Procede:

Continúa: Término municipal de Santiago-Pontones como Cordel del Nacimiento del Río Segura y Cordel del Masegoso.

Dirección general: Este.

Anchura legal: 37,5 m.

Uso actual: Como zona de pasto de los rebaños locales.

Estado de conservación: Bueno.

Observaciones: Atraviesa zonas de alto valor ecológico y paisajístico.

Cruce o solape con carreteras:

Descripción: Desde el Cordel de Hornos el Viejo y lugar conocido como Collado de La Laguna P-1, parte esta vía pecuaria hacia saliente, atravesando terrenos del monte público del Cerro del Romeral, paraje de Hoya Morena.

Va siguiendo la mojonera con Santiago-Pontones, que toma de margen derecha, y a los pocos metros P-2 tiene que desviar su trayectoria por el término de Santiago-Pontones, en un corto trecho, al encontrarse con el Cerro del Robledillo 1.

Franqueado dicho cerro, penetra nuevamente en Hornos al cruzar un collado que se abre frente al Barranco de la Cuesta de la Escalerilla P-3, con dirección Noreste. Seguidamente gira y toma dirección Este, pasando a discurrir junto a una senda, a la izquierda del límite de términos.

Llega a las Cumbres de Las Escalerillas y recorre por las mismas algo más de 500 m, con dirección Sureste, para salir a un collado P-4, en el que se levanta una torreta del tendido eléctrico de alta tensión, y se traza un camino.

La vía pecuaria toma en su interior dicho tendido y el camino, saliendo por la umbría de un pequeño cerro de pinar a otro collado P-5. Entonces, comienza a separar su trazado del de la mojonera, que acompañaba a la derecha, a la vez que el tendido eléctrico se aleja a la izquierda.

Siguiendo el camino y sin cambiar de dirección, asciende a una pequeña loma de piedra y pastizal, para seguidamente dejarse caer a la Hoya del Cambrón P-6. Pasa a la derecha de la cortijada del mismo nombre y luego deja a la izquierda el carril que le acompañaba.

Continúa al frente junto a una senda hacia un pinar, cruzando varias parcelas de cereal antes de introducirse en el arbolado. Allí se encuentra con una vaguada que se traza al Este, y que marca la línea jurisdiccional entre SantiagoPontones y Hornos¯ P-7.

Progresa vaguada arriba, a caballo sobre la mojonera, hasta el Abrevadero del Puntal del Carpintero P-8, que se extiende con un radio de 75 m entre ambos municipios?.

Entonces el cordel entra de nuevo en contacto con la pista que metros más abajo abandonó, y sigue su ascensión hasta salir al collado que forman el Picón de Aroca, a la izquierda, y el Cerro del Carpintero, a la derecha.

Alcanzado ese gran collado, sale a la Carretera A-317 y antiguo Camino de Pontones, ya desaparecido, finalizando su recorrido al unirse al Cordel de la Fuente de los Ganados P-9, que parte al Norte, y al Cordel del Nacimiento del Río Segura, que va al Sur.

2. CORDEL DE LA FUENTE DE LOS GANADOS

Procede: Término municipal de Santiago-Pontones como Cordel del Nacimiento del Río Segura.

Continúa: Término municipal de Segura de la Sierra como Cordel de las Torres de Santa Catalina.

Dirección general: Norte y Oeste.

Anchura legal: 37,5 m.

Uso actual: Como ruta ganadera de cierta importancia. Interés paisajístico. Como carretera local en la mitad de su recorrido. Estado de conservación: Medio.

Observaciones: Desde poco antes de dejar la Carretera de Pontones hasta el final de su recorrido discurre a caballo con la mojonera de Segura de la Sierra.

Cruce o solape con carreteras: Solape con la Carretera de Pontones (A-317).

TRAMO I

Descripción: Penetra esta vía pecuaria en el término de Hornos de Segura procedente del de Santiago-Pontones P-1, como Cordel del Nacimiento del Río Segura. Deja a la izquierda El Cerro del Carpintero, y el Cordel de Aroca, y con dirección Norte se traza sobre la carretera A-317, antiguo Camino de Pontones a Segura de la Sierra 4, y línea jurisdiccional entre Hornos y Santiago 5.

Avanza así repartiendo su anchura entre ambos municipios y, a los 150 m del inicio P-2, deja la mojonera por la izquierda, que se aleja hacia el pico Aroca, para introducirse en

Santiago-Pontones sin abandonar la carretera.

TRAMO II

El cordel, después de un corto trecho por la vecina localidad de Santiago-Pontones, vuelve a entrar en Hornos al solaparse el trazado de la carretera con el del límite entre municipios P-3. Pasa por la cara Noroeste del Cerro de Aroca y, al llegar al collado del mismo nombre P-4, deja definitivamente el

partitérminos (a la derecha).

Entonces pasa a extenderse completamente por terrenos del municipio que nos ocupa. Sin separarse del asfalto, progresa hacia el Este a cruzar bajo una línea eléctrica de alta tensión.

Se va introduciendo así en terrenos del Monte Público

Aguaderico. Con dirección Norte y a los 600 m del cruce con la línea eléctrica P-5 deja a la derecha una senda, que conduce al Cortijo de la Fuente del Chorro y fuente del mismo nombre.

El paso de ganado continúa junto a la carretera y bordea el cono de deyección del Barranco del Arroyo de la Cuesta de las Escalerillas, que se abre a la izquierda. Luego llega al nacimiento de aguas del Arroyo del Torno P-6, comenzando a discurrir por la vertiente Sudeste de la cumbre.

A la altura del p.k. 45 pasa junto al Puntal o Portillo de las Aguzaderas P-7, que se levanta al Oeste, y sin realizar grandes cambios en la orientación de su trazado se introduce por terrenos de la finca de las Seteras.

Va discurriendo a la derecha del Monte Coto de los Perales, que vuelca hacia la vertiente Noroeste de la cumbre, y al llegar al p.k. 43 se introducen de lleno en el Monte Barranco Prado de la Iglesia, por el que avanzará hasta alcanzar la mojonera con Segura de la Sierra P-8, hecho que tendrá lugar frente al Monte de las Pilicas, que se levanta a la derecha de la vía y en término de Segura.

Desde aquí y hasta el final de su recorrido, la vía pecuaria tomará por eje el de la mojonera entre Segura y Hornos. En su primer trecho, de unos 2.500 metros, seguirá coincidiendo con la traza del antiguo camino y de la citada carretera.

A 380 metros de la primera curva a la izquierda del asfalto P-9 se separa del cordel hacia la derecha la Vereda del Monte, que toma como referencia el antiguo Camino del Recodo de la Moneda al Prado de la Presa 6.

Después avanza dejando a la derecha y en Segura de la Sierra el paraje Recodo de la Moneda, y a la izquierda, dentro de Hornos, el de La Tobilla P-10. A ambos lados del paso de ganado y sobre la cima por la que discurre con la carretera se extienden las repoblaciones de coníferas. Dejada atrás La Tobilla, la vía pecuaria, en suave descenso, se va acercando a la confluencia con el Arroyo del Cerezo.

Esa confluencia se sitúa junto a la intersección con el asfalto de la Pista Forestal al Río Madera P-11, que se aleja hacia la derecha descendiendo paralela al citado arroyo.

A unos escasos 200 metros entronca con la Pista Forestal del Campillo. Abandona la carretera y progresa hacia la derecha con ella durante unos 150 metros P-12, para dejarla e internarse entre repoblaciones con una pequeña senda que sigue el límite de términos.

Con dicha senda se aproxima a la Cueva de la Desideria (al Norte-Noroeste), que a su vez se halla en la falda del Monte Yelmo Grande Carnicero y próxima a una pista que, proveniente de la abandonada Casa Forestal de El Campillo, va faldeando ese monte.

Toca el carril en una de sus curvas y muy cerca de la cueva, para continuar con él ahora hacia el Suroeste. Avanzan juntos durante unos 600 metros, pasando por el Collado de Eusebio y por el del Burro, y siguiendo la raya jurisdiccional y

divisoria de los montes Yelmo Grande Carnicero y Barranco Prado de las Iglesias, pertenecientes a Segura y Hornos,

respectivamente.

El cordel se separa de esa pista a la altura del mojón 85 del Deslinde del Monte Yelmo Grande Carnicero P-13 y avanza con la mojonera en dirección a la Casa Forestal de la Fuente de los Ganados 7. Antes de pasar próximo a ella, salva el Collado del Borriquillo, persiguiendo ahora los mojones de deslinde de los montes Yelmo Grande Carnicero y Yelmo Chico, además del límite de términos.

Entra en el Abrevadero de la Fuente de los Ganados P-14 (donde se halla el mojón 113 del citado deslinde de monte, cercano a la citada casa forestal), que está rodeado de pinos de

repoblación y dentro del cual hay una fuente con varios pilares. La superficie del mismo se reparte entre Segura de la Sierra y Hornos, tiene un radio de 75 metros y su centro se sitúa próximo al nacimiento de las aguas y en el límite de ambos términos.

Atravesado el abrevadero, sigue su descenso entre repoblaciones sobre la linde de montes y jurisdicciones, quedando arriba, a su derecha y en Segura de la Sierra, el Cerro de la Chaparra, hasta el comienzo de un camino forestal P-15 (en ese punto existe un Mojón del Distrito Forestal de Jaén marcado con el núm. 8). Lo toma y sale con él a una curva de la Pista Forestal de El Robledo, que se traza sobre el nacimiento del Barranco del Piñonero, en el Collado del Arlo P-16.

Dicha pista se aleja hacia la derecha del cordel, el cual sigue hacia el Noreste, todavía a caballo sobre la mojonera e internándose por zona de monte P-17. Así transcurre durante unos 1.500 metros, hasta su encuentro con el Cordel de las Torres de Santa Catalina, en el entronque con el antiguo Camino de Hornos a Orcera P-18.

Esa unión, donde finaliza su recorrido la que se describe, se encuentra dentro del paraje de Los Rojas, en las proximidades de las ruinas del Cortijo de Sebastián, que está a la derecha y a unos 100 m dentro del término de Segura de la Sierra, y junto a las del pequeño Cortijo de Gallina, que está a la izquierda y dentro de este término.

3. CORDEL DE LAS TORRES DE SANTA CATALINA

Procede: Término municipal de Segura de la Sierra como Cordel de las Torres de Santa Catalina.

Continúa: Término municipal de Segura de la Sierra como Cordel de las Torres de Santa Catalina.

Dirección general: Este.

Anchura legal: 37,5 m.

Uso actual: Como ruta ganadera de cierta importancia. Interés paisajístico. Pista forestal.

Estado de conservación: Medio.

Observaciones: Da acceso a la Aldea de Cortijos Nuevos (Segura de la Sierra). En todo su recorrido discurre sobre la mojonera con dicho municipio.

Cruce o solape con carreteras:

Descripción: Entra en Hornos de Segura procedente de la aldea de Cortijos Nuevos, del término municipal de Segura de la Sierra, en la intersección del antiguo Camino Bajo de Hornos con un vértice de la mojonera entre esta jurisdicción y la de Segura de la Sierra P-1.

Entonces toma como eje la citada mojonera, que se corresponde con el del camino que aquí asciende sobre la Loma de Montizón, para atravesar diversas parcelas de olivar. A los 300 m dichos cultivos dan paso a terrenos forestales compuestos de pinos maderables que acompañarán al paso de ganado hasta su encuentro con el Cordel de la Fuente de los Ganados.

La «vereda de carne¯ atraviesa esta zona de repoblación, de espesa vegetación de monte además de la de pino ya descrita, siguiendo la línea jurisdiccional, que desde aquí y hasta el final de su recorrido coincide en gran parte con un carril forestal.

Así, después de recorrer unos 700 m, la que se estudia entronca con el Cordel de la Fuente de los Ganados, en la intersección de este término y el de Segura de la Sierra con el antiguo Camino de Hornos a Orcera P-2.

Dicho entronque de cordeles se sitúa frente a las ruinas de un pequeño cortijo, conocido como Cortijo de Gallina, que se levanta a la derecha de la pista forestal, dentro de este término y rodeado de pinos maderables y olivos del Paraje Los Rojas.

4. CORDEL DE LAS CUMBRES DE BEAS A LA FUENTE DE LOS GANADOS

Procede: Término municipal de Beas de Sugura como Vereda de Puente Mocho a la Sierra.

Continúa: Término municipal de Segura de la Sierra como Cordel de las Cumbres de Beas a la Fuente de los Ganados.

Dirección general: Noreste.

Anchura legal: 37,5 m.

Uso actual: Como zona de pastos de los rebaños locales. Estado de conservación: Bueno.

Observaciones: En todo su recorrido discurre sobre la mojonera con el término municipal de Beas de Segura.

Cruce o solape con carreteras:

Descripción: Procedente del término de Beas de Segura,

penetra en Hornos de Segura al cruzar el Collado de Cañada Morales P-1. Deja al Este el Cordel de Hornos el Viejo y el Camino de Guadabraz, y se adentra en terrenos del Monte Público de Cumbres de Beas con dirección Noreste y a caballo con la mojonera.

Va siguiendo el trazado de la pista forestal de acceso a La Banderilla. A los pocos metros salva un collado, dejándola a la izquierda. Entonces toma de guía la línea de máxima pendiente, sin abandonar la mojonera, para coronar la cima por la que tendrá que ir lo que le queda de trayecto en Hornos.

Pasa, inicialmente, al Oeste del Puntal de La Rinconada. Luego llega al Recodo de las Pozas P-2, en donde nace el Arroyo de La Nogueruela y se levantan las Peñas Bermejas.

Sin cambiar de rumbo, y entre pinar disperso, cruza junto al Mojón de La Peguera P-3 y al Puntal de los Paredones. Corta perpendicularmente un cortafuegos. Luego baja atravesando longitudinalmente un gran collado, para a continuación bordear el Barranco de Los Paredones, a la vez que vira a levante.

Salva el Puntalón de la Lancha P-4 y se adentra en el Majal de los Robles, por donde pasa la Senda del Collado del Tobar. Al Oeste del Barranco de Las Pegueras llega a Puerto Cecilia, donde se halla el tritérminos entre Hornos, Beas y Segura de la Sierra P-5, finalizando su recorrido en el término que se estudia, para pasar, seguidamente, a compartir la mojonera entre Beas y Segura de la Sierra, que la conducirá más al Norte.

5. CORDEL DE HORNOS EL VIEJO

Procede: Término municipal de Santiago-Pontones como Cordel Hornos el Viejo.

Continúa: Término municipal de Beas de Segura como Vereda de Puente Mocho a la Sierra.

Dirección general: Norte y Oeste.

Anchura legal: 37,5 m.

Uso actual: Forma parte de una importante ruta ganadera. Estado de conservación: Bueno.

Observaciones: Esta vía fue creada por la construcción del Pantano del Tranco para dar continuidad al tránsito ganadero. Cruce o solape con carreteras: Corta en dos ocasiones la Carretera del Pantano del Tranco a la de Hornos a Cortijos Nuevos (A-319).

Descripción: Procedente del término municipal de Santiago- Pontones, penetra en el de Hornos de Segura al cruzar el Collado de la Laguna y el Cordel de Aroca P-1, dentro del paraje de Hoya Morena.

Inicia su recorrido por los terrenos del Monte Público Cerro del Romeral (núm. 17 del Catálogo), junto al antiguo Camino de Hoya Morena al Cerro del Romeral, del que sólo se conserva una pequeña senda.

Toma dirección Este siguiendo una línea eléctrica de alta tensión. A los 500 m del inicio llega a un collado P-2 y vira al Norte, abandonando la citada línea eléctrica y el camino. Entonces se adentra vaguada abajo, pasando por el Collado de la Vuelta de la Vereda P-3 y dejando el Abrevadero del Aguaderico al Oeste, a cierta distancia y dentro del Arroyo del Barranco de Hoya Obrega o de las Cumbrecillas 8.

Desde dicho collado continúa descendiendo, con dirección Norte, hasta la unión de los vallejos del Pocico y del Centenar P-4. Entonces gira a la izquierda sobre el arroyo, para subir entre pinar, a la Hoya del Centenar.

Atraviesa la mencionada «Hoya¯ por la plantación de olivo que allí se ubica y seguidamente el Arroyo de los Areneros. Poco después retoma el rumbo Norte para pasar faldeando a la parte alta de la cortijada de Hornos el Viejo.

Discurre a continuación por la Umbría de Barranco Hondo, entre pinar y en paralelo al camino asfaltado que lleva a Hornos. A los 300 ó 400 m cruza el asfalto P-5 y se dirige a Llano Bojal. Deja al Oeste la Morra de los Canalizos y, sin variar su orientación Norte, baja hacia una de las lenguas del Embalse del Tranco.

En su discurrir hacia las aguas pasa sobre una mancha de pastizal, que se extiende a la izquierda del olivar, y se va aproximando paulatinamente a la pista que perimetra el pantano. Así llega al Arroyo de la Salina o de los Molinos y Aguadero de la Salina o del Salero 9 P-6.

Cruza el citado arroyo y el Camino de Hornos, que junto al mismo se traza, para con dirección Noroeste ascender por una ladera muy erosionada y sin vegetación a la Loma del Marañar. Desde ésta se deja caer al Arroyo de los Vallejos, y tras vadearlo P-7 sube al collado del mismo nombre.

La vía pecuaria, desde el collado, desciende a Cañada Hondilla tomando en su interior y como margen izquierda el «Camino y límite de la zona de protección del Embalse del Pantano del Tranco¯ P-8. A los 1.000 m de dicha unión llega, con dirección Norte, a un cruce de carriles del que parte uno a la derecha

10.

El cordel recorre otros 600 m más en estas condiciones y sale a otro nudo de caminos P-9. Deja ir uno al Este, hacia Hornos, y otro al Norte en busca de Cortijos Nuevos, y se introduce entre sendas pistas con dirección Noreste, haciendo un amplio recodo para bordear la parte final del pantano.

Cruza el Arroyo de las Aceitunas P-10, poco después un collado formado entre dos cerretes poblados de monte bajo, y sale a la Carretera del Pantano del Tranco a la de Hornos a Cortijos Nuevos (A-319). La coge como lateral derecho y salva, con dirección Oeste, el Río Hornos por la Pasada del Rabadón P-11.

A los pocos metros sale a la izquierda de la carretera, sobre una senda, para cortar el Camino de Hornos a Guabrás y Cañada Morales con dirección Suroeste.

Asciende por terrenos de olivar del paraje de La Paridera y vadea el Arroyo de Cagasebo P-12 para internarse, con dirección Oeste, en terrenos del Patrimonio Forestal del Estado: Monte Público Cumbres de Beas (núm. 18 del catálogo), en su «Zona Montuosa de Cerro Molina¯.

Entre pinar cruza perpendicularmente un carril de acceso a los olivares colindantes y pasa al Sur del Collado de Cerro Molina. Una vez en la cima de la loma se deja caer al Camino de Cañada Morales a Hornos P-13.

El paso de ganado, junto al camino, se traza entre parcelas de olivar valladas y bajo un tendido eléctrico, y llega a una escombrera. Entonces comienza a desviarse paulatinamente a la derecha del carril, hacia una tinada en ruinas.

Luego asciende y pasa al Norte de la Iglesia de San José Obrero, y de la Escuela de Cañada Morales, y por una ladera de pastizal baja a la Carretera del Pantano del Tranco a la de Hornos a Cortijos Nuevos (A-319), cortándola en el p.k. 82,6 aproximadamente P-14.

Desde dicha carretera continúa al frente. Pasa faldeando, con dirección Oeste, a la izquierda de una era de piedra. Sube a un pequeño collado que se levanta junto a la Cortijada de la Tejera y seguidamente desciende hasta las casas de la aldea P-

15.

Después vuelve a subir una pequeña loma (a la derecha del olivar y sin abandonar el trazado de una valla) y al volcar ésta aparece junto a la Fuente de la Nogueruela y arroyo del mismo nombre P-16. Allí se encuentra con varios tornajos de madera, que constituyen el que se conoce como Abrevadero de la Nogueruela, cuyo radio es de 75 m.

A la derecha de la vía, y desde el aguadero, se extiende una franja de terreno de monte que desemboca en el Abrevadero del Toril 11. Dicha zona conforma el Descansadero de Las

Nogueruelas, que linda al Este con la Acequia de Cañada Morales y olivar, mientras que en su interior se sostienen las ruinas de una vieja tinada.

A continuación el cordel sigue en unos metros un carril de tierra que se le incorpora por la izquierda. Al llegar frente a un dique de contención comienza a desviar su trayectoria de la del camino, para subir, entre pinar, a la Olla de la Muela P-

17.

Atraviesa, con dirección Suroeste, una plantación de olivar que en dicho paraje encuentra y asciende junto a la Cuesta de Guabrás hasta el Monigote P-18, entre pinar rozado. Luego sigue el rumbo que le marca un cortafuegos para, a los 600 m, introducirse a media ladera en una vaguada hacia poniente.

El cordel sale de la vaguada frente al Collado de Cañada Morales y llega al cruce con el Cordel de las Cumbres de Beas a la Fuente de los Ganados P-19. Un poco más arriba da por finalizado su recorrido al introducirse de lleno en el término de Beas de Segura.

6. ABREVADERO DEL PUNTAL DEL CARPINTERO

En el Cordel de Aroca, repartiendo su superficie de 17.760 metros cuadrados entre los términos de Hornos de Segura y Santiago-Pontones. El agua que mana de la fuente es recogida en unos tornajos o pilares, y en una pequeña balsa.

7. ABREVADERO DE LA FUENTE DE LOS GANADOS

En el Cordel de la Fuente de los Ganados, próximo a la casa forestal del mismo nombre. Su superficie legal es 8.835 metros cuadrados (17.760/2). La otra mitad pertenece a Segura de la Sierra.

8. ABREVADERO DEL AGUADERICO

Se ubica dentro del Arroyo del Barranco de Hoya Obrega o de las Cumbrecillas, al Oeste del Cordel de Hornos el Viejo. Su superficie legal es 17.760 metros cuadrados.

9. ABREVADERO DE LAS SALINAS O DEL SALERO

En el Cordel de Hornos el Viejo y márgenes del arroyo al que debe su nombre. La superficie legal es 17.760 metros cuadrados.

10. ABREVADERO DE LAS NOGUERUELAS

En el Cordel de Hornos el Viejo, próximo a la Cortijada de la Tejera. El agua se recoge en pilares y la superficie legal es

17.760 metros cuadrados.

11. ABREVADERO DEL TORIL

En el Cordel de Hornos el Viejo y confluencia de los Arroyos de Guabrás Alto y Guabrás Bajo. Su agua mana del suelo y tiene una superficie legal de 17.760 metros cuadrados.

12. DESCANSADERO DE LAS NOGUERUELAS

En el Cordel de Hornos el Viejo, entre los abrevaderos núms.

11 y 12. La superficie legal es aproximadamente de 80.446 metros cuadrados.

13. ABREVADERO DE LA FUENTE DE LAS RAICES

Se ubica en terrenos del Monte Público de Salegas Anchas, próximo al Barranco de Majada Temprana. El agua que mana de la fuente es recogida en unos tornajos. La superficie legal es de

17.760 metros cuadrados.

14. ABREVADERO DE LA FUENTE DE MONTILLANA

En el arroyo del mismo nombre y límite del monte de estado de Salegas Anchas, con el de Cumbres de Beas, cerca del antiguo vivero del ICONA. La superficie legal es de 17.760 metros cuadrados.

15. ABREVADERO DE LA FUENTE DEL MAJAL

Se ubica a la entrada de la aldea del Majal. La superficie legal es de 17.760 metros cuadrados.

16. ABREVADERO DE LA FUENTE DE LOS PERALES

Se ubica en el Monte Coto de Los Perales, frente a la Aldea de las Capellanías y próximo al p.k. 31,8 de la Carretera A-

317. El agua mana del suelo, entre los juncales. La superficie legal es de 17.760 metros cuadrados.

17. ABREVADERO DE LA FUENTE DE LA GARGANTA

Se ubica en las proximidades de las ruinas de la Casa

Forestal de La Garganta. Sus aguas se recogen en varias tornajeras y una balsa, y la superficie legal es de 17.760 metros cuadrados.

18. ABREVADERO DE MATAASNOS

Se ubica en el arroyo del mismo nombre, próximo al Cordel de las Torres de Santa Catalina. La superficie legal es de 17.760 metros cuadrados.

1 Dicho cerro está poblado de pinar adulto, y atravesado por un tendido de alta tensión.

¯ A partir de este punto, el trazado del límite de término en el Mapa Topográfico de Andalucía, a escala 1:10.000, no sigue fielmente el dibujado en la Ortofoto Catastral de Rústica que actualmente se utiliza. En este trabajo se traza la vía pecuaria siguiendo la jurisdicción catastral.

? Las pilas que abastecen de agua al ganado están situadas en término de Santiago-Pontones.

4 El Camino Viejo de Pontones no existe en la actualidad. Sobre parte del recorrido del mismo (ver planos históricos del Antecedente Documental anexo) se ha construido el firme de la Carretera de Santiago/Pontones.

5 El trazado del límite de término en el Mapa Topográfico de Andalucía, a escala 1:10.000, no sigue fielmente el dibujado en la Ortofoto Catastral de Rústica que actualmente se utiliza. En este trabajo se traza la vía pecuaria siguiendo la jurisdicción catastral. (Ver Anexo Documental.)

6 De dicho camino no hay vestigios sobre el terreno (ver planos del Antecedente Documental anexo). Existe en el terreno una pista forestal que en alguno de sus tramos sigue la traza del referido camino.

7 El límite de términos dibujado en el Mapa Topográfico de Andalucía no es el reflejado en las Ortofotos Catastrales de Rústica que actualmente se manejan.

8 Actualmente este manantial está seco y se toma el agua un poco más abajo y sobre el citado Barranco. Su centro se sitúa en el nacimiento de las aguas y tiene un radio de 75 m.

9 Dicho aguadero se extiende a los márgenes del arroyo, con un radio de 75 m. (Ver Planos del Proyecto de Expropiación, anexo al Fondo Documental.)

10 A la misma altura del cruce, y a la derecha de la vía, se ubican varias balsas de alpechín.

11 Dicho aguadero se ubica en la confluencia de los Arroyos de Guabrás Alto y Guabrás Bajo, y en sus cercanías se encuentra una caseta del agua. El radio que comprende el mismo es de 75 m. (Ver Planos del Proyecto de Expropiación, anexo al Fondo Documental.)

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