Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 93 de 14/08/2001

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

DECRETO 171/2001, de 17 de julio, por el que se acepta la cesión gratuita a la Comunidad Autónoma de Andalucía, por un plazo de tres años, efectuada por el Ayuntamiento de Ubeda (Jaén) con destino a sede judicial, del uso de un local sito en la calle Chiclana de la Frontera de la citada localidad, que se adscribe a la Consejería de Justicia y Administración Pública.

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El Ayuntamiento de Ubeda (Jaén) acordó el 22 de febrero de

2001 ceder gratuita y temporalmente a la Comunidad Autónoma de Andalucía, con destino a sede judicial, el uso de un local ubicado en la calle Chiclana de la Frontera de la Urbanización «El Comendador¯ de dicho municipio.

La Consejería de Justicia y Administración Pública ha propuesto que la referida cesión sea aceptada, ya que permitirá acelerar la instalación provisional de los juzgados previstos.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Economía y Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en reunión celebrada el 17 de julio de 2001,

D I S P O N G O

Primero. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 74 y 80 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y en el artículo 26 de la Ley

7/1999, de 29 de septiembre, de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, se acepta la cesión de uso gratuita, ofrecida por el Ayuntamiento de Ubeda (Jaén), del siguiente local:

Urbana. Local 5-B, en término de Ubeda, Urbanización «El Comendador¯, 2.ª fase, en calle Chiclana de la Frontera, s/n. Edificado sobre un solar de 425,11 m y planta alta de la misma extensión, y que según reciente medición tiene una superficie de 399,7 m¯ por planta. Linda: al Norte, calle Chiclana de la Frontera; Sur, medianería con viviendas; Este, calle Eucalipto, y Oeste, calle Picual Virgen.

Consta inscrito en el Registro de la Propiedad de Ubeda, libre de cargas y a favor del Ayuntamiento de dicha localidad, al folio 154 del tomo 1.635, libro 731, finca núm. 44.500.

Segundo. La cesión objeto del presente Decreto, cuyo destino es la instalación provisional de una sede judicial, se otorga por un plazo de tres años, contados a partir de la presentación del certificado final de las obras proyectadas, y queda sujeta a las condiciones generales establecidas por el artículo 27 de la Ley 7/1999, anteriormente citada, y a las condiciones particulares especificadas en el Acuerdo de cesión, adoptado por el Ayuntamiento en sesión celebrada el 22 de febrero de

2001.

Tercero. En cumplimiento de lo previsto por el artículo 14 de la Ley 4/1986, de la cesión de uso del local se tomará razón en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, quedando adscrito a la Consejería de Justicia y Administración Pública con destino a su utilización como sede judicial.

Cuarto. Por la Consejería de Economía y Hacienda, a través de la Dirección General de Patrimonio, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de lo dispuesto en el presente Decreto.

Sevilla, 17 de julio de 2001

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

MAGDALENA ALVAREZ ARZA

Consejera de Economía y Hacienda