Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 94 de 16/8/2001

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

ORDEN de 16 de julio de 2001, por la que se autoriza al Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera (Cádiz) para que enajene directamente veinte viviendas de sus bienes de propios a los vecinos ocupantes de las mismas.

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El Pleno del Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera, de la Provincia de Cádiz, en sesión celebrada el día 29 de marzo de

2000, acordó la enajenación directa de veinte viviendas de propiedad municipal a los ocupantes de las mismas.

Acreditada la posesión pacífica y continuada de los ocupantes de las viviendas objeto de enajenación por un tiempo superior a dos años, así como su residencia efectiva, se considera que se cumplen los requisitos exigidos por la normativa vigente.

Las viviendas objeto de la enajenación directa son las que se relacionan a continuación:

1. Vivienda sita en la Bda. Gómez Ulla, número 1, a favor de don José Fornell Marín, por el precio de 882.103 pesetas. La citada vivienda figura inscrita en el Registro de la Propiedad de Chiclana de la Frontera, a nombre de este Ayuntamiento al Tomo 423, Libro 198, Folio 37, Finca registral número 7.250, Inscripción 1.ª Tiene una superficie construida de 69,44 m.

2. Vivienda sita en la Bda. Gómez Ulla, número 2, a favor de don Francisco González Coca, por el precio de 870.985 pesetas. La citada vivienda figura inscrita en el Registro de la Propiedad de Chiclana de la Frontera, a nombre de este Ayuntamiento al Tomo 423, Libro 198, Folio 37, Finca registral número 7.250, Inscripción 1.ª Tiene una superficie construida de 67,31 m.

3. Vivienda sita en la Bda. Gómez Ulla, número 3, a favor de don Juan Muñoz Soriano, por el precio de 818.868 pesetas. La citada vivienda figura inscrita en el Registro de la Propiedad de Chiclana de la Frontera, a nombre de este Ayuntamiento al Tomo 423, Libro 198, Folio 37, Finca registral número 7.250, Inscripción 1.ª Tiene una superficie construida de 62,61 m.

4. Vivienda sita en la Bda. Gómez Ulla, número 4, a favor de doña Francisca Velázquez Sánchez, por el precio de 893.494 pesetas. La citada vivienda figura inscrita en el Registro de la Propiedad de Chiclana de la Frontera, a nombre de este Ayuntamiento al Tomo 423, Libro 198, Folio 37, Finca registral número 7.250, Inscripción 1.ª Tiene una superficie construida de 69,34 m.

5. Vivienda sita en la Bda. Gómez Ulla, número 5, a favor de don Manuel Aragón Muñoz, por el precio de 1.320.180 pesetas. La citada vivienda figura inscrita en el Registro de la Propiedad de Chiclana de la Frontera, a nombre de este Ayuntamiento al Tomo 423, Libro 198, Folio 37, Finca registral número 7.250, Inscripción 1.ª Tiene una superficie construida de 107,82 m.

6. Vivienda sita en la Bda. Gómez Ulla, número 6, a favor de doña Manuela Gómez Molina, por el precio de 833.838 pesetas. La citada vivienda figura inscrita en el Registro de la Propiedad de Chiclana de la Frontera, a nombre de este Ayuntamiento al Tomo 423, Libro 198, Folio 37, Finca registral número 7.250, Inscripción 1.ª Tiene una superficie construida de 63,96 m.

7. Vivienda sita en la Bda. Gómez Ulla, número 7, a favor de don Andrés Moreno Alba, por el precio de 730.050 pesetas. La citada vivienda figura inscrita en el Registro de la Propiedad de Chiclana de la Frontera, a nombre de este Ayuntamiento al Tomo 423, Libro 198, Folio 37, Finca registral número 7.250, Inscripción 1.ª Tiene una superficie construida de 54,60 m.

8. Vivienda sita en la Bda. Gómez Ulla, número 8, a favor de don José Butrón Fernández, por el precio de 1.098.188 pesetas. La citada vivienda figura inscrita en el Registro de la Propiedad de Chiclana de la Frontera, a nombre de este Ayuntamiento al Tomo 423, Libro 198, Folio 37, Finca registral número 7.250, Inscripción 1.ª Tiene una superficie construida de 87,80 m.

9. Vivienda sita en la Bda. Gómez Ulla, número 9, a favor de don Andrés Sánchez Ariza, por el precio de 753.336 pesetas. La citada vivienda figura inscrita en el Registro de la Propiedad de Chiclana de la Frontera, a nombre de este Ayuntamiento al Tomo 423, Libro 198, Folio 37, Finca registral número 7.250, Inscripción 1.ª Tiene una superficie construida de 56,70 m.

10. Vivienda sita en la Bda. Gómez Ulla, número 10, a favor de don Luis Ariza López, por el precio de 851.801 pesetas. La citada vivienda figura inscrita en el Registro de la Propiedad de Chiclana de la Frontera, a nombre de este Ayuntamiento al Tomo 423, Libro 198, Folio 37, Finca registral número 7.250, Inscripción 1.ª Tiene una superficie construida de 65,58 m.

11. Vivienda sita en la Bda. Gómez Ulla, número 11, a favor de don Antonio Carreño Marín, por el precio de 947.384 pesetas. La citada vivienda figura inscrita en el Registro de la Propiedad de Chiclana de la Frontera, a nombre de este Ayuntamiento al Tomo 423, Libro 198, Folio 37, Finca registral número 7.250, Inscripción 1.ª Tiene una superficie construida de 74,20 m.

12. Vivienda sita en la Bda. Gómez Ulla, número 12, a favor de don Manuel Suazo Mota, por el precio de 1.036.536 pesetas. La citada vivienda figura inscrita en el Registro de la Propiedad de Chiclana de la Frontera, a nombre de este Ayuntamiento al Tomo 423, Libro 198, Folio 37, Finca registral número 7.250, Inscripción 1.ª Tiene una superficie construida de 82,24 m.

13. Vivienda sita en la Bda. Gómez Ulla, número 13, a favor de don José Sánchez Arjona, por el precio de 906.357 pesetas. La citada vivienda figura inscrita en el Registro de la Propiedad de Chiclana de la Frontera, a nombre de este Ayuntamiento al Tomo 423, Libro 198, Folio 37, Finca registral número 7.250, Inscripción 1.ª Tiene una superficie construida de 70,50 m.

14. Vivienda sita en la Bda. Gómez Ulla, número 14, a favor de don Francisco Saucedo Frontado, por el precio de 1.239.012 pesetas. La citada vivienda figura inscrita en el Registro de la Propiedad de Chiclana de la Frontera, a nombre de este Ayuntamiento al Tomo 423, Libro 198, Folio 37, Finca registral número 7.250, Inscripción 1.ª Tiene una superficie construida de 100,50 m.

15. Vivienda sita en la Bda. Gómez Ulla, número 15, a favor de don Francisco Aido Meléndez, por el precio de 972.888 pesetas. La citada vivienda figura inscrita en el Registro de la Propiedad de Chiclana de la Frontera, a nombre de este

Ayuntamiento al Tomo 423, Libro 198, Folio 37, Finca registral número 7.250, Inscripción 1.ª Tiene una superficie construida de 76,50 m.

16. Vivienda sita en la Bda. Gómez Ulla, número 16, a favor de doña Rosario Rodríguez Fernández, por el precio de 839.826 pesetas. La citada vivienda figura inscrita en el Registro de la Propiedad de Chiclana de la Frontera, a nombre de este Ayuntamiento al Tomo 423, Libro 198, Folio 37, Finca registral número 7.250, Inscripción 1.ª Tiene una superficie construida de 64,50 m.

17. Vivienda sita en la Bda. Gómez Ulla, número 17, a favor de don Alfonso Bey Real, por el precio de 952.485 pesetas. La citada vivienda figura inscrita en el Registro de la Propiedad de Chiclana de la Frontera, a nombre de este Ayuntamiento al Tomo 423, Libro 198, Folio 37, Finca registral número 7.250, Inscripción 1.ª Tiene una superficie construida de 74,66 m.

18. Vivienda sita en la Bda. Gómez Ulla, número 18, a favor de don José Ariza Montero, por el precio de 1.329.383 pesetas. La citada vivienda figura inscrita en el Registro de la Propiedad de Chiclana de la Frontera, a nombre de este Ayuntamiento al Tomo 423, Libro 198, Folio 37, Finca registral número 7.250, Inscripción 1.ª Tiene una superficie construida de 108,65 m.

19. Vivienda sita en la Bda. Gómez Ulla, número 19, a favor de doña Antonia Guerrero Real, por el precio de 922.990 pesetas. La citada vivienda figura inscrita en el Registro de la Propiedad de Chiclana de la Frontera, a nombre de este

Ayuntamiento al Tomo 423, Libro 198, Folio 37, Finca registral número 7.250, Inscripción 1.ª Tiene una superficie construida de 72 m.

20. Vivienda sita en la Bda. Gómez Ulla, número 20, a favor de don José Castro Benítez, por el precio de 773.295 pesetas. La citada vivienda figura inscrita en el Registro de la Propiedad de Chiclana de la Frontera, a nombre de este Ayuntamiento al Tomo 423, Libro 198, Folio 37, Finca registral número 7.250, Inscripción 1.ª Tiene una superficie construida de 58,50 m.

La legislación a tener en cuenta en la materia que nos ocupa está representada por la Disposición Transitoria Primera de la Ley 7/99, de 29 de septiembre, de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, que señala que: «las entidades locales podrán enajenar directamente los inmuebles de su propiedad en el plazo de dos años a partir de la entrada en vigor de la presente Ley, entre otros, en el siguiente supuesto: B) Viviendas ocupadas mediante cualquier título por quienes ostenten la posesión pacífica de las mismas y cumplan los siguientes requisitos: a) Que el ocupante haya estado en posesión efectiva y continuada de la vivienda que constituya su domicilio habitual dos años inmediatamente antes de la entrada en vigor de la Ley cualquiera que sea su título de ocupación,

b) Que la entidad local no hubiere iniciado acciones de desahucio en vía administrativa o judicial antes de la entrada en vigor de esta Ley¯.

En el expediente tramitado se dan los supuestos establecidos en la citada Disposición Transitoria Primera.

El artículo 13.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por Ley Orgánica 6/81, de 30 de diciembre, confiere competencia exclusiva a esta Comunidad Autónoma en materia de Régimen Local.

En su virtud, al amparo de la legislación invocada, y de conformidad con lo dispuesto en el art 44.4 de la Ley 6/83, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, he tenido a bien disponer lo siguiente:

Primero. Autorizar al Ilmo. Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera (Cádiz) a que enajene las viviendas identificadas al principio de esta Orden a sus actuales ocupantes.

Segundo. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la

notificación del presente acto, o interponer directamente el recurso contencioso-administrativo ante los correspondientes órganos judiciales de este Orden, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación de este acto, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 16 de julio de 2001

ALFONSO PERALES PIZARRO

Consejero de Gobernación