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Examinadas las solicitudes presentadas por el referido personal durante el período comprendido entre el 1 de diciembre de 2000 y el 31 de marzo de 2001, relativas a la modalidad «Protésica y Odontológica¯, correspondientes a las ayudas con cargo al Fondo de Acción Social para el personal funcionario y no laboral, y para el personal laboral al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía que establecen las Ordenes de 10 y 12 de julio de 1996 (BOJA núm.
85 de 25.7), mediante las que se aprueban los Reglamentos de las citadas Ayudas, tienen lugar los siguientes
H E C H O S
Primero. Se ha comprobado que las ayudas que mediante esta Resolución se publican reúnen todos los requisitos fijados reglamentariamente para su concesión.
Segundo. Asimismo, aquellas otras que, presentadas durante el mismo período, adolecieran de algún defecto, serán
igualmente publicadas mediante resolución de esta misma fecha, concediéndose plazo de reclamación para la subsanación de tales errores o defectos.
A tales Hechos les son de aplicación los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
I. El artículo 8 y siguientes de los referidos Reglamentos que regulan la Ayuda Protésica y Odontológica, en relación con el artículo 5 de los mismos textos, que establece el procedimiento de adjudicación de estas ayudas.
II. El art. 9.7.b) de la Orden de 10 de noviembre de 2000 (BOJA núm. 138, de 30.11), por la que se delegan la gestión y resolución de la Ayuda Protésica y Odontológica en los Delegados Provinciales de Justicia y Administración Pública.
III. El artículo 4.1 de aquellos Reglamentos, mediante los que se establece el carácter de actividad continuada a lo largo de cada ejercicio de esta modalidad de ayuda.
Vistos los Hechos y Fundamentos de Derecho expuestos y demás de general aplicación, esta Delegación Provincial
R E S U E L V E
Primero. Publicar los listados definitivos del personal funcionario y no laboral y del personal laboral, admitidos para la concesión de ayudas con cargo al Fondo de Acción Social, ejercicio 2001, en la modalidad «Protésica y Odontológica¯ que a tales efectos quedarán expuestos en la Delegación Provincial de Justicia y Administración Pública de Almería.
Contra lo establecido en la presente Resolución, que agota la vía administrativa, el personal funcionario y no laboral puede interponer recurso de reposición, con carácter potestativo, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Almería o ante el Juzgado en cuya circunscripción tuviere el demandante su domicilio, a elección de este último, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la misma, de conformidad con lo establecido en el artículo 46 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa. El personal laboral podrá
interponer reclamación previa a la vía judicial laboral, conforme a lo dispuesto en los artículos 120 y siguientes de la citada Ley 30/1992, y 69 y siguientes del Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral.
Almería, 4 de julio de 2001.- El Delegado, Manuel Ceba
Pleguezuelos.
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