Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 97 de 23/08/2001

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Consejería de Economía y Hacienda

ANUNCIO de la Delegación Provincial de Jaén, Oficina Liquidadora de Ubeda, sobre notificación de descubiertos.

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Notificación.

Por la presente se hace saber a los señores que a continuación se relacionan, en la actualidad en domicilio desconocido, que por la Oficina Liquidadora de los Impuestos Generales sobre Sucesiones y Donaciones, Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados de Ubeda, se han practicado las liquidaciones correspondientes por los conceptos de Impuestos Generales sobre Transmisiones y Actos Jurídicos Documentados.

Liquidación número 117/1997.

Contribuyente: Moreno Pasquau, María Victoria. NIF:

26.338.219-E, Moreno Pasquau, María Dolores. NIF: 26.338.220- T, Moreno Pasquau, Manuel. NIF: 27.538.271, Moreno Pasquau, José Enrique. NIF: 4176J y Moreno Pasquau, María del Carmen. NIF: 26.337.760-T.

Domicilio: Cruz Roja, 6. 1.º B - Jaén.

Objeto Tributario: Concepto no autoliquidado (Extinción Condominio).

Total de la deuda a ingresar: 544.031 ptas.

Liquidación número 91/2001.

Contribuyente: Lozano Martínez, José Manuel. NIF: 24.252.288- F.

Domicilio: Angel, 2, Granada.

Objeto Tributario: Arrendamiento Rústico.

Total de la deuda a ingresar: 10.018 ptas.

Lo que se publica en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para su notificación a los sujetos pasivos, con la advertencia de que deberán ingresar en la Oficina Liquidadora de Ubeda (C/ Alaminos, 1, Ubeda), el importe de la deuda tributaria, en los siguientes plazos: Los publicados entre el día 1 al 15 de cada mes, hasta el 5 del mes siguiente o inmediato hábil posterior. Los publicados entre los días 16 y último de cada mes, hasta el día 20 del mes siguiente o inmediato hábil posterior. Transcurridos dichos plazos será exigido el ingreso en la vía ejecutiva con recargo del 20%.

Contra la base y su motivación, que obran en la Oficina Liquidadora de Ubeda, y contra la liquidación que se le comunica puede formularse recurso de reposición ante dicha Oficina Liquidadora (R.D. 2244/79, de 7 de septiembre) o reclamación ante el Tribunal Económico-Administrativo Regional (R.D. 391/1996, de 1 de marzo), en cuyo caso deberá justificar ante la Oficina Liquidadora la interposición de dicha reclamación: todo ello en el plazo de 15 días hábiles, contados desde la fecha de publicación, sin que se puedan simultanear ambos recursos, y sin perjuicio de poder solicitar expresamente ante la Oficina Liquidadora y dentro del mismo plazo Tasación Pericial Contradictoria (Art. 52.2, Ley General Tributaria).

El Delegado, P.A. (Dto. 21/1985, de 5.2), El Secretario General, Fausto Jódar Ibáñez.

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