Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 98 de 25/08/2001

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

ORDEN de 27 de julio de 2001, por la que se concede una subvención con carácter excepcional al Ayuntamiento de Cúllar Vega (Granada), para la financiación de la actuación, construcción de una nave para instalación en su interior de una planta potabilizadora por técnicas de osmosis inversa, para el abastecimiento al municipio de Cúllar Vega (Expte.: A5.318.760/8711).

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El municipio de Cúllar Vega, integrado en la Comarca de la Vega de Granada, ha acudido para el suministro de agua potable a las fuentes de abastecimiento que tenían más próximas, esto es de los acuíferos de la Vega de Granada, pero actualmente es difícil asegurar dicho suministro con los recursos existentes en la zona, a lo que hay que añadir que la calidad de las aguas que se están utilizando actualmente para el abastecimiento a la población no reúnen las condiciones idóneas, dado su alto grado de contaminación, provenientes principalmente de los nitratos de la agricultura y por otros componentes, que sobrepasan los límites marcados según lo regulado por el Real Decreto

1138/1990, de 14 de septiembre, por el que se aprueba la Reglamentación Técnico Sanitaria para el abastecimiento y control de calidad de las aguas potables de consumo público.

Esta situación se agrava, si cabe, más en el municipio de Cúllar Vega, dada la imposibilidad de que la población pueda utilizar para el consumo domiciliario otras aguas superficiales de algún río o caudal procedente de Sierra Nevada, como puede ser el Pantano de Canales, dada la lejanía a la que se encuentra del municipio y, por consiguiente el elevado costo que supondría las infraestructuras necesarias para llevar el agua hasta la población.

La Consejería de Obras Públicas y Transportes, debido a las circunstancias antes mencionadas del deficiente estado de suministro de agua potable en este municipio, considera necesario adoptar las medidas adecuadas que contribuyan a superar dicha situación, dada la importancia que tiene para la salud pública el consumo de agua en las condiciones sanitarias adecuadas, financiando, con los límites que le permitan sus disponibilidades presupuestarias, la aportación que a este respecto corresponde asumir a los municipios.

Acreditándose la finalidad pública de la subvención y las circunstancias excepcionales que aconsejan su concesión, en virtud de las facultades que me vienen atribuidas por los artículos 104 y 107 de la Ley General 5/1983, de 19 de julio, de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a propuesta de la Secretaría General de Aguas, por esta Consejería se ha dispuesto lo siguiente:

Primero. Conceder una subvención al Ayuntamiento de Cúllar Vega por un importe de treinta millones (30.000.000) de pesetas, equivalentes a ciento ochenta mil trescientos tres con sesenta y tres (180.303,63) euros para la financiación del proyecto: «Construcción de una nave para instalación en su interior de una planta potabilizadora por técnicas de osmosis inversa, para el abastecimiento al municipio de Cúllar Vega¯, siendo el plazo de ejecución de tres (3) meses.

Segundo. La citada subvención se hará efectiva con cargo a la siguiente aplicación presupuestaria, código de proyecto de inversión núm. 1996000121, del presupuesto asignado a la Secretaría General de Aguas, adoptándose el siguiente compromiso gasto, que es el siguiente:

Ejercicio y aplicaciones presupuestarias: Anualidad 2001 (0115000300 76300 41 5).

Importes:

Pesetas: 30.000.000.

Equivalente en euros: 180.303,63.

Esta anualidad y aplicación, por motivos presupuestarios, a la vista del ritmo de las obras o por cualquier otra causa justificada, podrán ser objeto de reajuste y modificación por parte de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía, no siendo necesaria la conformidad del Ayuntamiento de Cúllar Vega, sin perjuicio de la necesaria información que se proporcionará al Ayuntamiento para su conocimiento.

Tercero. El importe de la subvención no podrá ser destinado a finalidad ni actividad distinta de la indicada en el punto primero de la presente Orden. Su incumplimiento obligará a la devolución de los fondos percibidos.

Asimismo, dará lugar a la devolución total o parcial de los fondos percibidos la obtención concurrente de subvención o ayuda otorgada por otras Administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, de acuerdo con lo estipulado en los artículos 110 y 111 de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Cuarto. Al Ayuntamiento de Cúllar Vega corresponde la

licitación, contratación, dirección facultativa, coordinación de seguridad y salud laboral, si se precisa, y la ejecución de las obras por sí misma, de acuerdo con la legislación y normativa vigente sobre contratos de las Administraciones Públicas y normas de publicidad y libre concurrencia de contratos públicos de la Unión Europea, y lo previsto en la Ley

48/1998, de 30 de diciembre, en su Disposición Adicional Segunda, sobre procedimientos de contratación en los sectores del agua, la energía, los transportes y las telecomunicaciones, por la que se incorporan al ordenamiento jurídico español las Directivas 93/38/CEE, de 14 de junio, y 92/13/CEE, de 25 de febrero.

La Consejería de Obras Públicas y Transportes permanecerá ajena a las relaciones jurídicas con terceros respecto de la

contratación administrativa a que se refiere; Estas se

predicarán, en todo caso, respecto del Ayuntamiento de Cúllar Vega como órgano de contratación.

Corresponde, igualmente, al Ayuntamiento la recepción de las obras contratadas, previa evacuación de informe favorable de la Consejería de Obras Públicas y Transportes al respecto para la misma, así como la elaboración y presentación del documento de liquidación final del contrato de las mismas.

Sobre la interpretación y autorización de las incidencias surgidas durante la ejecución de las obras, pese a que se configure el Ayuntamiento de Cúllar Vega como Organo de Contratación, será preceptiva y vinculante para la adopción de decisiones la consulta por el Ayuntamiento a la Consejería de Obras Públicas y Transportes a través de su Secretaría General de Aguas.

Quinto. En el procedimiento de adjudicación de las obras, y concretamente en la Mesa de Contratación que se constituya para la adjudicación del presente contrato de obras estará

representada la Consejería de Obras Públicas y Transportes a solicitud del Ayuntamiento.

Sexto. El Ayuntamiento de Cúllar Vega queda obligado a

presentar, previamente al inicio de contratación de las Obras, ante la Secretaría General de Aguas de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, el proyecto de construcción de las obras referidas objeto de la presente subvención, para su conocimiento.

Séptimo. Corresponde a la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía la financiación de la actuación objeto de la presente subvención por el importe que se refleja en el punto primero de la presente Orden,

considerando éste como tope máximo del resultado de la

licitación pública y contratación, aun cuando puedan producirse sobrecostes en las obras por causas de modificaciones del contrato, adicionales de liquidación, o cualquiera otra causa regulada por ley o norma reglamentaria.

Así mismo, le corresponderá al Ayuntamiento de Cúllar Vega el sobrecoste de las obras por causas de modificaciones del contrato, adicionales de liquidación, o cualquiera otra causa regulada por ley o norma reglamentaria.

Octavo. Los terrenos que sean necesarios ocupar temporal o definitivamente, así como los derechos o servidumbres que sea preciso constituir y el resto de afecciones a bienes o derechos de terceros para la ejecución de las obras objeto de la presente subvención, así como para la correcta prestación del servicio de abastecimiento, serán aportados por el Ayuntamiento de Cúllar Vega.

Asimismo, se definirá como beneficiario final de las obras al Ayuntamiento, así como el posterior mantenimiento, conservación y explotación de las infraestructuras creadas.

Noveno. El Ayuntamiento de Cúllar Vega como beneficiario de la presente subvención y, según el artículo 18.11 de la Ley

1/2000, de 27 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2001, está obligada a hacer constar en toda información o publicidad que se efectúe de la actividad u objeto de la indicada en el punto primero que la misma está subvencionada por la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía.

Para ello, se colocarán carteles que reflejen la colaboración entre la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía y el Ayuntamiento de Cúllar Vega, adaptados a la normativa de identidad corporativa del Gobierno y la

Administración de la Junta de Andalucía, las cuales definen dimensiones, tipografía de textos a utilizar, colores y el anagrama correspondiente a la misma, conforme a lo dispuesto en el Decreto 245/1997 de 15 de octubre y la Orden de la

Consejería de la Presidencia de 30 de abril de 1998.

Décimo. La Consejería de Obras Públicas y Transportes, con posterioridad a la concesión de la presente subvención, designará a un Técnico capacitado, quien supervisará, además de la dirección y ejecución de las obras, el control del gasto destinado a esta actuación, visando las certificaciones de obras emitidas por la Dirección Facultativa.

Undécimo. De acuerdo con lo expresado en el artículo 108 de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y en el artículo 18 de la Ley 1/2000, de 27 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2001, la presente subvención se hará efectiva de la siguiente manera:

El pago se realizará contra presentación por parte del

Ayuntamiento de Cúllar Vega de Certificaciones de Obra

mensuales, expedidas por Técnico capacitado y aprobadas por el órgano competente del Ayuntamiento, compuestas por la

acreditación de unidades de obra ejecutadas comprendidas y con las condiciones establecidas dentro del proyecto aprobado, debiendo ser supervisadas por un Técnico designado, en su día, por la Consejería de Obras Públicas y Transportes y con el visto bueno de la Secretaría General de Aguas de la Consejería de Obras Públicas y Transportes.

En el plazo de un mes, contado a partir del ingreso material en la Tesorería del Ayuntamiento de Cúllar Vega correspondiente al

100% del global de la subvención, dicha Corporación Local queda obligada a la total justificación del cumplimiento de la finalidad para la que se concede la misma, mediante

certificación del Interventor, acreditativa de que se han abonado a los correspondientes perceptores la totalidad de los importes expedidos y tramitados ante la Consejería, y la aportación de la documentación justificativa de pagos

realizados con cargo a la cantidad concedida.

En todos los casos, en el plazo de quince días desde la recepción de los fondos, y para cada pago en firme ejecutado, se aportará por el Ayuntamiento de Cúllar Vega certificación de haber sido registrados en su contabilidad de conformidad con lo dispuesto en el artículo 38 del Reglamento de la Intervención de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto/1988, de 5 de abril, en relación con lo establecido en la letra f) del artículo 108 de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Duodécimo. El Ayuntamiento de Cúllar Vega deberá facilitar cuanta información le sea requerida por el Tribunal de Cuentas y la Cámara de Cuentas de Andalucía y la Intervención General de la Junta de Andalucía en relación con la presente

subvención.

La Consejería de Obras Públicas y Transportes podrá comprobar en todo momento, mediante las inspecciones que considere oportunas, la efectividad de la inversión objeto de la presente Orden.

Decimotercero. En cumplimiento de lo establecido en el artículo

109 de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, la concesión de la subvención objeto de la presente Orden será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA).

Sevilla, 27 de julio de 2001

CONCEPCION GUTIERREZ DEL CASTILLO

Consejera de Obras Públicas y Transportes

Ilmos. Sres. Viceconsejero, Secretario General de Aguas y Delegado Provincial de Granada

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