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Vista la petición formulada por doña Blanca Poole Torres, funcionaria de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala Intervención-Tesorería, categoría de entrada en virtud de Orden de 8 de julio de 2002 del Ministerio de Administraciones Públicas (BOE núm. 169, de 16 de julio), titular del puesto de Secretaría-Intervención del Ayuntamiento de Cabezas Rubias (Huelva), para obtener nombramiento provisional en el puesto de trabajo de Intervención del Ayuntamiento de Chipiona (Cádiz), así como la conformidad de esta Corporación manifestada mediante Decreto de la Alcaldesa-Presidenta de fecha 2 de agosto de 2002, y del Ayuntamiento de Cabezas Rubias (Huelva), manifestada mediante Decreto del Alcalde-Presidente de fecha 2 de agosto de 2002, de conformidad con lo establecido en el artículo 30 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, y en el Decreto
467/1994, de 13 de diciembre, por el que se asignan a la entonces Consejería de Gobernación las competencias atribuidas por la Disposición Adicional Novena de la Ley 22/1993, de 29 de diciembre, en relación con el artículo 11.1.e) del Decreto
139/2000, de 16 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia y Administración Pública.
Esta Dirección General ha resuelto:
Primero. Nombrar a doña Blanca Poole Torres, con DNI
32.848.146, como Interventora, con carácter provisional, del Ayuntamiento de Chipiona (Cádiz).
Segundo. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante este órgano en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación del presente acto, o interponer directamente el recurso contencioso-administrativo, ante los correspondientes órganos judiciales de este orden, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de este acto, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y
117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de
13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa.
Sevilla, 5 de agosto de 2002.- El Director General, José Taboada Castiñeiras.
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