Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 101 de 29/08/2002

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

RESOLUCION de 18 de julio de 2002, de la Secretaría General Técnica, por la que se aprueba el deslinde total de la vía pecuaria Vereda del Nacimiento, sita en el término municipal de Bornos, en la provincia de Cádiz.

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Examinado el expediente de deslinde total de la vía pecuaria «Vereda del Nacimiento¯, sita en el término municipal de Bornos, en la provincia de Cádiz, instruido por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Cádiz, se ponen de manifiesto los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. La vía pecuaria antes citada, a su paso por el término municipal de Bornos, fue clasificada por Orden Ministerial de fecha 3 de noviembre de 1958 (BOE de 19.12.58), con una anchura legal de 20,89 metros y una longitud, dentro del término municipal, de 1.200 metros.

Segundo. Mediante Resolución de 11 de febrero de 2000, del Viceconsejero de Medio Ambiente, se acordó el inicio del deslinde total de la vía pecuaria antes referida, en el término municipal de Bornos, provincia de Cádiz.

Tercero. Los trabajos materiales de deslinde, previos los anuncios, avisos y comunicaciones reglamentarias, se iniciaron el 29 de marzo de 2000, notificándose dicha circunstancia a todos los afectados conocidos, y publicándose en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz núm. 35, de 12 de febrero de

2000.

Cuarto. Redactada la Proposición de Deslinde, que se realiza de conformidad con los trámites preceptivos e incluyéndose claramente la relación de ocupaciones, intrusiones y colindancias, ésta se somete a exposición pública, previamente anunciada en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz núm.

172, de 26 de julio de 2001.

Quinto. A dicha Proposición de Deslinde no se han presentado alegaciones.

Sexto. El Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía, con fecha 11 de junio de 2002, emitió el preceptivo Informe.

A la vista de tales antecedentes, son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Compete a esta Secretaría General Técnica la Resolución del presente Procedimiento de Deslinde en virtud de lo establecido en el artículo 21 del Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el Decreto

179/2000, de 23 de mayo, por el que se aprueba la Estructura Orgánica Básica de la Consejería de Medio Ambiente.

Segundo. Al presente acto administrativo le es de aplicación lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias; el Decreto 155/1998, de 21 de julio, antes citado; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y demás legislación aplicable al caso.

Tercero. La vía pecuaria denominada «Vereda del Nacimiento¯, fue clasificada por Orden Ministerial de 3 de noviembre de

1958, siendo esta Clasificación conforme al artículo 7 de la Ley de Vías Pecuarias, y el artículo 12 del Reglamento de Vías Pecuarias de Andalucía, respectivamente, «el acto administrativo de carácter declarativo en virtud del cual se determina la existencia, anchura, trazado y demás características físicas generales de cada vía pecuaria¯, debiendo por tanto el deslinde, como acto administrativo definitorio de los límites de cada vía pecuaria, ajustarse a lo establecido en el acto de Clasificación.

Considerando que el presente deslinde se ha realizado

conforme a la clasificación aprobada por Orden ya citada, ajustado en todo momento al procedimiento legalmente

establecido en la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como a lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, y en el Decreto 155/1998, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y demás legislación aplicable.

Vistos la Propuesta de Deslinde, formulada por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Cádiz con fecha 30 de abril de 2002, y el Informe del Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía,

R E S U E L V O

Aprobar el Deslinde total de la vía pecuaria «Vereda del Nacimiento¯, sita en el término municipal de Bornos, en la provincia de Cádiz, a tenor de la descripción que sigue, y en función a las coordenadas que se anexan a la presente

Resolución.

Longitud deslindada: 941,27 metros.

Anchura: 20,89 metros.

Superficie total deslindada: 19.776,26 metros cuadrados.

Descripción: La parcela deslindada esta formada por dos tramos de finca rústica, en el término municipal de Bornos, provincia de Cádiz, de forma alargada, con una anchura de 20,89 metros, la longitud deslindada es de 916,9 metros y el segundo tramo de 24,4 metros, la superficie deslindada es de 1 ha-91 a-

48,25 ca y el segundo tramo con 6 a-18,01 ca, que en adelante se conocerá como: «Vereda del Nacimiento¯, tramo 1, que linda: Al Norte, con la calle Félix Rodríguez de la Fuente, que pertenece a la zona urbana de Bornos; al Sur, con la vía pecuaria denominada «Cordel de Jerez¯; al Este, linda con parcela edificada y vivienda de doña Catalina Lozano Garrido, con otra parcela rústica y cercada de doña Ana María Pérez Palomares, con otra parcela rústica y cercada de don Juan Caballero Abadía, con otra parcela rústica y cercada don Sebastián Pinto Díaz, con otra parcela rústica cercada de propietarios desconocido y con la carretera A-382, de Arcos de la Frontera a Villamartín, de la Consejería de Obras Públicas y Transportes; al Oeste, con parcela rústica de monte bajo de doña Ana Rosado Garrido. Tramo 2, que linda al Norte, con zona de Dominio Público, que pertenece al Descansadero del

Nacimiento; al Sur, con zona de Dominio Público, que pertenece al Descansadero del Nacimiento; al Este, con la carretera A-

382, de Arcos de la Frontera a Villamartín, de la Consejería de Obras Públicas y Transporte; al Oeste, con viviendas de la calle Nacimiento, que pertenece a la zona urbana de Bornos.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía

administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Medio Ambiente, conforme a lo establecido en la Ley 4/1999, de Modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un mes desde la notificación de la presente, así como cualquier otro que pudiera corresponder de acuerdo con la normativa aplicable.

Lo que así acuerdo y firmo en Sevilla, 18 de julio de 2002.- El Secretario General Técnico, Manuel Requena García.

ANEXO A LA RESOLUCION DE LA SECRETARIA GENERAL TECNICA DE LA CONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE, DE FECHA 18 DE JULIO DE 2002, POR LA QUE SE APRUEBA EL DESLINDE TOTAL DE LA VIA PECUARIA «VEREDA DEL NACIMIENTO¯, SITA EN EL TERMINO MUNICIPAL DE BORNOS, EN LA PROVINCIA DE CADIZ

REGISTRO DE COORDENADAS (U.T.M.)

COORDENADAS DE LA LINEAS

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