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De conformidad con lo dispuesto en los arts. 59.4 y 61 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y habida cuenta que encontrándose don Alfonso Hernández Valero en ignorado paradero, no pudiendo, por tanto, haberle sido practicada notificación por otros medios, se publica extracto del acto dictado, por considerarse que la notificación íntegra por medio de anuncios lesionaría los derechos inherentes a los menores afectados.
Con fecha 26 de julio de 2002, la Sra. Delegada Provincial de Asuntos Sociales de Jaén, en los expedientes de protección de menores 93-95/99, dictó el siguiente Acuerdo:
1. Formular ante el Juzgado de Primera Instancia correspondiente propuesta de constitución del acogimiento familiar con carácter preadoptivo respecto a los menores D.H.G. y C.H.G.
Para conocimiento del contenido íntegro de la resolución dictada, don Alfonso Hernández Valero, en paradero desconocido y con último domicilio conocido en la C/ Peñuelas, 12, de Jaén, podrá comparecer en la Delegación Provincial de Asuntos Sociales en Jaén, situada en Paseo de la Estación, núm. 19, 3.ª planta.
Jaén, 26 de julio de 2002.- La Delegada (Dto. 21/85), El Secretario General, Mariano Cencillo Valdés.
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