Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 105 de 07/09/2002

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

RESOLUCION de 12 de julio de 2002, de la Viceconsejería, por la que se autorizan tarifas de taxis de Chiclana de la Frontera (Cádiz). (PP. 2158/2002).

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De conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional del Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados, vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión Provincial de Precios de Cádiz, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el artículo 7 del citado Decreto 266/1988, de 2 de agosto, en la redacción dada por el Decreto 137/2000, de 16 de mayo,

RESUELVO

Autorizar las tarifas de taxis que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Tarifas autorizadas

Concepto IVA incluido

A) Tarifa base

Bajada de bandera 0,87 euros Km. recorrido 0,48 euros Hora de espera 11,18 euros

B) Suplementos

Por cada maleta o bulto de más de 60 cms 0,36 euros (excepto sillas de niños o minusválidos)

Servicios nocturnos (desde las 22 a las 6 horas) 0,54 euros Servicios en festivos y domingos 0,54 euros (desde las 0 a las 24 horas)

C) Carrera mínima

Diurno 2,40 euros Festivos y nocturnos 2,94 euros

Tarifas autorizadas

Concepto IVA incluido

D) Otros suplementos (sobre lo marcado en taxímetro)

- Zona 1

H. Fuentemar, Mancomunado, Hiperdino,

zona Marquesado hasta Ladrillera, Carre-

tera Cádiz-Málaga hasta Polanco, Cañada

los Barrancos, Pago del Humo hasta la Ven- ta La Sorpresa, Venta El Burro y los Gallos 1,80 euros

- Zona 2

La Barrosa y Novo Sancti-Petri 3,00 euros.

E) Servicios especiales

- Feria de San Antonio, incremento de la ta- rifa base que comprende: desde las 22,00

hasta las 7,00 horas los días laborables y sá- bados, domingos y festivos las 24 horas 25%

- Incremento de la tarifa base los días 25 de diciembre, 1 de enero, de 0,00 a 7,00 ho- ras y Jueves y Viernes Santo las 24 horas 25%

F) Los servicios a carriles no urbanizados en evidente mal estado tendrán un incremento único de acuerdo con el usuario de 0,60 euros

Esta Resolución surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la titular de esta Consejería en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso,

publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos

114 y 115, en relación con el 48, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 12 de julio de 2002.- El Viceconsejero, José

Salgueiro Carmona.

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