Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 115 de 01/10/2002

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura

DECRETO 173/2002, de 4 de junio, por el que se declara Bien de Interés Cultural, con la categoría de Zona Arqueológica, el conjunto dolménico de El Pozuelo (Zalamea la Real, Huelva), y se incluye en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Esta disposición incluye elementos no textuales, que no se muestran en esta página. Para visualizarlos, consulte la versión en PDF.

I. El artículo 13.27 de la Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, del Estatuto de Autonomía para Andalucía, establece la competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma en materia de patrimonio histórico, artístico, monumental, arqueológico y científico, y el artículo 6.a) de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, determina que se entenderán como organismos competentes para la ejecución de la Ley los que en cada Comunidad Autónoma tengan a su cargo la protección del patrimonio histórico.

Asimismo, el artículo 2 del Decreto 4/1993, de 26 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, atribuye a la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía la competencia en la formulación, seguimiento y ejecución de la política andaluza de bienes culturales, referida a la tutela, enriquecimiento y difusión del Patrimonio Histórico Andaluz, siendo, de acuerdo con su artículo 3.3, el titular de la Consejería de Cultura el órgano competente para proponer al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía la declaración de Bienes de Interés Cultural y competiendo, según el artículo 1.1 del citado Reglamento, a este último dicha declaración.

II. El conjunto dolménico de El Pozuelo, descubierto y excavado en su mayor parte por Carlos Cerdán en 1946, es el más claro y mejor documentado exponente de las construcciones megalíticas onubenses, cuya homogeneidad los ha proyectado a un lugar primordial dentro del panorama de la prehistoria peninsular.

Se ha dado una cronología general para los once sepulcros de El Pozuelo entre 3000 y 2500 antes de nuestra era, definiéndolos como las primeras arquitecturas prehistóricas de la provincia de Huelva y las más antiguas de la fachada atlántica, así como las más originales en su concepción, sin parangón en el resto de la Península Ibérica.

III. La Dirección General de Bienes Culturales de la Consejería de Cultura, por Resolución de 15 de junio de 2000 (BOJA número 16, de 8 de febrero de 2001, y BOE número, de 9 de febrero de 2001), acordó incoar procedimiento relativo a la declaración como Bien de Interés Cultural, con la categoría de Zona Arqueológica, a favor de El Pozuelo, en Zalamea la Real (Huelva).

En la tramitación del expediente y de conformidad con lo establecido en el artículo 9.2 de la Ley del Patrimonio Histórico Español, ha emitido informe favorable a la declaración la Comisión Provincial de Patrimonio Histórico de Huelva.

De acuerdo con la legislación vigente, se cumplimentaron los trámites preceptivos, abriéndose un período de información pública mediante anuncio en el BOJA número 17, de 9 de febrero de 2002, y concediéndose trámite de audiencia al Ayuntamiento y particulares interesados, mediante notificación personal, y a los interesados cuyos datos se desconocen a través de anuncio en el BOJA número 17, de 9 de febrero de 2002.

En el expediente se han presentado tres alegaciones. Una por don Manuel Gandullo García manifestando que en su parcela - situada en el polígono 16, parcela 45, del término municipal de Zalamea la Real- no se encuentra el dolmen número, denominado de «Martín Gil¯. Esta alegación ha sido estimada tras girar visita y comprobar que, efectivamente, el bien arqueológico en cuestión se ubica en la parcela 54 del polígono 16, circunstancia que se hizo conocer al interesado.

La segunda de las alegaciones, presentadas por don Matías Moreno Fernández-Fígares, hacía constar, en primer lugar, que no procede la declaración de Bien de Interés Cultural a favor de la denominada en la incoación Unidad D, ubicada dentro de los límites de la finca «Los Rubios¯, por cuanto no existe ningún resto arqueológico y, mucho menos, todo un dolmen en tal finca. Tras la visita de los técnicos de la Delegación

Provincial de la Consejería de Cultura en Huelva se localizó el lugar exacto donde se encuentra el designado como dolmen número

10, en una elevación del terreno, a unos 150 metros dirección noroeste del punto central determinado en la ubicación de la Unidad D, en la misma finca. Obviamente, se desestima esta primera parte de la alegación. Por otra parte, el interesado, de manera subsidiaria y para el caso de no ser estimada la alegación anterior, señala que el principal aprovechamiento de la finca «Los Rubios¯ es el cinegético, solicitando la dispensa prevista en el artículo 13.2 de la Ley del Patrimonio Histórico Español, lo cual no constituye parte de este procedimiento.

Por último, don Juan José Blanco Vélez manifiesta que tiene ganado suelto en su finca y que, por ello, en caso de

realizarse visita al dolmen, debiera ser con aviso previo. Considerándose que esta solicitud deberá tramitarse en el procedimiento oportuno, se desestima en éste, que no es el apropiado para tal fin.

Terminada la instrucción del procedimiento, según lo previsto en el artículo 14.2 de la Ley del Patrimonio Histórico Español, procede la declaración de Bien de Interés Cultural, con la categoría de Zona Arqueológica, a favor del conjunto dolménico de El Pozuelo, en Zalamea la Real (Huelva), así como y de acuerdo con el artículo 8 del Reglamento de Protección y Fomento del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado mediante Decreto 19/1995, de 7 de febrero, la inclusión del mismo en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz. Dada la naturaleza de estos bienes y la configuración del terreno donde se encuentran no se ha visto la conveniencia de delimitar un entorno para ellos.

En virtud de lo expuesto y según lo establecido en los

artículos 6 y 9.1 y 2 de la Ley del Patrimonio Histórico Español, en relación con el artículo 1.1 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico Andaluz, a propuesta de la Consejera de Cultura y previa deliberación, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 4 de junio de 2002,

A C U E R D A

Primero. Declarar Bien de Interés Cultural, con la categoría de Zona Arqueológica, el conjunto dolménico de El Pozuelo (Zalamea la Real, Huelva), cuya descripción y delimitaciones literal y gráfica figuran en Anexo al presente Decreto.

Segundo. Incluir la Zona Arqueológica declarada en el

Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía

administrativa, se podrá interponer desde el día siguiente al de su notificación o su publicación para aquellos interesados distintos de los notificados personalmente, potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que lo dicta en el plazo de un mes, conforme al artículo 116 de la Ley/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero), o directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla, de acuerdo con lo previsto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-

Administrativa.

Sevilla, 4 de junio de 2002

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

CARMEN CALVO POYATO

Consejera de Cultura

A N E X O

DENOMINACION

Principal: Conjunto dolménico de El Pozuelo.

Accesoria: Dólmenes de El Pozuelo.

LOCALIZACION

Provincia: Huelva.

Municipio: Zalamea la Real.

Coordenadas:

Unidad A: X: 708.830, Y: 4.164.745.

Unidad B: X: 706.850, Y: 4.164.700.

Unidad C: X: 706.390, Y: 4.164.715.

Unidad D: X: 708.715, Y: 4.165.405.

Unidad E: X: 704.155, Y: 4.165.385.

DESCRIPCION

El conjunto dolménico de El Pozuelo se halla ubicado en suelo rústico, ocupando un área de monte bajo, cuya orografía es bastante irregular, con pronunciadas laderas, barrancos y numerosos arroyos. A pesar de ello, no existen elevaciones de consideración, oscilando la altura de sus montes entre 300 y

400 metros de altura sobre el nivel del mar.

Los restos arqueológicos pertenecientes a este conjunto están formados por cinco unidades (A, B, C, D y E), las cuales integran a su vez uno o varios dólmenes.

UNIDAD A o de Los Llanetes: Está compuesto por los siguientes sepulcros:

- Dolmen núm. 1: Sepulcro megalítico de cámara y corredor sin diferenciación de espacio interno. Su estructura presenta un espacio no diferenciado compuesto de corredor y dos cámaras de conexión axial; su longitud es de 3,70 m y su anchura es de

1,80 m en la cámara norte y 3,70 m de longitud por 1,80 m de anchura en la cámara sur. La estructura ortostática axial se halla inscrita en un túmulo oval de 13,50 m de diámetro eje norte/sur, que se encuentra delimitado por un anillo perimetral de piedra. La cubierta, desaparecida en la actualidad, se componía en origen de dinteles de pizarra sobre una estructura sustentante, recubierta por el estrato inferior de la masa tumular. La superficie que forma el suelo del enterramiento, como en los demás casos, está compuesta por tierra apisonada sobre un lecho de pizarra basal.

- Dolmen núm. 2: Sepulcro megalítico de cámara y corredor, de espacio no diferenciado y compuesto. Su estructura presenta un espacio no diferenciado, cruciforme, compuesto de corredor y dos cámaras convergentes, de 7,40 m de longitud por 1,70 m de anchura en la cámara norte y 6,70 m de longitud por 1,80 m de anchura en la cámara sur. La estructura ortostática convergente se halla inscrita en un túmulo oval, de 21 m de diámetro, delimitado por un muro perimetral de mampostería en seco de 1 m de altura. La cubierta, de la que sólo se conserva una laja «in situ¯, se componía en origen de dinteles de pizarra sobre estructuras sustentantes.

- Dolmen núm. 3: Sepulcro megalítico de cámara y corredor, de espacio no diferenciado, compuesto y convergente. Su estructura presenta un espacio no diferenciado, constituido por corredor y dos cámaras de concepción convergente, con cubierta adintelada de pizarra sobre ortostatos (conserva tres losas de cubierta, aunque desplazadas), inscrita en un túmulo oval delimitado por un anillo peristáltico. Sus medidas son, aproximadamente, 9 m de longitud y 3,5 m de anchura máxima, estando separados los ámbitos mortuorios 1 m y orientados al sureste; su corredor mide 3 m de longitud y 0,5 m de anchura. La cámara norte tiene

5,5 m de longitud por 2,5 m de anchura; la contigua, 5,5 m de longitud por 1,9 m de anchura. En ambas, la altura de los ortostatos es aproximadamente de 1,45 m.

- Dolmen núm. 4: Sepulcro megalítico de cámara y corredor situado en el mismo cerro que el sepulcro anterior. Su

estructura presenta un espacio no diferenciado alargado, formado por corredor, antecámara y cámara. El corredor, de paredes convergentes hacia la entrada y de 1,80 m de longitud por 0,50 m de anchura, se diferencia de la cámara, de 6,20 m de longitud por 2,90 m de anchura, por un progresivo

estrechamiento hacia la salida y por una altura menor en sus ortostatos. Además, consta de una cámara, de 1,70 m de longitud por 1,60 m de anchura, limitada por dos losas paralelas y perpendiculares a las paredes laterales. La estructura

ortostática alargada se halla inscrita en un túmulo oval, delimitado por un anillo perimetral de piedra. La cubierta, desaparecida en la actualidad, se componía de dinteles de pizarras sobre estructuras sustentantes y recubiertas por una superestructura tumular. Debido a la mayor anchura de la cámara, las losas de cobertura tuvieron que ser apoyadas en más de dos puntos, presentando un eje longitudinal, formado por 5 pilares o sostenes centrales.

UNIDAD B o de La Veguilla: Está compuesta por los siguientes sepulcros:

- Dolmen núm. 5: Sepulcro megalítico de cámara y corredor compuesto y convergente, situado en un pequeño cerro. Su estructura presenta un espacio no diferenciado, que incluye corredor y cuatro cámaras de concepción convergente. Cámara I, de 6 m de longitud por 2,30 m de anchura máxima, se estrecha hacia la entrada girando hacia el corredor. Cámara II, o central, de 3 m de longitud por 1,40 m de anchura, es de planta rectangular y su entrada se encuentra casi cerrada por una losa perpendicular a la pared izquierda. Cámara III, de 1,50 m de longitud por 2 m de anchura, es de planta semicircular y es la más pequeña de las cuatro. Cámara IV, de 3,50 m de longitud por

1,70 m de anchura, es de planta poligonal. Entre las cámaras II y III existe una antecámara común de planta trapezoidal, de 2 m de longitud por 1 m de anchura media, en cuya entrada se hallan dos columnas de sección casi circular a manera de dinteles. El corredor, con sus ortostatos más bajos que los de las cámaras, presenta unas dimensiones de 2,50 m de longitud por 0,40 m de anchura. La estructura ortostática compuesta se halla inscrita en un túmulo oval, delimitado por un anillo peristáltico. La cubierta, de la que sólo se conservan cuatro bloques, algunos ya desplomados, se componía de dinteles de piedra apoyados sobre una estructura ortostática, recubiertos por la masa tumular.

- Dolmen núm. 6: Sepulcro megalítico de cámara y corredor, con espacios interiores indiferenciados, compuesto y convergente. Situado sobre una pequeña elevación, junto a la Rivera de los Pinos, cuyo entorno está formado por encinas y matorrales de monte bajo. Su estructura presenta un espacio no diferenciado, convergente, compuesto de corredor y cuatro cámaras. Cámara I, de 2,30 m de longitud por 1,50 m de anchura, es de planta rectangular y su cabecera está formada por un solo ortostato. Cámara II, de 1,70 m de longitud por 1,80 m de anchura, es parecida a la anterior y simétrica transversalmente a ella, desembocando del mismo modo en el corredor. Cámara III, de 4,50 m de longitud por 1,80 m de anchura, es la mayor de todas y se encuentra dividida por una losa perpendicular a su pared izquierda. Cámara IV, de 2,60 m de longitud por 1,20 m de anchura. Las Cámaras III y IV se unen por un corredor

secundario que desemboca lateralmente en el corredor principal, que tiene una longitud de 5,50 m y una anchura media de 0,60 m. La estructura ortostática convergente presenta un sistema de entibación provisto, en el reverso de los ortostatos, de monolitos colocados oblicuamente a modo de puntales; el hueco creado entre los ortostatos y los bloques aparece colmatado de lajas y guijarros trabados mediante arcilla decantada. El conjunto está afianzado, en su parte interna, mediante la inclusión de cuñas o zapatas en forma de guijarros de cuarzo de tamaño medio. Esta estructura se halla inscrita en un túmulo oval, de 14 m de diámetro en su eje norte/sur y 16,5 m de diámetro en su eje este/oeste, erigido a partir de la

superposición de sucesivas capas de lajas de pizarra, trabadas entre sí por un mortero de arcilla decantada de color

amarillento, a modo de montículo de piedras, y que se encuentra delimitado por un anillo peristalítico de contención,

constituido por bloques de pizarra dispuestos

longitudinalmente. La cubierta, de la que sólo se conservan cuatro losas, dos de ellas desplomadas, y alguna más sobre el túmulo, se componía originalmente de dinteles de piedra sobre una estructura sustentante recubierta por una masa tumular. La superficie que forma el suelo del sepulcro está compuesta por tierra apisonada, sobre un lecho de pizarra basal.

- Dolmen núm. 8: Sepulcro megalítico de cámara y corredor de espacio no diferenciado. Situado junto a la Ribera de los Pinos, en una zona cuyo entorno está formado principalmente por matorrales. Su estructura presenta un espacio no

compartimentado, de planta trapezoidal, compuesto por cámara y corredor con una anchura de 1,10 m en su base mayor y 0,50 m en la menor, y 4 m de longitud en el corredor. Parece tratarse de un sepulcro de corredor en V de al menos 4,60 m de longitud, inscrito en un túmulo oval muy erosionado y cubierto de vegetación. La cubierta, desaparecida, era originariamente ortostática. La superficie que forma el suelo del enterramiento está compuesta por un pavimento de arcilla apisonada sobre un lecho de pizarra basal.

UNIDAD C o del Riscal: Está compuesta por los siguientes enterramientos:

- Dolmen núm. 7: Sepulcro megalítico de cámara y corredor de espacio no diferenciado, compuesto. Situado en la parte superior de un cerro, próximo al camino público de El Pozuelo a la Ribera de los Pinos, cuyo entorno está formado por encinas y jaras. Su estructura presenta un espacio indiferenciado, de planta cruciforme, compuesto de corredor y tres cámaras, dos laterales poligonales y una central rectangular. La Cámara I o Cámara Norte, de 3,30 m de longitud por 1,70 m de anchura, es de planta poligonal alargada. La Cámara II o Cámara Central, de

2,30 m de longitud por 1,50 m de anchura, es de planta

rectangular y está orientada hacia el corredor. La Cámara III o Cámara Sur, de 3 m de longitud por 2,10 m de anchura, es de planta poligonal, alargada y es la mayor de las tres,

encontrándose enfrentada a la Cámara I. Entre las tres cámaras queda un espacio que puede considerarse como una antecámara común. El corredor, de 6 m de anchura en su centro y paredes convergentes, presenta una progresiva disminución en la altura de sus ortostatos conforme se avanza hacia la salida, siendo más bajos que los de las cámaras. La estructura ortostática cruciforme presenta un sistema de entibación idéntico al del dolmen núm. 6, con un apuntalamiento de los monolitos basado en la colocación de piezas menores dispuestas en ángulo. Inscrito en un túmulo oval, de 16 m de diámetro en su eje este/oeste y

20,5 m de diámetro en su eje norte/sur, erigido del mismo modo que el dolmen núm., apilando sucesivas capas de lajas de pizarra con un buzamiento decreciente desde el centro de la elevación, ocupado por la tumba, hacia la periferia, está delimitado por un anillo perimetral de piedra, constituido igual que el dolmen núm.. La cubierta, de la que se conservan dos lajas «in situ¯, en origen se componía de dinteles de pizarras sobre una estructura sustentante recubierta por la masa tumular. En la Cámara III o Cámara Sur, y debido a su mayor amplitud, existe un pilar central, que se conserva, para apoyar la cubierta. La superficie que forma el suelo del sepulcro está compuesta por tierra apisonada sobre un lecho de pizarra basal.

- Dolmen núm. 9: Sepulcro megalítico de cámara y corredor. Se sitúa junto al camino público de El Pozuelo. Su estructura presenta un espacio no compartimentado, trapezoidal, compuesto por cámara y corredor de 7,40 m de longitud, 1,20 m de anchura y 0,70 m de altura media de sus ortostatos. Inscrito en un túmulo oval, de 16 m por 14 m de diámetro (según sus ejes), del que se conserva su sector septentrional al estar seccionado por el camino. El túmulo se encuentra delimitado por un anillo peristáltico de bloques hincados. La cubierta, desaparecida, era originariamente adintelada. La superficie que forma el suelo del sepulcro está compuesta por un pavimento de tierra apisonada sobre un lecho de pizarra basal.

UNIDAD D o de Los Rubios. Está compuesta por las siguientes estructuras funerarias:

- Dolmen núm. 10: Se trata de un sepulcro megalítico de cámara y corredor, trapezoidal. Situado sobre una pequeña elevación en la Umbría del Chinflón. Según la descripción realizada por G. y V. Leisner, se trata de un «dolmen de galería y cámara única¯, de tipo alargado y bajo. La estructura ortostática trapezoidal se halla inscrita en un túmulo de forma oval, delimitado por un posible anillo peristáltico. La cubierta, desaparecida, era de origen adintelada.

UNIDAD E o de Martín Gil. Comprende el siguiente sepulcro:

- Dolmen núm. 11: Se trata de un sepulcro megalítico de cámara y corredor de espacio no diferenciado, cruciforme. Situado sobre un cerro en la finca El Chaparral. Su estructura presenta un espacio no diferenciado, de planta cruciforme, compuesto de corredor, antecámara y cinco cámaras. La Cámara I, de 3 m de longitud por 1,90 m de anchura y 1,56 m de altura media en sus ortostatos, es de planta irregular tendiendo a rectangular y se inicia al finalizar el corredor. La Cámara II, de 2,50 m de longitud por 1,40 m de anchura, es de planta ovalada y su entrada está orientada hacia el sur. La Cámara III, de 3,40 m de longitud por 2,30 m de anchura y 1,51 m de altura media en sus ortostatos, es de planta circular y su entrada está orientada al norte. La Cámara IV, de 3,60 m de longitud por 1,80 m de anchura y 1,40 m de altura media en sus ortostatos, es de planta ovalada con un ángulo obtuso en su pared este y su entrada está orientada al norte. La Cámara V, de 3,50 m de longitud por 1,40 m de anchura y 1,56 m de altura media en sus ortostatos, es de planta rectangular y su entrada está orientada al este. Las cinco cámaras confluyen en una antecámara, de 3,70 m de longitud por 1,20 m de anchura media, situada entre la Cámara V y el final del corredor y cuya altura supera la del corredor, que tiene una longitud de 3,60 m, una anchura de 1 m y una altura media en sus ortostatos de 1,20 m, siendo su orientación este/oeste. La estructura ortostática cruciforme estuvo configurada por más de 60 ortostatos, de los que se conservan aproximadamente 21, hallándose inscrita en un túmulo oval delimitado por un anillo peristáltico, ambos desaparecidos. La cubierta, igualmente desaparecida, era de origen adintelada. La superficie que forma el suelo del sepulcro está compuesta por un pavimento de arcilla apisonada, sobre un lecho de pizarra basal.

DELIMITACION

Debido a la distancia que separa a cada uno de los sepulcros, a la orografía y al aprovechamiento forestal de la zona, se ha dividido el yacimiento arqueológico en cinco unidades. Estas unidades están formadas por uno o varios dólmenes.

La delimitación de las unidades referenciadas se ha realizado atendiendo a los restos emergentes, actualmente visibles, y a las noticias de hallazgos en la misma zona.

Unidad A: Comprende los dólmenes núms. 1, 2, 3 y 4. Esta unidad esta delimitada por coordenadas UTM que dibujan una figura poligonal que se adapta a las características del lugar y que engloba a los dólmenes y a una pequeña zona en torno a los mismos. Las coordenadas de los vértices son las siguientes:

X Y

1 708.660 4.164.820

2 708.715 4.164.850

3 708.945 4.164.770

4 708.980 4.164.680

5 708.905 4.164.570

6 708.795 4.164.640

7 708.660 4.164.690

Esta delimitación afecta parcialmente a la parcela 25 del Polígono 32, del Mapa Nacional Topográfico Parcelario, término municipal de Zalamea la Real (Huelva).

Unidad B: Comprende los dólmenes núms. 5, 6 y 8. La unidad está delimitada por coordenadas UTM, que configuran una figura poligonal, que se adapta perfectamente a las características del lugar, y que engloba a los dólmenes y a una zona en torno a los mismos. Las coordenadas de los vértices del polígono son las siguientes:

X Y

1 706.665 4.164.780

2 706.845 4.164.840

3 706.965 4.164.840

4 707.000 4.164.750

5 707.070 4.164.570

6 707.020 4.164.500

7 706.915 4.164.570

8 706.665 4.164.570

Esta delimitación afecta parcialmente a la parcela 39 del Polígono 15 y a la parcela núm. 1 del Polígono 31, del Mapa Nacional Topográfico Parcelario, término municipal de Zalamea la Real (Huelva).

Unidad C: Comprende los dólmenes núms. 7 y 9. La unidad está delimitada por coordenadas UTM, que configuran una figura poligonal, que se adapta perfectamente a las características del lugar, y que engloba los dólmenes y a una zona en torno a los mismos. Las coordenadas de los vértices del polígono son las siguientes:

X Y

1 706.370 4.164.845

2 706.440 4.164.780

3 706.440 4.164.600

4 706.370 4.164.600

Esta delimitación afecta parcialmente a la parcela 37 del Polígono 15, del Mapa Nacional Topográfico Parcelario, término municipal de Zalamea la Real (Huelva).

Unidad D: Comprende el dolmen núm. 10, viene delimitada por un punto central situado mediante coordenadas UTM, y una circunferencia en torno a ese punto y que abarca no sólo el dolmen sino también una zona en torno a él para la protección del mismo, debido al aprovechamiento forestal de la zona.

X Y

1 708.652 4.165.342

2 708.598 4.165.369

3 708.629 4.165.453

4 708.718 4.165.494

5 708.79 4.165.450

6 708.752 4.165.363

Esta delimitación afecta parcialmente a la parcela 24 del Polígono 32, del Mapa Nacional Topográfico Parcelario, término municipal de Zalamea la Real (Huelva).

Unidad E: Comprende el dolmen núm. 11, está delimitada por coordenadas UTM, que configuran un polígono que se adapta a la zona, y que engloba el dolmen y una zona en torno al mismo. Las coordenadas de los vértices del polígono son las siguientes:

X Y

1 704.070 4.165.470

2 704.080 4.165.480

3 704.150 4.165.380

4 704.210 4.165.350

5 704.190 4.165.270

6 704.110 4.165.300

7 704.120 4.165.400

Esta delimitación afecta parcialmente a la parcela 54 del Polígono 16, del Mapa Nacional Topográfico Parcelario, término municipal de Zalamea la Real (Huelva).

Descargar PDF