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En virtud de las competencias que me confiere el Decreto
246/2000, de 31 de mayo,
HE RESUELTO
I. NORMAS GENERALES
1.1. Se anuncia convocatoria pública para la presentación de solicitudes por los integrantes de las bolsas de trabajo de Enseñanzas de Régimen Especial, y de la bolsa de sustituciones, de las Especialidades de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía recogidas en esta Resolución, para solicitar el cambio de adscripción de la bolsa de su especialidad a las especialidades de Dibujo (590-009) y Fundamentos de Composición (594-412), siempre que se encuentren en posesión de la titulación requerida.
1.2. Se establece un cupo máximo de 60 cambios de adscripción para la especialidad de Dibujo (590-009) y de 70 cambios de adscripción para la especialidad de Fundamentos de Composición (594-412), que figuren en la Resolución de la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos de 28 de agosto de 2002, publicada el 29 de agosto en los tablones de anuncios de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación y Ciencia, por la que se eleva a definitiva la lista de tiempo de servicio de los integrantes de las distintas bolsas de trabajo.
2.2. Los integrantes de las bolsas de sustituciones para el curso 2002/2003, de las especialidades relacionadas en el apartado anterior para la adquisición de la especialidad correspondiente.
El mencionado personal deberá estar en posesión de algunas de las titulaciones que para las especialidades convocadas figuran en el Anexo II de la Orden de 16 de mayo de 1996 (BOJA de 11 de junio), modificada por la Orden de 21 de diciembre de 2000 (BOJA de 9 de enero de 2001).
II. SOLICITUDES Y DOCUMENTACION
3.1. Solicitudes.
Los solicitantes deberán aportar la documentación que a continuación se relaciona:
- Instancia según modelo que figura como Anexo I de la presente Resolución, debidamente cumplimentada, dirigida a la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos.
- Fotocopia del título alegado o del resguardo de haber abonado los derechos para su expedición que se deberá haber obtenido con anterioridad a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes establecido en el apartado 3.3 de la presente Resolución.
3.2. Lugar de presentación.
Las solicitudes habrán de presentarse preferentemente en las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía o en los lugares y formas que determina el artículo 38 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. De presentar la solicitud ante una oficina de Correos, se harán en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada por el funcionario de Correos antes de ser certificada, de no hacerse así no podrá estimarse como presentada en fecha. Así mismo, podrá utilizarse el procedimiento previsto en el artículo 19 del Decreto 204/95, de 25 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios administrativos de atención al ciudadano.
3.3. Plazo de presentación.
El plazo de presentación de solicitudes será de diez días naturales contados a partir del día siguiente al de la
publicación en el BOJA de la presente Resolución.
III. CRITERIOS DE SELECCION
La selección de los solicitantes de cambio de especialidad se efectuará teniendo exclusivamente en cuenta el mayor tiempo de servicios reconocidos por la Resolución de 28 de agosto de
2002, en centros dependientes de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía. En caso de empate, se resolverá teniendo en cuenta la mayor puntuación en la nota media del expediente académico, extremo que los participantes deberán acreditar documentalmente mediante la aportación de certificación expedida por la autoridad académica
correspondiente, salvo que lo hubiera acreditado correctamente con anterioridad. De persistir el empate se tendrá en cuenta la fecha de obtención del título ordenándose de mayor a menor antigüedad. En caso de continuar empatados se recurrirá al orden alfabético.
En el supuesto de los integrantes de las bolsas de
sustituciones, sin tiempo de servicios, se atenderá a la puntuación que figura en las mismas.
V. LISTAS PROVISIONALES
Finalizado el plazo de presentación de instancias a que hace referencia el punto 3.3, por Resolución de esta Dirección General se harán públicas en los tablones de anuncios de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía las listas provisionales de los integrantes de las bolsas de trabajo y bolsas de
sustituciones a quienes se les ha concedido el cambio de bolsa a la nueva especialidad.
Contra las listas provisionales podrán los interesados
presentar las reclamaciones que estimen pertinentes ante la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos en el plazo de cinco días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de la citada Resolución.
VI. LISTAS DEFINITIVAS
Transcurridos los plazos señalados y resueltas las
reclamaciones presentadas, la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos elevará a definitivas las listas y se
procederá a su publicación en los tablones de anuncios de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación y Ciencia.
VII. EFECTOS
Quienes figuren adscritos en las listas definitivas de tiempo de servicios a 30.6.2002, publicadas por Resolución de esta Dirección General de 28 de agosto de 2002, y hayan obtenido cambio de especialidad por esta Resolución, el mismo tendrá efecto para el curso académico 2003/2004. Por lo tanto, serán dados de baja en la de la especialidad de origen a fecha de
30.6.2003, pasando a formar parte de la bolsa de trabajo de la nueva especialidad con todo su tiempo de servicio acumulado.
Quienes figuran como integrantes de las bolsas de sustituciones para el curso académico 2002/2003, y hayan obtenido cambio de especialidad por esta Resolución, el mismo tendrá efecto desde el día siguiente al de la publicación de la presente
disposición, siempre que no hayan obtenido destino por su bolsa de origen para el curso 2002/2003, en cuyo caso serán dados de baja en la de la especialidad de origen a fecha de 30.6.2003, pasando a formar parte de la bolsa de trabajo de la nueva especialidad con todo su tiempo de servicio acumulado.
VIII. RECURSOS
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía
administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo competente, conforme a lo establecido en los artículos 8.2.a), 14 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día, siguiente a su publicación, de acuerdo con los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sevilla, 21 de octubre de 2002.- El Director General, Carlos Gómez Oliver.
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