Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 134 de 16/11/2002

1. Disposiciones generales

Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico

ORDEN de 28 de octubre de 2002, por la que se modifica la de 26 de junio de 2002, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan plazas para participar en el proyecto denominado FIDES 2000, aprobado en el marco del Programa Europeo Leonardo da Vinci, en su medida de movilidad para jóvenes trabajadores y recién titulados.

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La Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico promueve y cofinancia un proyecto de movilidad de 100 jóvenes trabajadores andaluces, que realizarán prácticas en distintos Estados miembros de la Unión Europea.

El procedimiento de selección de los beneficiarios de dicho proyecto ha sido establecido en la Orden de 26 de junio de

2002, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 85, de 20 de julio de 2002.

Dicha Orden establece en su artículo 3.4 que será requisito para solicitar una plaza en dicho proyecto haber realizado curso/s de Formación Profesional Ocupacional subvencionado por la Junta de Andalucía.

Asimismo, dicha Orden establece en su artículo 7.1 un plazo de presentación de solicitudes de 15 días hábiles, contados a partir de su publicación en dicho Boletín Oficial, por lo que dicho plazo de presentación de solicitudes ha abarcado desde el

21 de julio al 7 de agosto de 2002, ambos inclusive.

El Anexo II de la citada Orden de 26 de junio de 2002 establece una distribución de las 100 plazas aprobadas por las ocho provincias de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes para participar en dicho proyecto y una vez finalizado el mismo, las solicitudes recibidas en algunas provincias no son suficientes para cubrir todas las plazas convocadas en las mismas.

Por todo ello, y en virtud y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas en el artículo 107 de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y a propuesta de la Dirección General de Formación Profesional Ocupacional,

Artículo único. 1. Se modifica el artículo 11, punto 5:

«En los supuestos de desistimiento referidos se resolverá la concesión de la plaza a favor de los suplentes correspondientes, según el orden de puntuación. Asimismo, si una vez finalizado el proceso de selección, en alguna provincia hubiese menos beneficiarios seleccionados que plazas convocadas, se ofertará la posibilidad de cubrir dichas plazas a los suplentes relacionados en las otras provincias, según la puntuación final obtenida en las dos fases de selección, siempre que el curso de idioma impartido en la provincia con sobrante de plazas coincida con el curso de idioma impartido por el suplente.¯

Disposición adicional. Se autoriza al Director General de Formación Profesional Ocupacional para dictar cuantas actuaciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución de la presente Orden en el ámbito de sus competencias.

Disposición final. La presente Orden entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 28 de octubre de 2002

JOSE ANTONIO VIERA CHACON

Consejero de Empleo y Desarrollo Tecnológico

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