Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 140 de 30/11/2002

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Otros. AYUNTAMIENTO DE MALAGA

ANUNCIO de la Gerencia Municipal de Urbanismo, de aprobación definitiva de expediente de Modificación Puntual de Elemento del PGOU. (PP. 3056/2002).

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Acuerdo Plenario de aprobación definitiva de Modificación de Elementos del PGOU en el ámbito del sector PERI P-1 «Iglesia del Carmen¯.

Por el Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 2 de agosto de 2002, se han adoptado los siguientes acuerdos:

«1.º Aprobar definitivamente Modificación de Elementos del PGOU en el ámbito del PERI-P.1 "Iglesia del Carmen", conforme a la documentación técnica fecha enero/02 que tuvo aprobación provisional, de conformidad con lo dispuesto en el art. 128.1 constituido por los arts. 114, 124 y 131, todos ellos del Real Decreto Legislativo 1/1992, aplicable en virtud de la Ley

1/1997, de 18 de junio, del Parlamento Andaluz, desarrollados por los arts. 127 a 135 del Reglamento de Planeamiento, y 28 y

31 del Decreto 77/1994, de 5 de abril, de la Junta de Andalucía.

2.º Disponer que se publique el presente acuerdo y las ordenanzas urbanísticas en el BOP en cumplimiento de los arts.

124 y 131 del citado texto legal y del 70.2 de la Ley de Bases de Régimen Local, como requisito necesario para la ejecutoriedad del mismo.¯

Lo que se hace público para general conocimiento, significándose que contra el acuerdo transcrito podrá interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el órgano que dictó el mismo en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a aquél en que tenga lugar la presente publicación, o bien recurso contencioso-administrativo ante la correspondiente Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOJA, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Asimismo, se significa que contra el acto o acuerdo que resuelva el recurso de reposición podrá interponerse igualmente recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional competente en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a aquél en que se notifica la Resolución expresamente del recurso de reposición. Si no se hubiese resuelto expresamente dicho recurso, será de aplicación el régimen de actos presuntos a tal efecto regulado en el artículo

46 de la Ley de la Jurisdiccional Contencioso-Administrativa.

Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.

Málaga, 23 de septiembre de 2002.- El Alcalde, P.D., El Teniente-Alcalde Delegado de Urbanismo, Obras, Tráfico, Desarrollo Territorial, Manuel Ramos Gámez.

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