Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 140 de 30/11/2002

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

DECRETO 276/2002, de 5 de noviembre, por el que se aceptan las cesiones gratuitas de terrenos realizadas por diferentes Ayuntamientos, Entidades privadas y particulares, a la Comunidad Autónoma de Andalucía para destinarlos a la promoción pública de viviendas.

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La Consejería de Obras Públicas y Transportes ha recibido ofertas de cesiones gratuitas de terrenos por parte de diferentes Ayuntamientos, entidades privadas y particulares andaluces, a la Comunidad Autónoma de Andalucía para destinarlos a la construcción de viviendas.

El artículo 80 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y el artículo 169 de su Reglamento, exigen para las adquisiciones de bienes inmuebles a título lucrativo la aceptación previa por Decreto del Consejo de Gobierno que, en el presente caso, deberá ser a propuesta de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, de conformidad con lo establecido en el Decreto 64/1984, de 27 de marzo, por el que se transfieren las facultades que la actual Consejería de Economía y Hacienda tiene atribuidas en materia de administración, adquisición y enajenación de terrenos, viviendas, locales comerciales y edificaciones complementarias que tienen por objeto la promoción pública de viviendas, a la Consejería de Obras Públicas y Transportes.

En su virtud, a propuesta de la Consejería de Obras Públicas y Transportes y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión del día 5 de noviembre de 2002,

D I S P O N G O

Artículo 1. Se aceptan las cesiones gratuitas de los inmuebles que se relacionan en el Anexo, realizadas a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía y que tienen como destino la promoción pública de viviendas.

Artículo 2. Se autoriza a la Consejera de Obras Públicas y Transportes para acordar la reversión de los bienes al patrimonio de la entidad cedente en caso de incumplimiento de los fines para los que fueron cedidos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 111 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales y artículo 67 de la Ley 7/1999, de 29 de septiembre, de Bienes de las Entidades Locales.

Artículo 3. Se autoriza a los correspondientes Delegados Provinciales de la Consejería de Obras Públicas y Transportes en las provincias donde radiquen los inmuebles aceptados para que comparezcan ante Notario y otorguen escritura pública de aceptación y, en su caso, agrupación y segregación de las fincas cedidas por Ayuntamientos, entidades privadas y particulares, según proceda.

Disposición Final Unica.

Se faculta a la Consejera de Obras Públicas y Transportes para acordar cuantos actos sean necesarios para la ejecución de este Decreto, que surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 5 de noviembre de 2002

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

CONCEPCION GUTIERREZ DEL CASTILLO

Consejera de Obras Públicas y Transportes

A N E X O

A continuación se relacionan los inmuebles cedidos para la construcción de viviendas al amparo de los expedientes indicados.

1. Cádiz.

1.1. Sanlúcar de Barrameda CA-90/010-AUT.

Finca cedida por el Ayuntamiento de Sanlúcar de Barrameda. Urbana. Parcela 4.2.1 perteneciente al Polígono I de la Unidad de Actuación del Plan Parcial del Sector 4 del Pago de la Dehesilla de Sanlúcar de Barrameda, tiene una superficie de dos mil ciento cinco metros cuadrados y linda: Norte, calle peatonal de nueva creación que la separa de la Manzana 4 -P.4-; Sur, actual Avenida de Madrid que la separa de la parcela veintidós de equipamiento industrial correspondiente al Polígono II; Este, calle de nueva creación que la separa de la manzana 28 -P.28- correspondiente al Polígono II, y Oeste, finca resto. Inscrita a favor del ayuntamiento de Sanlúcar de Barrameda en el Registro de la Propiedad de Sanlúcar de Barrameda al tomo 140, libro 645, folio 063, finca 33286. Libre de cargas y gravámenes.

2. Granada.

2.1. Zafarraya GR-89/070-AUT.

Finca cedida por los autoconstructores que son sus

propietarios, en pleno dominio y por iguales partes:

Urbana. Solar sin número, en el Pago de La Pedriza, de la villa de Zafarraya, con una superficie de tres mil novecientos metros cuadrados, que linda: Norte, fincas de don Antonio, doña Concepción y don José Sánchez Ortigosa y hermanos Sánchez Castillo; Este, la de don Antonio Sánchez Ortigosa; Sur, más de don Antonio y don José Sánchez Ortigosa y Ayuntamiento de Zafarraya; y Oeste, la de doña Concepción Sánchez Ortigosa. Inscrita a favor de los autoconstructores en el Registro de la Propiedad de Loja al tomo 495, libro 29, folio 186, finca 4432. Libre de cargas y gravámenes.

Don José Portillo Bautista, con DNI núm. 74.920.610; don Julio García Palma, con DNI núm. 52.577.911; don Félix Portillo Bautista, con DNI núm. 52.521.583; don Pedro García Martín, con DNI núm. 52.520.862; don Félix Martín Bueno, con DNI núm.

74.614.371; don José Fuentes Romero, con DNI núm. 38.429.955; don Antonio Ramírez Ortigosa, con DNI núm. 23.548.123; don Salvador Frías Ortigosa, con DNI núm. 52.522.221; doña Lucía Valle Luque, con DNI núm. 25.096.100; don Ramón Luque Arrebola, con DNI núm. 24.186.482; D. Juan Manuel Arrebola Fernández, con DNI núm. 25.292.513; don Manuel Ignacio Frías Abarca, con DNI núm. 24.123.619; don José Antonio Toledo Reina, con DNI núm.

33.392.536; don Juan Antonio Fernández Palma, con DNI núm.

24.202.642; don José Damián García Muñoz, con DNI núm.

2.201.863; don Salvador Sánchez Martín, con DNI núm.

76.916.537; don Manuel Rodríguez Reyes, con DNI núm.

37.696.498; don José Luis Tejada Moreno, con DNI núm.

24.277.692; doña María Salud Alba Bautista, con DNI núm.

24.255.267; y don Jaime y don Juan Bautista Fernández, con DD.NN.I. núms. 25.710.021 y 25.704.669.

3. Sevilla.

3.1. Sevilla (Barriada de La Corza) SE-90/140-V.

Fincas cedidas por la Empresa Municipal de la Vivienda de Sevilla, S.A.

1. Urbana. Parcela de trescientos ochenta y cinco metros y noventa decímetros cuadrados, en la antigua barriada de La Corza, en la manzana I, con fachadas a plaza y calle B. Linda: Frente y Oeste, con la plaza a la que tiene su fachada

principal; Norte, calle B; Sur, edificio destinado a

dispensario; y Este, casas con fachada a la calle F. Inscrita a favor de la Empresa Municipal de la Vivienda de Sevilla, S.A., en el Registro de la Propiedad número Once de Sevilla, al tomo

2.547, libro 270, folio 13, finca 11.991. Libre de cargas y gravámenes.

2. Urbana. Parcela de trescientos ochenta y cinco metros y noventa decímetros cuadrados, en la antigua barriada de La Corza, en la manzana I, con fachadas a la plaza. Linda: Frente y Oeste, con la plaza a la que tiene su fachada principal; Norte, edificio destinado a dispensario; Sur, solar de la misma parcela; y Este, casas con fachada a la calle F. Inscrita a favor de la Empresa Municipal de la Vivienda de Sevilla, S.A., en el Registro de la Propiedad número Once de Sevilla, al tomo

2.547, libro 270, folio 16, finca 11.993. Libre de cargas y gravámenes.

3. Urbana. Parcela de mil ciento setenta y dos metros y ochenta decímetros cuadrados, en la antigua barriada de La Corza, en la manzana I, con fachadas a la calle F. Linda: Este, calle F a la que tiene su fachada principal; Norte, calle B; Sur, solar de la misma manzana; y Oeste, viviendas y dispensario con fachada a la plaza. Inscrita a favor de la Empresa Municipal de la Vivienda de Sevilla, S.A., en el Registro de la Propiedad número Once de Sevilla, al tomo 2.547, libro 270, folio 19, finca 11.995. Libre de cargas y gravámenes.

4. Urbana. Parcela de trescientos treinta y cinco metros y sesenta y cinco decímetros cuadrados, en la antigua barriada de La Corza, en la manzana H, con fachadas a la plaza y calle B. Linda: Frente y Este, con la plaza a la que tiene su fachada principal; Norte, calle B; Sur, solar de la misma manzana; y Oeste, con grupo de casas de la calle Alonso de Solís. Inscrita a favor de la Empresa Municipal de la Vivienda de Sevilla, S.A., en el Registro de la Propiedad número Once de Sevilla, al tomo 2.547, libro 270, folio 7, finca 11.987. Libre de cargas y gravámenes.

5. Urbana. Parcela de trescientos treinta y cinco metros y setenta y cinco decímetros cuadrados, en la antigua barriada de La Corza, en la manzana H, con fachada a la plaza y calle Belmonte Bermúdez. Linda: Frente y Este, con la plaza a la que tiene su fachada principal; Norte, solar de la misma manzana; Sur, calle Belmonte Bermúdez; y Oeste, con grupo de casas de la calle Alonso de Solís. Inscrita a favor de la Empresa Municipal de la Vivienda de Sevilla, S.A., en el Registro de la Propiedad número Once de Sevilla, al tomo 2.547, libro 270, folio 10, finca 11.989. Libre de cargas y gravámenes.

6. Urbana. Parcela de mil dos metros y cuarenta decímetros cuadrados, en la antigua barriada de La Corza, en la manzana I, con fachadas a la calle F. Linda: Frente y Oeste, calle F, a la que tiene su fachada principal; Norte, calle B; Sur, Camino de Burón; y Este, solar de la misma manzana. Inscrita a favor de la Empresa Municipal de la Vivienda de Sevilla, S.A., en el Registro de la Propiedad número Once de Sevilla, al tomo 2.547, libro 270, folio 22, finca 11.997. Libre de cargas y

gravámenes.

3.2. Alanís SE-89/250-V.

Finca cedida por el Ayuntamiento de Alanís.

Urbana. Parcela de terreno de tres mil seiscientos noventa y seis metros cuadrados, en el lugar conocido como «La Garzona¯, hoy calle Blas Infante, e incluida en la zona Z-7 del Proyecto de Delimitación de Suelo Urbano, y que linda: Norte y Noroeste: Con terrenos de don Manuel Moyano Rodríguez y don Francisco Diéguez Rodríguez; Sur, con Plaza Alameda del Parral y con traseras de las viviendas de don Antonio González Vega, don Manuel Arroyo Vázquez y don Manuel Calle Rojas; Este, con terrenos de don Francisco Fernández Vargas y terrenos propiedad del Ayuntamiento; y Oeste, con terrenos de don Francisco Fernández Vargas y don Manuel Lora Delgado. Inscrita a favor del Ayuntamiento de Alanís en el Registro de la Propiedad de Cazalla de la Sierra, al tomo 823, libro 86, folio 133, finca

5951. Libre de cargas y gravámenes.

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