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Por Resolución de 20 de octubre de 1997, la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo delegó en los titulares de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, para su respectivo ámbito territorial y por plazo de cinco años, las competencias para autorizar, dando cuenta a la Consejería de Gobernación, las cesiones de terrenos cuando el valor de lo enajenado excediera del 25% de los recursos ordinarios del presupuesto anual de la Entidad Local, así como tomar conocimiento de todas las cesiones de terrenos del Patrimonio Municipal del Suelo efectuadas por los Ayuntamientos, previstas en el artículo
6.2.9.º del Decreto 77/1994, de 5 de abril, por el que se regula el ejercicio de competencias de la Junta de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo, determinándose los órganos a los que se atribuyen.
La experiencia acumulada en estos cinco años de vigencia de la delegación de competencias aconseja su permanencia en el tiempo por igual plazo, en orden a lograr una mayor agilidad y eficacia administrativa ante actuaciones en materia de cesiones de terrenos del Patrimonio Municipal del Suelo efectuadas por los Ayuntamientos, garantizando la gestión dinámica que requiere esta materia como instrumento de la política urbanística.
De conformidad con lo expuesto y de las previsiones contenidas en el artículo 47.1 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma; artículo
13.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y artículo 13.1.8.º del Decreto 77/1994, de 5 de abril, he tenido a bien resolver lo siguiente:
Unico. Prorrogar por un plazo de cinco años la delegación de competencias contenida en la Resolución de 20 de octubre de
1997 a favor de los Delegados Provinciales de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, para su respectivo ámbito territorial, en materia de cesiones de terrenos del Patrimonio Municipal del Suelo efectuadas por los Ayuntamientos, en los mismos términos y con los mismos efectos que los contemplados en la citada Resolución.
Notifíquese la presente Resolución a los Delegados Provinciales de la Consejería de Obras Públicas y Transportes y publíquese en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 12 de noviembre de 2002.- La Directora General, Josefina Cruz Villalón.
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