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El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, mediante Acuerdo de 2 de julio de 1991, cedió al Ayuntamiento de Peñarroya-Pueblonuevo (Córdoba) el uso, por un plazo de diez años, del inmueble ubicado en el núm. 7 de la Plaza de Santa Bárbara, de dicho municipio, con destino a su utilización para Casa de la Juventud.
El citado Ayuntamiento ha solicitado que el plazo de cesión sea incrementado a cincuenta años. Solicitud a la que ha prestado su conformidad el Instituto Andaluz de la Juventud.
En su virtud, a propuesta de la Consejera de Economía y Hacienda, el Consejo de Gobierno, en reunión celebrada el día
9 de enero de 2002,
ACUERDA
Primero. Autorizar, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 6, 27 y 57 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, que se incremente a cincuenta años el plazo de cesión de uso, al Ayuntamiento de Peñarroya-Pueblonuevo (Córdoba), del inmueble sito en el núm. 7 de la Plaza de Santa Bárbara, de la citada localidad.
Segundo. La ampliación del plazo no entraña modificación alguna de las condiciones generales relacionadas en el Acuerdo de cesión, adoptado el 2 de julio de 1991, que siguen vigentes, incluido el inicio del plazo de cesión establecido por el mismo.
Sevilla, 9 de enero de 2002
MANUEL CHAVES GONZALEZ
Presidente de la Junta de Andalucía
MAGDALENA ALVAREZ ARZA
Consejera de Economía y Hacienda
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