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Habiéndose intentado notificar por el Servicio de Correos los siguientes actos administrativos al alumno que a continuación se relacionan y no pudiéndose practicar, se hace por medio del presente anuncio, al venir así establecido en el art. 59 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero. De igual forma se publica en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Campofrío según documentación acreditativa que obra en el expediente. Así mismo, y a tenor de lo dispuesto en el art. 60.2 de la citada Ley anterior, se procede a la publicación íntegra del acto.
Resolución de subvención de ayuda de asistencia. Expte. F.P.O. núm. HU-1029/97.
De conformidad con las normas vigentes, este Servicio de Formación Profesional Ocupacional, eleva a V.I la siguiente Propuesta de Resolución:
Visto el expediente referenciado, incoado a instancia de doña Inmaculada Vázquez González, para la obtención de las ayudas contempladas al amparo de la Orden de 2 de mayo de 1997, de convocatoria y desarrollo de los programas de Formación profesional Ocupacional establecidos en el Decreto 28/1995, de
21 de febrero.
ANTECEDENTES DE HECHO
1.º Con cargo al ejercicio de 1997, y al amparo del Decreto
28/1995, de 21 de febrero, por el que se establecen los programas de Formación Profesional Ocupacional, la Consejería de Trabajo e Industria dictó Resolución para la concesión de subvención de fecha 20.12.97 a favor de la Entidad CAMF, con número de expediente 98-024/97-JR, para la impartición de 65 cursos, previa solicitud y dentro de la convocatoria efectuada por la Orden de 2 de mayo de 1997.
2.º Doña Inmaculada Vázquez González tras un proceso de selección de candidatos a los cursos, participó como alumna en el curso Aplicaciones Informáticas núm. 21-163 impartido por la citada Entidad en la localidad de Huelva, dirigido a 15 alumnos desempleados.
3.º Dicha alumna presentó, en esta Delegación Provincial, solicitud para la obtención de la ayuda de asistencia al citado curso a que hace referencia el artículo 9 de la Orden mencionada, así como la documentación acreditativa por el cual reúne los requisitos necesarios para la obtención de esta ayuda.
4.º Comprobado y estudiados los documentos mencionados en el punto anterior, y existiendo la posibilidad presupuestaria par dicho concepto, se aprecia su concesión.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Será competente para conocer y resolver sobre la solicitud de la ayuda a los alumnos, el Ilmo. Sr. Delegado Provincial de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico, en virtud de lo establecido en el art. 9.1 de la Orden de 2 de mayo de 1997. Según lo dispuesto en el Decreto del Presidente
6/2000, de 28 de abril, sobre reestructuración de Consejerías, el art. 6 establece que corresponden a la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico las competencias que en la actualidad tiene atribuidas la Consejería de Trabajo e Industria, haciéndose extensiva dicha reestructuración a las Delegaciones Provinciales de la citada Consejería, de acuerdo con el Decreto
130/2000, de 9 de mayo, sobre reestructuración de las
Delegaciones Provinciales.
Segundo. A tenor de lo dispuesto en el citado artículo 9.5, las personas desempleadas con minusvalías podrán percibir ayudas en concepto de beca por asistencia al curso, siempre y cuando no estén percibiendo prestaciones o subsidio por desempleo.
Vistas las actuaciones practicadas, los preceptos legales citados y demás de general aplicación, el Ilmo. Sr. Delegado Provincial de Empleo y Desarrollo Tecnológico
RESUELVE
Primero. Aprobar la solicitud formulada por doña Inmaculada Vázquez González de ayuda en concepto de asistencia como alumna del curso Aplicaciones Informáticas núm. 21-163, impartido por la Entidad CAMF, núm. de expediente 98-024/97-JR.
Segundo. Finalizado dicho curso, ordenar el pago de dicho concepto por el importe de 87,03 euros (ochenta y siete euros con tres céntimos).
Notifíquese esta Resolución a los interesados en la forma prevista en los arts. 58 y 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Le 4/1999, de 13 de enero, con la advertencia expresa de que contra la misma podrá interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Empleo y Desarrollo Tecnológico en el plazo de un mes, contado a partir de la fecha de notificación de esta Resolución, de conformidad con lo establecido en los arts. 107, 114 y siguientes de la Ley antes citada.
Transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto, la misma será firme a todos los efectos.
Huelva, 5 de noviembre de 2002.- El Delegado, Manuel Alfonso Jiménez.
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