Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 19 de 14/02/2002

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico

ACUERDO de 9 de enero de 2002, del Consejo de Gobierno, por el que se autoriza a la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico para constituir diversos Consorcios de las Unidades Territoriales de Empleo y Desarrollo Local y Tecnológico.

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El Decreto del Presidente 6/2000, de 28 de abril, sobre reestructuración de Consejerías, y el Decreto 244/2000, de 31 de mayo, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico, atribuyen las competencias de la misma.

La consecución del pleno empleo requiere del diseño y puesta en marcha de políticas activas y dinámicas no sólo en cuanto a sus orientaciones, sino también teniendo en cuenta el entorno donde han de aplicarse; en este sentido, las políticas de cooperación territorial desarrolladas por el Gobierno Andaluz han supuesto una apuesta firme y decidida por la consecución de este objetivo, prueba de ello es la puesta en marcha por la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico de la Orden de

29 de mayo de 2001, donde se establece el Programa de Unidades Territoriales de Empleo y Desarrollo Local y Tecnológico como instrumentos de cooperación con las Corporaciones Locales de Andalucía.

Las Unidades Territoriales de Empleo y Desarrollo Local y Tecnológico (UTEDLT) se configuran como instrumentos con capacidad para dinamizar el empleo local, lograr un mejor y mayor aprovechamiento de los recursos en cada una de

las zonas y acercar los servicios que, en materia de empleo, promoción de empresas, industria y desarrollo tecnológico ofrece la Consejería a los ciudadanos y ciudadanas.

Dichas Unidades se constituyen como estructuras de cooperación estables de desarrollo local mediante la figura de Consorcios Administrativos, cuyos ámbitos de actuación son los señalados en la mencionada Orden de 29 de mayo de 2001. Dichos Consorcios, al ser Corporaciones de Derecho Público, gozan de personalidad jurídica propia que se constituyen con el objetivo de contribuir a un desarrollo equilibrado y sostenido del territorio que conforman los municipios integrantes del mismo, mediante la promoción de medidas que supongan un aprovechamiento pleno de las posibilidades que ofrece el territorio.

Al respecto, los artículos 87 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local; 110.1 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Vigentes en materia de Régimen Local, y 33 de la Ley 7/1993, de 27 de julio, de Demarcación Municipal de Andalucía, reconocen a las Administraciones Públicas capacidad para constituir con Entidades Locales Consorcios para la consecución de fines de interés común.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Empleo y Desarrollo Tecnológico, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 9 de enero de 2002, adoptó el siguiente

ACUERDO

Primero. Autorizar al Consejero de Empleo y Desarrollo Tecnológico para que, en nombre y representación de la Administración de la Junta de Andalucía, realice cuantas actuaciones sean precisas para la constitución de los Consorcios de las Unidades Territoriales de Empleo y Desarrollo Local y Tecnológico, que estarán integrados por la Junta de Andalucía y por las Entidades Locales que figuran en el Anexo de este Acuerdo, y que tendrán como objeto potenciar y promocionar los recursos endógenos de la zona a efecto de generar más empleo y de acercar los servicios de los que dispone la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico a la población.

A tal efecto, el Consejero de Empleo y Desarrollo Tecnológico formalizará las correspondientes Actas de Constitución y la aprobación de sus Estatutos.

Segundo. El presente Acuerdo deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, surtiendo efectos el día siguiente al de su publicación.

Sevilla, 9 de enero de 2002

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

JOSE ANTONIO VIERA CHACON

Consejero de Empleo y Desarrollo Tecnológico

ANEXO

GRANADA

- Consorcio de la Unidad Territorial de Empleo y Desarrollo Local y Tecnológico de Algarinejo, Huétor Tájar, Illora, Loja, Montefrío, Moraleda de Zafayona, Salar y Villanueva Mesía.

Sede: Loja.

JAEN

- Consorcio de la Unidad Territorial de Empleo y Desarrollo Local y Tecnológico de Cazorla, Chilluévar, Hinojares, Huesa, La Iruela, Peal de Becerro, Pozo Alcón, Quesada y Santo Tomé.

Sede: Cazorla.

- Consorcio de la Unidad Territorial de Empleo y Desarrollo Local y Tecnológico de Aldeaquemada, Carboneros, La Carolina, Santa Elena y Vilches.

Sede: La Carolina.

MALAGA

- Consorcio de la Unidad Territorial de Empleo y Desarrollo Local y Tecnológico de Alameda, Antequera, Fuente de Piedra, Humilladero, Mollina y Villanueva de la Concepción.

Sede: Antequera.

- Consorcio de la Unidad Territorial de Empleo y Desarrollo Local y Tecnológico de Alhaurín de la Torre, Alhaurín el Grande y Coín.

Sede: Coín.

- Consorcio de la Unidad Territorial de Empleo y Desarrollo Local y Tecnológico de Casares, Estepona y Manilva.

Sede: Estepona.

SEVILLA

- Consorcio de la Unidad Territorial de Empleo y Desarrollo Local y Tecnológico de Aguadulce, Badolatosa, Casariche, El Rubio, Estepa, Gilena, Herrera, La Roda de Andalucía, Lora de Estepa y Pedrera.

Sede: Estepa.

- Consorcio de la Unidad Territorial de Empleo y Desarrollo Local y Tecnológico de Alcolea del Río, La Puebla de los Infantes, Lora del Río, Peñaflor y Villanueva del Río y Minas.

Sede: Lora del Río.

- Consorcio de la Unidad Territorial de Empleo y Desarrollo Local y Tecnológico de Cañada Rosal, Ecija, Fuentes de

Andalucía, La Campana y La Luisiana.

Sede: Ecija.

- Consorcio de la Unidad Territorial de Empleo y Desarrollo Local y Tecnológico de Algámitas, Coripe, El Saucejo,

Montellano, Morón de la Frontera, Pruna y Villanueva de San Juan.

Sede: Morón de la Frontera.

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